Resolución del director general del Servicio de Salud por la que se acepta la cesión gratuita que hace el Ayuntamiento de Felanitx de un solar al Servicio de Salud de las Islas Baleares para construir el nuevo Hospital de Felanitx
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Resolución del director general del Servicio de Salud por la que se acepta la cesión gratuita que hace el Ayuntamiento de Felanitx de un solar al Servicio de Salud de las Islas Baleares para construir el nuevo Hospital de Felanitx
Número de edicto 4281 - Páginas 22715-22717
Hechos
1. El 13 de mayo de 2019 el Pleno del Ayuntamiento de Felanitx adoptó un acuerdo para ceder gratuitamente la titularidad de la finca registral número 51522, tomo 5151, libro 1068, folio 118, número IDUFIR 07008001248257, de Felanitx, a favor del Servicio de Salud de las Islas Baleares, libre de cargas y valorada en novecientos sesenta y tres mil novecientos treinta y un euros (963.931 €).
También se acordó elevar a escritura pública esta cesión y facultar a la Alcaldía del Ayuntamiento de Felanitx para firmar dicha escritura.
2. El 5 de marzo de 2020 se registró de entrada en el Ayuntamiento un escrito del director general del Servicio de Salud, por medio del cual se indica que para asegurar la accesibilidad correcta al recinto hospitalario se debe ampliar la cesión de 2019, añadiendo las antiguas parcelas catastrales 52, 53, 54 y parte de la 266 del polígono 55 de Felanitx.
3. El 24 de mayo de 2021 el Consejo de Gobierno declaró —por segunda vez—inversión de interés autonómico las intervenciones previstas para construir un nuevo hospital de atención intermedia en el Sector Sanitario de Llevant, en el municipio de Felanitx, con referencia catastral 07022A055003030000WK (BOIB núm. 68 de 25 de mayo de 2021).
4. El 7 de junio de 2021 se registró de entrada en el Ayuntamiento el anteproyecto para la construcción de un nuevo hospital de atención intermedia en el Sector Sanitario de Llevant (Felanitx) y el 28 de junio de 2021 la arquitecta municipal emitió un informe técnico. Además, el 19 de julio de 2021 el Consejo de Gobierno acordó, de conformidad con el artículo 8.4 del Decreto ley 1/2018, en relación con el artículo 5 de la Ley 4/2010, autorizar el proyecto de obra de las intervenciones previstas para la construcción del nuevo Hospital de Atención Intermedia del Sector Sanitario de Llevant en el municipio de Felanitx, situado en el solar con referencia catastral 07022A055003030000WK (BOIB núm. 96 de 20 de julio de 2021).
5. El 21 de septiembre de 2021, el Ayuntamiento elevó a escritura pública la agrupación de las fincas registrales correspondientes a las antiguas parcelas catastrales 52, 53, 54 y parte de la 266 del polígono 55 de Felanitx, resultando:
-
La finca registral 51761, inscrita en el tomo 5202, libro 1094, folio 216, inscripción 1ª del Registro de la propiedad 1 de Felanitx.
-
La parcela 306 del polígono 55, con la referencia catastral 07022A055003060000WX.
6. El 11 de octubre de 2022 la Junta de Gobierno Local acordó aprobar definitivamente el proyecto de dotación de servicios del Hospital de Felanitx (BOIB núm. 136, de 20 de octubre de 2022).
7. En fecha 20 de octubre de 2023, el director general del Servicio de Salud emitió un oficio relativo a la aclaración del alcance de la declaración de inversión de interés autonómico del proyecto de nuevo Hospital de Atención Intermedia del Sector Llevant, en Felanitx, aclarando que dado que la declaración de interés autonómico es previa a la agrupación de los solares, la referencia catastral no puede mencionarse en la resolución de declaración, si bien la mención a los cuatro solares agrupados consta en la memoria, y su inclusión se prevé en el anteproyecto, siendo necesaria para la ejecución de las obras del nuevo hospital, declaradas inversión de interés autonómico. Teniendo en cuenta estos hechos, se emite este escrito, considerando que el alcance de la declaración de las obras de construcción del Hospital de Atención Intermedia del Sector de Llevant como inversión de interés autonómico se entiende a la totalidad de las parcelas incluidas en el proyecto, y afecta igualmente a la nueva parcela 306 del polígono 55 de Felanitx, con referencia catastral 07022A055003060000WX.
8. El 27 de octubre de 2023 la arquitecta técnica municipal emitió un informe de valoración de la parcela 306 del polígono 55, por el que se concluía que el valor total de la parcela núm. 306 del polígono 55 de Felanitx es de noventa y siete mil cuatrocientos veintisiete euros (97.427,00 €).
