Notificación de Resolución de desistimiento a los beneficiarios de las ayudas, REMESA 3 en fecha 8 de abril de 2025, al amparo de la convocatoria de las subvenciones para las inversiones en la prevención de los daños causados en los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes, para el año 2024
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Notificación de Resolución de desistimiento a los beneficiarios de las ayudas, REMESA 3 en fecha 8 de abril de 2025, al amparo de la convocatoria de las subvenciones para las inversiones en la prevención de los daños causados en los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes, para el año 2024
Número de edicto 3834 - Páginas 20151-20152
La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y notificaciones se realizarán a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de acuerdo con los términos que prevé la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, con fecha 8 de abril de 2025, firmó la siguiente resolución.
"INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE DESISTIMENTO
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 8.3 Prevención de los daños causados en los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes
Convocatoria: PIFO 2024 REMESA 3
Codigo DIR3: A4026954
Codigo SIA: 3056131
Código BDNS: 751463
Antecedentes
1. En fecha de 11 de abril de 2024 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 48, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el año 2024, subvenciones para inversiones en la prevención de los daños causados en los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes.
2. En fecha de 25 de mayo de 2024 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 69, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 26 de marzo de 2024, por la que se convocan, para el año 2024, subvenciones para las inversiones en la prevención de los daños causados a los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes.
3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.
4. La interesada señalada en el anexo I no ha respondido a la notificación de deficiencias publicada en el BOIB.
Fundamentos de derecho
1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el año 2024, subvenciones para inversiones en la prevención de los daños causados en los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes. BOIB nº. 48 del 11 de abril de 2024, de 26 de marzo de 2024.
2. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución del presidente del FOGAIBA de 26 de marzo de 2024, por la que se convocan, para el año 2024, subvenciones para inversiones en la prevención de los daños causados en los bosques. BOIB nº. 69 de 25 de mayo de 2024.
3. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se incrementan los créditos que prevé la Resolución del presidente del FOGAIBA de 26 de marzo de 2024 por la que se convocan, para el año 2024, subvenciones para las inversiones en la prevención de los daños causados a los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofres.
4. Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
5. Ley 39/2015 de 1 de octubre de régimen jurídico de las administraciones públicas.
Propuesta de resolución de desistimiento
Por todo ello, se informa favorablemente y se propone al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1. Considerar desistida la solicitud presentada por la interesada relacionada en el anexo I, que es 1 expediente de la línea de ayudas para Inversiones en la prevención de los daños en los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes, por el motivo descrito en el citado anexo.
2. Declarar concluido el procedimiento y archivar el expediente relacionado en el Anexo I.
3. Notificar esta resolución mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares .
Interposición de recursos
Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de regimen jurídico de l'Administración de la comunidad autónoma de les Illes Balears, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, a fecha de la firma digital
La gestora de la linia | El jefe de la Sección XVI | La jefa del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural |
Aina Maria Martorell Capó | Antonio Barceló Ávila | Gema Canós Franch |
Conforme con la propuesta, dicto resolución | ||||||||
El vicepresidente del FOGAIBA en materia agraria Fernando Fernández Such"
ANEXO I RELACIÓN DE SOLICITANTES
Palma, en fecha de firma electrónica (9 de abril de 2025)
El director gerente del Fogaiba Joan Josep Coll Bibiloni |