Resolución de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio por la que se autoriza la afectación secundaria de diferentes espacios del Centre Bit Raiguer de Inca a favor de la Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad

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  • Resolución de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio por la que se autoriza la afectación secundaria de diferentes espacios del Centre Bit Raiguer de Inca a favor de la Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad

  • Número de edicto 3729 - Páginas 19437-19438

Hechos

1. En fecha 12 de febrero de 2025, tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, un oficio de la directora general de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad, junto con una memoria justificativa de la Jefe del Servicio de Justicia, solicitando la afectación secundaria de dos espacios en el Centro Bit Raiguer, concretamente el despacho 3, de 29 m² y la sala Alaró, de 61 m², por un periodo de 6 meses, contadores desde el 15 de febrero de 2025 hasta el 15 de julio de 2025, tiempo queu se estima necesario para adjudicar el contrato de alquiler de un local en el municipio.

2. El 17 de febrero de 2025, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio dio traslado a la directora gerente de la Agencia de Desarrollo Regional (ADR) que tiene atribuida la afectación principal del bien, para que, de acuerdo con el artículo 45.2 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, emitiera un informe sobre la conveniencia de la afectación secundaria, la compatibilidad con la afectación principal y la manera de ejercicio de la afectación secundaria.

3. El 11 de marzo de 2025 tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, el oficio de la gerente de la Agencia de Desarrollo Regional (ADR), de 10 de marzo, en el cual manifiesta que se considera adecuada la afectación secundaria del Centro BIT de Inca para la ubicación de la Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad.

4. El 26 de marzo de 2025 el Servicio de Patrimonio emitió informe favorable sobre el expediente de referencia.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 24, 33 y 34, incluidos en la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

2. Los artículos 28, 39, 42 y 45, incluidos en el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

3. El Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

4. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares.

5. Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consellerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

6. Decreto 56/2023, de 21 de julio, por el cual se dispone el nombramiento de altos cargos de la consellería, de Economía, Hacienda e innovación.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar la afectación secundaria en el Centro BIT Raiguer de Inca, del despacho 3 de la planta principal, de 29 m² y de la sala Alaró situada en el sótano, de 61 m², a favor de la Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad, por un periodo de 6 meses, hasta el 15 de julio de 2025.

2. Determinar que esta afectación secundaria implica la modificación de los porcentajes de la adscripción principal que tiene la ADR, que seria del 92.55%, quedando inalteradas el resto de afectaciones secundarias. El resumen de las afectaciones es el siguiente:

- Consejería de Administraciones Públicas y Modernización el despacho 23A para alojar las dependencias del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (0,26% del total).

- Consejería de Educación, Universidad e investigación el despacho 23B para ubicar el Servicio de Escolarización (0,57% del total).

- Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares los despachos 23C y 24 para ubicar su oficina comarcal (1,82% del total).

- Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares el despacho 20A (0,61% del total).

- Dirección General de Emergencias e interior, despacho 21 (1,36%) y sala Consejo (1,37%)

- Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad, despacho 3 ( 0.47%) y Sala Alaró (0.99%).

3. Estipular que la afectación producirá efectos desde la fecha de subscripción del acta de afectación.

4. Establecer que esta afectación implica la asunción, por parte de la Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad, de los gastos de mantenimiento, conservación y cualquier otro gastos que dimane de la titularidad y del disfrute del bien, así como los tributos y las prestaciones patrimoniales públicas de cualquier naturaleza que lo graven, que se tienen que satisfacer de forma proporcional al espacio ocupado.

5. Notificar esta Resolución a las partes interesadas.

6. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

7. Anotar el contenido de esta Resolución en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

(Firmado electrónicamente: 26 de marzo de 2025)

La directora general Susana F. Pérez Sánchez

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