Publicación de la resolución de la consellera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos del Consell d'Eivissa de aprobación de las bases de la convocatoria del Consell Insular d'Eivissa para la obtención de la acreditación profesional del personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares para el año 2025

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  • Número de edicto 1583 - Páginas 9420-9428

En fecha 17 de febrero de 2025, la consellera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos del Consell Insular d'Eivissa ha dictado la Resolución n.º 2025000225, por la que se resuelve:

"Asunto: Aprobación de las Bases de la convocatoria del Consell Insular d'Eivissa de la prueba evaluadora para la obtención de la acreditación como personal de admisión y control interno de las actividades de espectáculos públicos y recreativas de Ibiza para el año 2025 (expt. 2025/00051J)

En fecha 7 de enero de 2025, la consellera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos dictó providencia de inicio en la que se dispone se realicen los trámites administrativos oportunos a los efectos de aprobación de la convocatoria para la obtención de la acreditación como personal de admisión y control de ambiente interno de las actividades de espectáculos públicos y recreativas en las Islas Baleares para el año 2025, que constará de dos pruebas, una el día 20 de mayo de 2025 y otra el día 24 de octubre de 2025.

En conformidad con la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares (BOIB n.º 166, de 30/11/2013), los titulares de las actividades de espectáculos públicos y recreativas, y establecimientos públicos están obligados a establecer un servicio de admisión y control de ambiente interno.

El artículo 15 del Decreto 41/2011, de 29 de abril, regulador de los servicios de admisión y de control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas (BOIB n.º 67, de 5 de mayo de 2011) dispone que los Consells Insulars tienen que garantizar una convocatoria, con una periodicidad mínima anual, de la prueba evaluadora para obtener la acreditación como personal de los guardes de admisión y de control de ambiente interno, mediante una resolución, que se tiene que publicar al Boletín Oficial de las Islas Baleares.

El Decreto de Presidencia n.º 2023000467 de estructura del gobierno del Consell Insular d'Eivissa y creación de Departamentos, de fecha 28 de junio de 2023 (BOIB n.º 88, de 29 de junio de 2023), atribuye al Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos, entre otros, las competencias propias del Consell Insular en materia de actividades; actuaciones en materia de servicios de admisión y control de ambiente interno.

Al expediente constan las bases de la convocatoria para la obtención de la acreditación profesional de personal de admisión y control de ambiente interno de las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares para el año 2025 con CSV15704451146616251334.

Estas bases fueron informadas técnica y jurídicamente en fecha 14 de febrero de 2025, ambos informes en sentido favorable.

En conformidad con el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consells insulars, así como en conformidad con el artículo 72 e del Reglamento Orgánico del Consell Insular d'Eivissa,

RESUELVO

Primero.- Aprobar las bases de la convocatoria para la obtención de la acreditación profesional del personal de admisión y control interno de las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares para el año 2025 y las bases que la regulan, las cuales constan al expediente con CSV15704451146616251334, que tienen que regir la convocatoria referida.

Segundo.- Ordenar la publicación de esta convocatoria así como de sus bases reguladoras al Boletín Oficial de las Islas Baleares."

Ibiza, 17 de febrero de 2025

La jefa de sección de Industria del Departamento de Promoción Económica y Empresarial, y Cooperación Municipal Marta Díaz Pascual

 

Bases de la convocatoria del Consejo Insular de Ibiza, para la obtención de la acreditación profesional de personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares para el año 2025

1. Convocatoria de las pruebas evaluadoras.

Se convocan, para el ejercicio de 2025, las pruebas evaluadoras en la isla de Ibiza para la obtención de la acreditación profesional de personal de admisión y de control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares.

2. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a la prueba, las personas aspirantes deberán aportar la documentación indicada en el artículo 15.3 del Decreto 41/2011, de 29 de abril de 2011, regulador de los servicios de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas en las Islas Baleares (BOIB núm. 67, de 5 de mayo de 2011) y cumplir los siguientes requisitos del artículo 8 del citado Decreto:

a) Ser mayor de edad.

b) Tener la nacionalidad española, ser nacional de alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea o tener permiso de residencia y de trabajo en España.

c) No tener antecedentes penales.

d) Tener las aptitudes y capacidades físicas y psíquicas idóneas para el ejercicio de las funciones correspondientes, acreditadas mediante un certificado médico oficial.

e) Tener unos conocimientos básicos de las lenguas oficiales de las Illes Balears con la finalidad de poder atender al público que se dirija en estas lenguas.

f) Haber superado el curso básico de personal de los servicios de admisión y de control de ambiente interno.

Todos estos requisitos deberán cumplirse desde el día de la presentación de la solicitud y mantenerse durante la vigencia de la acreditación profesional correspondiente.

3. Fechas de examen.

Para el ejercicio de 2025 se convocan dos pruebas evaluadoras de personal de admisión y de control interno en las fechas siguientes:

- 1ª Convocatoria: 20 de mayo de 2025.

- 2ª Convocatoria: 24 de octubre de 2025.

4. Solicitudes y plazo de presentación.

Para formar parte en estas pruebas se deberá presentar una declaración responsable de los requisitos con la documentación necesaria, según el modelo del anexo 4 del Decreto 41/2011, de 29 de abril, regulador de los Servicios de Admisión y de Control de Ambiente Interno en las Actividades de Espectáculos Públicos y Recreativas de las Islas Baleares (BOIB núm. 67, de 5 de mayo de 2011).

En la declaración responsable deberá adjuntarse la siguiente documentación correspondiente a cada persona interesada:

a. Fotocopia del DNI o pasaporte o permiso de residencia y de trabajocorrespondiente o documentos equivalentes.

b. Una fotografía reciente en formato digital o convencional modelo DNI.

c. Certificado médico oficial en vigor y favorable de aptitud psicológica y de salud médica favorable, donde se indique expresamente que la persona interesada "reúne las aptitudes físicas y psíquicas idóneas para desarrollar las funciones de los servicios de admisión y control de ambiente interno".

d. Certificado en que conste que la persona aspirante no tiene antecedentes penales en España ni, si corresponde, en su país de origen (los antecedentes penales del país de origen deberán presentarlos los extranjeros residentes en España). En este último caso, se deberá presentar el certificado de penales original con una traducción oficial. Se podrá autorizar al Consejo Insular de Ibiza para conseguir esta documentación en el caso de certificado de antecedentes penales español, según modelo de autorización que figura como Anexo II.

e. Justificante del pago de la tasa* correspondiente.

*La tasa correspondiente para la realización de examen es de 77,73 € (setenta y siete con setenta y tres euros), de conformidad con la Ordenanza fiscal reguladora de los Servicios de Admisión y Control de Ambiente Interno en las Actividades de Espectáculos Públicos y Recreativas del Consejo Insular de Ibiza (BOIB nº 158, de 20 de octubre de 2011).

La presentación de la declaración responsable, junto con la documentación citada anteriormente, deberá hacerse, o bien presencialmente en el registro del Consejo Insular de Ibiza (OAMR), ubicado en la avenida España, núm. 49 de Ibiza, o bien en la Sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza (https://seu.conselldeivissa.es) con el trámite Solicitud de pruebas evaluadoras de personal de admisión y control de ambiente, además de la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo para la presentación de la declaración responsable para las pruebas evaluadoras previstas para el año 2025, será el siguiente:

1ª Convocatoria: Desde el día 14 de marzo de 2025 hasta al día 27 de marzo de 2025, ambos incluidos.

2ª Convocatoria: Desde el día 18 de agosto de 2025 hasta el día 29 de agosto de 2025, ambos incluidos.

La falta de justificación de cualquiera de los requisitos citados determina la exclusión de la persona aspirante.

Únicamente en el caso de la certificación del documento de antecedentes penales solicitado, y cuando deba ser emitido por otros países, se aceptará dicho documento hasta el último día hábil anterior a las pruebas, siempre que el mismo se haya emitido por la autoridad competente antes o durante el plazo general de presentación de documentación.

