Resolución de la directora general de Planificación y Gestión Educativas, por la cual se establece el calendario del proceso de admisión y matriculación de los alumnos a las enseñanzas de idiomas de régimen especial impartidas en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el curso 2025-2026
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Resolución de la directora general de Planificación y Gestión Educativas, por la cual se establece el calendario del proceso de admisión y matriculación de los alumnos a las enseñanzas de idiomas de régimen especial impartidas en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el curso 2025-2026
Número de edicto 4707 - Páginas 24022-24024
Hechos
1. El Decreto 34/2019 de 10 de mayo (BOIB núm. 66, de 16 de mayo), establece la ordenación, la organización y el currículum de los niveles básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial impartidas en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. La Resolución del Consejero de Educación y Formación Profesional, de día 26 de mayo de 2022 dicta las instrucciones para regular el proceso de admisión y matriculación de los alumnos en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
De acuerdo con el tercer punto de la mencionada Resolución, la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros publicará una resolución del calendario de admisión y matriculación en las escuelas oficiales de idiomas que ha de regir para cada curso académico.
Fundamentos de derecho
1. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE núm. 51, de 1 de marzo), reformado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo, y suplemento en catalán núm. 9, de 16 de marzo), que en el artículo 36.2 establece que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo que disponen los artículos 27 y 149.1.30.ª de la Constitución española.
2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de educación (BOE núm.106, de 4 de mayo), en redacción dada por la La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre), por la cual se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluye las enseñanzas de idiomas dentro de las enseñanzas del sistema educativo y les da la consideración de régimen especial.
3. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de Educación de las Illes Balears, que regula en el art. 34 del capítulo VII los estudios de régimen especial y, en concreto, la enseñanza de idiomas (artículo 35).
4. El Decreto 64/2019 de 2 de agosto (BOIB núm. 107, de 3 de agosto), por el cual se establece el regimen de admisión de los alumnos de los centros sostenidos total o parcialment con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por Decreto 16/2023, de 20 de julio, por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto y por el Decreto 1/2024, de 4 de enero, establece que la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas es competente en las enseñanzas de régimen especial.
6. La Resolución del Consejero de Educación y Formación Profesional, de día 26 de mayo de 2022 por la cual se dictan las instrucciones para regular el proceso de admisión y matriculación de los alumnos en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
7. La Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el artículo 40.1 de la Ley 2/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears queda prorrogada la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación por la qual se establece la actualización de las bases, el tipo de gravamen y cuotas tributarias de las tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2024 (BOIB nº6, de 11 de enero).
Por todo esto, y al amparo del artículo 16 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Aprobar el calendario del proceso de admisión y de matriculación de los alumnos a las enseñanzas de idiomas de régimen especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el curso 2025-2026. Este calendario figura en el anexo 1 de esta Resolución.
Segundo
1. Los procesos de preinscripción y matriculación a las enseñanzas de idiomas de régimen especial se realizarán de manera telemática a través de la página web de cada centro.
2. Las personas que aporten un certificado oficial de los niveles A1, A2, B1, B2 o C1 emitido por las instituciones reconocidas en la normativa vigente, podrán acceder al nivel o curso siguiente al acreditado por el certificado.
3. La entrega de la documentación que acompaña la preinscripción o la matrícula se realizará también por vía telemática a través de los medios establecidos por cada uno de los centros.
4. Las publicaciones de listas, o de resultados y la presentación de posibles reclamaciones o alegaciones incluidas en el calendario de admisión y matriculación que se aprueba en esta Resolución se realizarán también de manera telemática.
5. Los centros deben dar publicidad a las correspondientes instrucciones de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas para llevar a cabo los procesos telemáticos y las publicarán en su página web.
Tercero
Notificar esta Resolución a los directores de los centros para que la apliquen en su centro y para que la den a conocer en toda la comunidad educativa. Esta Resolución se publicará en la página web de cada centro.
Cuarto
Disponer que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y tenga efectos desde el día siguiente de su publicación.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3 /2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
En el supuesto de que se interponga un recurso de reposición, una vez desestimado este, expresamente o por silencio, se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29 /1998.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (28 de abril de 2025)
La directora general de Planificaión y Gestión Educativas Catalina M. Ginart Serrano
ANEXO 1 Calendario del proceso de admisión y matriculación a las enseñanzas de idiomas de régimen especial para el curso 2025-2026
JUNIO-JULIO | 1ª fase |
Desde las 9:00 h del 4 de junio a las 23:59 h del 13 de junio | Preinscripción telemática: - A1 > Alumnos sin ningún conocimiento del idioma - Alumnado con matrícula de actualización en el curso 24-25 y que quiera acceder a un nivel no superado previamente. - Resto de niveles > Alumnos con conocimientos del idioma1 1. Con certificado acreditativo* del nivel anterior al solicitado 2. Con el resultado de una prueba de nivelación - (online en inglés** y presencial en el resto de los idiomas). *Acreditaciones que constan en el anexo 2 de la Resolución del Consejero de 26 de mayo de 2022. ** La prueba online estará disponible durante todo el proceso de preinscripción |
16 de junio | Sorteo para determinar el orden de admisión |
18 de junio | Publicación listas provisionales de admitidos al procedimiento |
Del 19 de junio al 23 de junio* (tres días hábiles) | Periodo de reclamaciones a los listados provisionales |
19 de junio | Prueba de nivel presencial (todos los idiomas menos inglés)
|
20 de junio | Publicación de los resultados de la prueba de nivel presencial |
24 de junio | Resolución de las reclamaciones presentadas. |
25 de junio | Publicación de las listas definitivas de solicitantes con plaza asignada y en lista de espera |
Del 25 de junio al 22 de julio *Cada EOI publicará el horario, los plazos y las condiciones de matrícula en su página web. | Matriculación telemática: - Alumnado oficial de la EOI 'apto', que promociona de nivel/curso en la convocatoria ordinaria - Admitidos y lista de espera - Solicitantes no preinscritos (según plazas disponibles) |
SEPTIEMBRE-OCTUBRE | 2ª fase |
Del 3 al 29 de septiembre * Cada EOI publicará el horario, los plazos y las condiciones de matrícula en su página web. | Matrícula telemática: - Alumnado oficial de la EOI del curso 2024/2025 que promociona, certifica o repite - Solicitantes con plaza asignada y lista de espera - Otras situaciones y matrícula de los no preinscritos según disponibilidad. |
Cada EOI publicará la fecha en su página web | Prueba de nivelación presencial (todos los idiomas menos inglés) |
Del 3 de septiembre al 7 de octubre | Prueba online de nivelación de inglés |
Del 23 de septiembre al 7 de octubre | Pruebas de nivelación y matrícula de las últimas vacantes según disponibilidad de cada centro |
Inicio de curso: 29 de septiembre.