9. El 22 de noviembre de 2023 se registró de entrada en el Ayuntamiento el proyecto básico y de ejecución del nuevo Hospital de Atención Intermedia en el Sector Sanitario de Llevant (Felanitx).
10. El 24 de noviembre de 2023 el Consejo de Gobierno declaró —por tercera vez—inversión de interés autonómico las intervenciones previstas para la construcción de un nuevo hospital de atención intermedia en el Sector Sanitario de Llevant, concretamente en las parcelas con referencias catastrales 07022A055003030000WK y 07022A055003060000WX, correspondientes al municipio de Felanitx (BOIB núm. 161 de 25 de noviembre de 2023).
11. El 28 de noviembre de 2023 los técnicos jurídicos de urbanismo emitieron un informe-propuesta de acuerdo en sentido favorable, con una nota de conformidad del secretario, respecto de la cesión de la titularidad de la finca registral 51761.
12. El 18 de diciembre de 2023 el Pleno del Ayuntamiento de Felanitx acordó ceder gratuitamente la titularidad de la finca registral número 51761, tomo 5202, libro 1094, folio 216, número IDUFIR 07008001255385, de Felanitx, a favor del Servicio de Salud de las Islas Baleares, libre de cargas y valorada en noventa y siete mil cuatrocientos veintisiete euros (97.427,00 €).
La descripción de esta finca es la siguiente [texto original]:
Peça de terra secà, situada al terme de Felanitx, districte de Sa Mola, on hi havia la via del tren de Santa Maria a Felanitx, amb una cabuda de MIL VUIT- CENTS SETANTA METRES QUADRATS. Confronta: pel Nord, amb la parcel·la 303 que l'Ajuntament ha cedit a la Conselleria de Salut i Consum; per l'Est, amb el romanent de la finca registral 51620, de l'Ajuntament de Felanitx; pel Sud, en part amb la via Ronda de Felanitx i la carretera de Campos a Felanitx; i per l'Oest, amb les parcel·les 73 i 266 de l'Ajuntament de Felanitx. ÉS INDIVISIBLE. Formada per les parcel·les 51, 53 i 54 i part de la parcel·la 266 del polígon 55.
A día de hoy es la parcela 306 del polígono 55 (referencia catastral 07022A055003060000WX).
13. El Acuerdo mencionado en el apartado anterior también aclaraba que, junto con el Acuerdo de 13 de mayo de 2019, implica, además, la cesión de la titularidad de los terrenos de acuerdo con las consideraciones jurídicas que se recogen en el informe jurídico, a favor del Servicio de Salud de las Islas Baleares, para la construcción de un nuevo hospital de atención intermedia en el Sector Sanitario de Llevant, concretamente en el municipio de Felanitx, y acordaba elevar a escritura pública esta cesión y facultar a la Alcaldía del Ayuntamiento de Felanitx para firmar dicha escritura.
14. La cesión de los terrenos queda condicionada a la construcción de un centro sanitario. Los terrenos objeto de la cesión de titularidad, revertirán al Ayuntamiento de Felanitx en caso de incumplimiento de cualquiera de los plazos que se establecen en el artículo 8, punto sexto, del Decreto-ley 1/2018.
Fundamentos de derecho
1. El título V de la Ley 5/2003, de 4 de abril, de salud de las Islas Baleares.
2. El título IV del Decreto 39/2006, de 21 de abril, por el que se aprueban los estatutos del ente Servicio de Salud de las Islas Baleares.
3. La Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
4. El Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de despliegue de la Ley 6/2001.
5. El Decreto 39/2006, de 21 de abril, por el que se aprueban los estatutos del ente público Servicio de Salud de las Islas Baleares.
6. El Decreto 16/2015, de 10 de abril, de ordenación sanitaria territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
7. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Islas Baleares.
8. El Decreto 43/2023, de 10 de julio, por el que se dispone el nombramiento de los altos cargos y directores generales de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
9. El Decreto 79/2023 de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Islas Baleares
Por todo ello dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar la aceptación de la cesión gratuita que hace el Ayuntamiento de Felanitx a favor del Servicio de Salud de las Islas Baleares de los terrenos de las fincas registrales 51522 y 51761 (referencias catastrales 07022A055003030000WK y 07022A055003060000WX) al Servicio de Salud de las Islas Baleares, para construir el nuevo Hospital de Atención Intermedia del Sector Sanitario de Llevant.
2. Establecer que esta cesión tiene la finalidad de destinar el solar a construir un centro sanitario en el término municipal de Felanitx.
3. Establecer que este solar se recibe con carácter patrimonial y que debe afectarse al dominio público.
4. Notificar esta resolución al Ayuntamiento de Felanitx y publicarla en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso contencioso-administrativo, previo requerimiento en los términos que se establecen en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma,firmado electrónicamente: 16 de abril de 2025
El director general del Servicio de Salud Javier Ureña Morales