5. Tribunal calificador

De acuerdo con el artículo 15.2 del Decreto 41/2011, de 29 de abril de 2011, para la convocatoria presente se nombran las personas miembros del tribunal siguientes:

Presidenta: Sra. Marta Díaz Pascual

Presidenta suplente: Sra. Olga Torres Ribas

Secretaria: Sra. Eulalia Guasch Torres

Secretaria suplente: Sra. Goretti Costa Ferrer

 

Vocales:

 

- Un asesor jurídico: Sr Antoni Riera Buforn

- Una psicóloga: Sra. Susana Costa Costa

- Una enfermera: Sra. Marta Torres Moran

 

Vocales suplentes:

 

- Una asesora jurídica: Sra. Concepción Rebollo Laserna

- Un psicólogo: Sr. Antoni Ribas Prats

- Una enfermera: Sra. Laura Cardona Torre

Todas las personas que componen este tribunal que participen en las sesiones tienen derecho a percibir una indemnización por sesión y día, de acuerdo con lo que prevé el Decreto 62/2011, de 20 mayo, por el que se regulan las Modalidades de Colaboración en las Actividades Formativas y en los Procesos Selectivos y de Provisión, aprobándose el Baremo de Indemnizaciones que se derivan. Estas indemnizaciones serán compatibles con las dietas que reglamentariamente les correspondan.

Después de aprobarse la convocatoria deberá constituirse el tribunal respectivo, con la asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes. En esta sesión, el tribunal debe acordar todas las decisiones que correspondan para el desarrollo correcto de las pruebas.

A partir de la constitución, para que el tribunal pueda actuar válidamente, se requerirá la presencia de al menos tres de sus miembros, con la presencia obligatoria de la presidencia y la secretaría. Los titulares y los suplentes pueden actuar indistintamente y de manera concurrente.

El tribunal puede disponer la incorporación de asesores especialistas, los cuales han de actuar con voz pero sin voto. Las actuaciones de estos asesores deberán reflejarse en las actas.

En la prueba evaluadora, debe estar presente, como mínimo, uno de los miembros del tribunal, acompañado de las personas vigilantes y/o colaboradoras que se estimen oportunas.

6. Admisión de las personas aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Sección de Industria del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos del Consejo Insular de Ibiza, como órgano gestor, aprobará y hará pública, en el plazo máximo de diez días hábiles, las listas provisionales de las personas aspirantes admitidas y excluidas, con la indicación individualizada de las causas de exclusión de las personas interesadas que no hayan sido admitidas.

Estas listas se harán públicas exponiéndose en el tablón de anuncios del Consejo Insular de Ibiza y la Sede Electrónica del Consejo Insular de Ibiza (seu.conselldeivissa.es).

Las personas aspirantes excluidas provisionalmente, así como aquellas que no figuren en la relación de personas admitidas ni excluidas, dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las listas provisionales, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.

En el plazo máximo de diez días hábiles en relación con la finalización del periodo de subsanación, el órgano gestor aprobará las listas definitivas de personas admitidas y excluidas en la convocatoria de la acreditación profesional, en la que se indicará, en todo caso, la admisión condicionada respecto a lo dicho en el párrafo anterior. El referido listado se publicará por los mismos medios que se han mencionado anteriormente.

En el caso de que una prueba evaluadora no tenga, como mínimo, 10 aspirantes, quedará suspendida y se convocará a las personas aspirantes a la prueba evaluadora siguiente.

7. Desarrollo de la prueba.

En la lista definitiva de personas admitidas y excluidas se hará constar, asimismo, la hora y el lugar en que se realizarán los exámenes correspondientes.

El contenido de los exámenes versará sobre las materias y temario específico que se indica a continuación

 

TEMARIO

Materias jurídicas

TEMA 1. Constitución Española de 1978: derechos y deberes fundamentales.

