Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la cual se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears de la Acta del acuerdo en materia salarial de los centros de atención especializada en personas con discapacidad y centros especiales de empleo de las Illes Balears para el año 2024, de 12 de diciembre de 2024 y su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (código de convenio 07100085082025)
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Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la cual se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears de la Acta del acuerdo en materia salarial de los centros de atención especializada en personas con discapacidad y centros especiales de empleo de las Illes Balears para el año 2024, de 12 de diciembre de 2024 y su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (código de convenio 07100085082025)
Número de edicto 3640 - Páginas 18986-18988
Antecedentes
1. El 12 de diciembre de 2024 los miembros de la Comisión Negociadora se reunieron para aprobar un acuerdo en materia salarial aplicable los centros de atención especializada a personas con discapacidad y centros especiales de empleo de las Illes Balears para le año 2024 (código del convenio: 07100085082025)
2. El 23 de diciembre de 2024, Antònia Bauzà Vives, en representación de la Comisión Negociadora, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada Acta.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 90.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Inscribir y depositar el Acta del acuerdo en materia salarial aplicable a las empresas de las Illes Balears incluidas en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo estatal de centros de atención especializada a personas con discapacidad y centros especiales de empleo de las Illes Balears para el año 2024, de 12 de diciembre de 2024 en el Registro de Convenios Colectivos de las Islas Baleares.
2. Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
3. Hacer constar que la versión catalana del texto es la original firmada por los miembros de la Comisión Negociadora y que la versión castellana es su traducción.
4. Notificar esta Resolución a la persona interesada.
Palma, firmado electrónicamente (7 de febrero de 2025)
La secretaria autonómica de Trabajo, Empleo y Diálogo Social Catalina Teresa Cabrer González Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía y por suplencia de la directora general de Trabajo y Salud Laboral (BOIB 14 de 30 de enero de 2025)
ACUERDO DE ACTUALIZACIÓN DEL COMPLEMENTO ESPECÍFICO PARA EL PERSONAL COMPLEMENTARIO, DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL CONCERTADOS DE LAS ILLES BALEARS.
Día 17 de marzo de 2023, se firmó por las entidades patronales y sindicales y el Gobierno de las Islas Baleares, un nuevo acuerdo para la mejora de la Enseñanza privada concertada de las Illes Balears, éste incluye la reactivación del acuerdo de 2016 y un nuevo acuerdo marco (2023-2027) de mejora para la enseñanza privada concertada. El desarrollo del acuerdo contempla una revisión y mejora del módulo de gastos de funcionamiento de los centros concertados y la mejora del módulo de personal complementario de los centros de Educación Especial.
Al contenido del referido Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2023 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa de Enseñanza Privada Concertada de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de Reactivación del Acuerdo de 2016 y Nuevo Acuerdo Marco (2023-2027) de mejora para la Enseñanza Privada Concertada (BOIB número Núm. 39 de 28 de marzo de 2023), en cuanto al ámbito subjetivo de aplicación se prevé:
"En el pacto primero, ámbito de aplicación 1.1 Ámbito subjetivo Este acuerdo es de aplicación a los siguientes colectivos:
f) El personal de administración y servicios y el afectado por el complemento retributivo de las Illes Balears (CRIB) financiado mediante el módulo de gastos de funcionamiento.
g) El personal complementario de los centros de educación especial en lo que se refiere a la financiación del módulo de gastos de funcionamiento."
Por parte de las patronales y sindicatos, en fecha 3 de marzo de 2004, se firmó un acuerdo de adaptación y establecimiento de las nuevas cláusulas que regirán a partir de esa fecha el Complemento retributivo Illes Balears . Concretamente, la cláusula cuarta de dicho acuerdo.
En fecha 28 de junio de 2023, se reunió la comisión negociadora de mejoras de ámbito autonómico para el personal afectado por el XV Convenio Colectivo General de centros y servicios de atención a personas con discapacidad, y se acordó redactar un nuevo acuerdo de actualización del complemento específico para el personal en pago no delegado, es decir, el personal complementario, auxiliares técnicos educativos y personal de administración y servicios. Este acuerdo incluye un incremento del 10'5% para el año 2023 del complemento específico (complemento retributivo de las Islas Baleares). Boib Núm. 58 de 2 de mayo de 2024.
A 25 de noviembre de 2024, se reunió la comisión negociadora de mejoras de ámbito autonómico para el personal afectado por el XV Convenio Colectivo General de centros y servicios de atención a personas con discapacidad, acordándose redactar este nuevo acuerdo de actualización del complemento específico para el personal en pago no delegado, es decir, el personal complementario, auxiliares técnicos educativos y personal de administración y servicios. Este acuerdo incluye un incremento del 7% para el año 2024 del complemento específico (complemento retributivo de las Islas Baleares).
Por todo ello y dado que se hace necesaria la actualización para el año 2024 del complemento específico para el personal en pago no delegado, las patronales y las organizaciones sindicales del sector, conforme a los artículos 3, 4, 105, 112 y la Disposición Adicional Segunda del XV Convenio Colectivo General de centros y servicios de atención a personas con discapacidad, ACORDAM:
PRIMERO: Actualizar el complemento retributivo Illes Balears para el año 2024 de la siguiente forma:
Mientras los centros afectados por este acuerdo mantengan su condición de centros concertados total o parcialmente sostenidos con fondos públicos, abonarán al personal en pago no delegado a jornada completa, un complemento en doce mensualidades y junto con la mensualidad ordinaria, incrementado para el año 2024 en las siguientes cantidades y resultando las cantidades expresadas:
| INCREMENTO | CUANTÍA RESULTANTE |
---|---|---|
Psicólogo/Pedagogo, maestro, logopeda, trabajador social, fisioterapéuta y el resto de personal complementario tiutlado | +37,49 € | 573,13 € |
Auxiliares técnicos educativos | +11,78 € | 180,01 € |
Personal de administración y servicios | +11,78 € | 180,01 € |
SEGUNDO: Pago Avanzado. Las partes acuerdan autorizar a las empresas para que puedan realizar pagos a cuenta de los incrementos pactados en este acuerdo, desde su firma y hasta que se proceda a su publicación en el Boletín Oficial correspondiente.
TERCERO: Remisión a la Comisión Paritaria. Las partes acuerdan remitir la traducción castellana del presente acuerdo a la Comisión Paritaria del XV Convenio Colectivo General de centros y servicios de atención a personas con discapacidad a fin de que se pueda proceder a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
CUARTO: Se mantiene la aplicación de las cláusulas segunda y tercera del acuerdo de fecha 3 de marzo de 2004, relativas a compensación y absorción y a la información a los representantes legales de los trabajadores.
DISPOSICIÓN ADICIONAL: Este acuerdo será de aplicación con carácter retroactivo a partir del día 1 de enero de 2024, y será exigible una vez se produzca su publicación en el BOIB y sean liquidados los aumentos de módulos por parte de la Consejería de Educación y Formación profesional.
Por FoQUA Dª. Sr. Carmen Muñoz González
Por UNAC Escolástico Muñoz Juárez
Por UGT Sr. Tino Davia Ladrón
Por CCOO Sr. Mario Davis Luján
Palma, 12 de diciembre de 2024.