TEMA 2. El derecho de admisión en actividades de espectáculos públicos y recreativas. Título II y Título IX de la Ley 7/2013, de 24 de noviembre; Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto; Decreto 41/2011, de 29 de abril, regulador de los Servicios de Admisión y Control de Ambiente Interno; Nociones básicas sobre normativa de vonsumo; Nociones básicas sobre la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

TEMA 3. Nociones básicas sobre delitos contra las libertades, detenciones ilegales, homicidios, lesiones, amenazas y coacciones, legítima defensa y omisión del deber de socorro, y la tenencia de armas en locales de concurrencia pública.

TEMA 4. Nociones básicas sobre salud pública, drogodependencias y tráfico de drogas.

TEMA 5. Autoridades competentes en materia de actividades de espectáculos públicos y recreativas.

Materias de psicología

TEMA 6. Las relaciones con el público en general y con las fuerzas y los cuerpos de seguridad.

TEMA 7. El autocontrol. El pánico y sus efectos. El estrés y el comportamiento en situación de peligro o de riesgos colectivos. Técnicas de autocontrol.

TEMA 8. Las relaciones humanas y la seguridad:

- Aprendizaje de métodos no violentos para resolver conflictos.

- Los perfiles de conductas y comportamientos de las personas, especialmente cuando se encuentren en estado de embriaguez porque han consumido alcohol, estupefacientes, etc.

- Los perfiles de conductas y comportamiento de las personas, especialmente cuando se encuentren en estado de peligro o emergencias.

Materias técnicas de seguridad

TEMA 9. Nociones básicas sobre instalaciones de seguridad contra incendios y otros riesgos colectivos.

TEMA 10. Nociones básicas sobre planes de autoprotección y de emergencias.

TEMA 11. Comportamientos y actuaciones de las personas y de las masas en estado de pánico y de emergencia frente a riesgos colectivos.

TEMA 12. Nociones básicas sobre sistemas de comunicación.

TEMA 13. Nociones básicas de la Ley 5/2014, de 4 de abril, que regula la Seguridad Privada.

Materias técnico sanitarias

TEMA 14. Conceptos básicos sobre primeros auxilios y situaciones de asistencia sanitaria inmediata.

TEMA 15. Conceptos básicos sobre intervenciones ante el consumo de alcohol, el consumo de tabaco y el consumo de drogas.

TEMA 16. Conceptos básicos sobre las agresiones sexuales y la violencia de género.

El tribunal calificador correspondiente tiene que determinar el enunciado o contenido de las preguntas.

Las persones aspirantes tendrán que ir proveídas, para cada ejercicio, del documento nacional de identidad o un documento identificativo equivalente en vigor. En cualquier momento, durante las pruebas, el tribunal puede requerir a las personas aspirantes que acrediten su identidad.

Para realizar las pruebas señaladas no se puede usar ningún tipo de documentación, ni calculadora, ni objeto similar.

8. Calificación de los ejercicios

Las dos pruebas del examen serán de carácter eliminatorio y se calificarán de manera independiente, estableciéndose las categorías "apto" o "no apto".

A) Prueba Teórica

La prueba teórica consistirá en responder 40 preguntas sobre las materias del temario definido en el punto 7 de estas bases. Cada pregunta englobará 4 posibles respuestas. Para calificar esta prueba se sumará 1 punto por pregunta completamente correcta i se restará 0,50 puntos por pregunta con respuesta incorrecta. En caso de que en una pregunta se dejen en blanco todas las respuestas, ésta no restará. Para superar esta prueba se han de obtener 20 o más puntos. La duración de la prueba será de una hora.

B) Prueba psicotécnica

En la prueba psicotécnica se efectuará un test de personalidad consistente en un cuestionario que ofrece puntuaciones en 10 escalas clínicas (preocupación por la salud, ideación paranoide, psicoticismo, depresión, límite, hostilidad, consumo de alcohol y sustancias, impulsividad, ansiedad y vulnerabilidad) donde se evaluarán parámetros de personalidad y validez, con el objetivo de determinar las aptitudes de los aspirantes para el ejercicio de la función de control y admisión.

Incorpora también 2 escalas de control: inconsistencia y deseabilidad social, mediante las cuales se determina el grado de veracidad de las respuestas.

La prueba se realizará en formado tipo test y consta de 110 cuestiones sobre diferentes aspectos de la vida en las cuales el aspirante se tiene que pronunciar en función del grado de acuerdo o desacuerdo con aquellas aplicadas a él mismo. Se contestan en una escala de cuatro grados: totalmente de acuerdo, de acuerdo, en desacuerdo y en total desacuerdo. Solo se puede contestar uno de los cuatro grados para cada ítem, de lo contrario, el ítem se considera no contestado. El tiempo establecido para la realización de la prueba psicotécnica es de 1 hora.

Esta prueba se valorará de la forma siguiente:

Se calificará mediante la puntuación transformada (puntuación T), que representa la posición de la persona evaluada en relación con la media de la muestra. Las puntuaciones T tienen una media de 50 y una desviación típica de 10. El rango de posibles puntuaciones T está acotado entre 20 y 100, a partir de una puntuación igual o superior a 70 se considera que la persona presenta un nivel alto en la escala clínica y a partir de una puntuación igual o superior a 90 se considera que la persona presenta un nivel muy alto en la escala clínica .

Se considerará NO APTO el perfil de un/a candidato/a cuando obtenga una puntuación igual o superior a 90 en 1 de las 2 escalas de control (inconsistencia y deseabilidad social).

Se considerará NO APTO el perfil de un/a candidato/a cuando obtenga una puntuación igual o superior a 70 en 4 escalas clínicas o una puntuación igual o superior a 90 en una de las escalas clínicas.

9. Listado de personas aprobadas.

El tribunal calificador publicará en cada convocatoria la relación provisional de las personas aspirantes que resulten aptas y no aptas de la prueba evaluadora, incluyendo las personas admitidas o no presentadas a los exámenes.

Esta relación de personas se expondrá en el tablón de anuncios del Consejo Insular de Ibiza y se publicará en la Sede Electrónica del Consejo Insular de Ibiza (seu.conselldeivissa.es), en la que se indicará el nombre, apellidos y cuatro cifras aleatorias del documento nacional de identidad o un documento identificativo equivalente en vigor y la calificación obtenida de todas y cada una de las personas presentadas. En esta lista se indicará el plazo para que las personas interesadas puedan solicitar, por escrito, la revisión del examen que no podrá ser superior a un plazo de cinco días.

En cada convocatoria, finalizado el proceso de revisión, el tribunal calificador elevará a la Consejera Ejecutiva del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos, la relación definitiva de personas aptas, no aptas y no presentadas y la hará pública exponiéndola en el tablón de anuncios del Consejo Insular de Ibiza y en la Sede Electrónica del Consejo Insular de Ibiza (seu.conselldeivissa.es).

10. Impugnación bases y reclamaciones administrativas.

Contra el acuerdo de la consejera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos del Consejo Insular de Ibiza, de aprobación de las presentes bases, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer ante el Consejo Ejecutivo, el recurso de alzada previsto en los artículos 112.1, 121 i 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente de su notificación, todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 66.4 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares (BOIB núm. 88, de 7-07-2022).

Las personas interesadas pueden impugnar la convocatoria y los actos administrativos que se deriven de la actuación del tribunal, en el plazo y la forma que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La convocatoria o bases, una vez publicadas, sólo se pueden modificar con sujeción estricta a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

 

ANEXO I DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LA INSCRIPCIÓN A LA PRUEBA EVALUADORA

DECLARANTE:

Nombre y apellidos: .........................................................................................................

DNI o pasaporte: .............................................................................................................

País de nacimiento: ........................................................................................................

Nacionalidad: ....................................................................................................................

Sexo:.........................................................

Dirección de NOTIFICACIÓN:

Calle/Avda./Plza: ..............................................................................................................

Localidad: ............................................

Código postal: ....................................................

Municipio: .........................................................................................................................

Provincia:...........................................................................................................................

País: .................................................................................................................................

Teléfono: ...........................................

Fax: .....................................................................

Correo electrónico: ..........................................................................................................

Solicito:

Ser admitido/a para participar en la prueba evaluadora para obtener la acreditación profesional como personal del servicio de admisión y de control de ambiente interno de actividades de espectáculos públicos y recreativas.

Documentos adjuntos:

a) Fotocopia del DNI o pasaporte o permiso de residencia y de trabajo correspondiente o documentos equivalentes.

b) Una fotografía digital o convencional modelo DNI.

c) Certificado médico oficial en vigor y favorable de aptitud psicológica y de salud médica.

d) Certificado de no tener antecedentes penales en España y, si procede, en el país de origen de la persona aspirante. En este último caso, se tendrá que presentar el certificado de penales original con una traducción oficial.

e) Justificante del pago de la tasa correspondiente.

f) Certificado de haber superado el curso básico de personal de los servicios de admisión y control de ambiente interno.

DECLARO:

1. Que cumplo los requisitos estipulados en el artículo 8.2, excepto el del apartado g del Decreto 41/2011, de 29 de abril, regulador de los servicios de admisión y de control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas.

2. Que tengo la documentación que así lo acredita.

 

​​​​​​​3. Que me comprometo a mantener el cumplimiento durante el tiempo de vigencia de la acreditación y que, en caso contrario, lo comunicaré inmediatamente.

 

..................................., ........ de ............................... de 202.....

 

(firma)

POLÍTICA DE PRIVACIDAD

En conformidad con el establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, a Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, en relación con la protección de las personas físicas por el que hace ,al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (DOUE 4-5-2016), y al resto de legislación vigente en esta materia os informamos que los datos de carácter personal que nos proporcionáis a través de esta convocatoria se incorporarán al fichero de titularidad del Consejo Insular de Ibiza y al Registro de personal de admisión y control de ambiente interno de las Islas Baleares, así como ponerlos a disposición de otras Administraciones Públicas u Organismos Públicosa efectos de control y no podrán usarse para cualquier otra finalidad diferente al ejercicio de personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y actividades recreativas.

Las personas titulares de los datos objeto de tratamiento podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, portabilidad, cancelación y oposición, (https://seu.conselldeivissa.es)dirigiendo escrito, de forma electrónica o presencial, según corresponda, al Consejo Insular de Ibiza, avda. de España, 49, 07800 Ibiza. Así mismo, tienen el derecho a presentar reclamación ante la autoridad de control.

 

 

PRESIDENCIA DEL CONSEJO INSULAR DE IBIZA

 

ANEXO II Convocatoria para la obtención de la acreditación profesional del personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares para el año 2025

Autorización de solicitud de certificación de antecedentes penales españoles

NOMBRE Y APELLIDOS:.........................................................................................

DNI/NIE: FECHA DE NACIMIENTO:...........................

NOMBRE DEL PADRE: DE LA MADRE:..........................................

CIUDAD DE NACIMIENTO: PAÍS:.......................................................

Declaro responsablemente al órgano instructor:

- Autorizo al órgano instructor para que, de acuerdo con lo que establece la disposición adicional tercera de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso de la productividad, pueda solicitar la certificación telemática justificativa que el/la solicitante no dispone de antecedentes penales en la Bases de Datos del Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia del Gobierno de España.

- No autorizo al órgano instructor para que, de acuerdo con lo que establece la disposición adicional tercera de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso de la productividad, pueda solicitar la certificación telemática justificativa que el/la solicitante no dispone de antecedentes penales en la Base de Datos del Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia del Gobierno de España.

La persona interesada,

​​​​​​​

 

Ibiza, ____ de ______________________ de 202__

 

 

​​​​​​​

PRESIDENCIA DEL CONSEJO INSULAR DE IBIZA

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