Notificación: Resolución de revocación parcial. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2015-2020. Medida 6 - Desarrollo de explotaciones agrícolas y empresas. Submedida 6.1 - Creación de empresas de jóvenes Agricultores. Convocatoria: CEJA2020

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  • Número de edicto 12911 - Páginas 61225-61227

RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN PARCIAL

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2015-2020

Medida 6 - Desarrollo de explotaciones agrícolas y empresas

Submedida 6.1 - Creación de empresas de jóvenes Agricultores

Convocatoria: CEJA2020₁

Expediente: CEJA2020_1/040

Código DIR3: A04026954

Código SIA: 2278186

Código BDNS: 498184

Antecedentes

1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de septiembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores. La citada Resolución se modificó en fecha 26 de abril de 2016 (BOIB núm. 54).

2. Una vez analizada toda la documentación presentada, el vicepresidente del FOGAIBA resolvió favorablemente la concesión de la ayuda a favor de los interesados ​​que figuran en el anexo de la Resolución con los datos y los importes correspondientes.

3. El 28 de octubre de 2021, en el BOIB núm. 148, se publicó la Resolución de la concesión a los beneficiarios de las ayudas, REM4 de 20 de octubre de 2021, en la que se incluye MAGADALENA SOLIVELLAS GUAL (núm. Exp. CEJA2020_1/040), con un importe prima de 40.000,00 €.

4. El 7 de febrero de 2022 (con registro de entrada REGAGE22e00003150348) la beneficiaria presenta la solicitud del primer pago parcial de la prima (50 %), por el que se realizó un pago por importe de 20.000,00 €.

5. El 2 de octubre de 2023 (registro de entrada REGAGE23e00066098532), la beneficiaria presenta la solicitud del segundo pago y el servicio de gestión de ayudas al desarrollo rural revisa el expediente y se comprueba que las UGM del explotación no llegan a las 25 establecidas por ser beneficiaria del complemento de orientación productiva ganadera de 5.000,00 €.

6. Este hecho implica realizar una revocación parcial de 5.000,00 €, por tanto, el importe de ayuda auxiliable es de 45.000,00 € y el pago correspondiente al 2º tramo será de una cuantía de 20.000,00 €.

7. El 2 de noviembre de 2023 se publica en la página web del FOGAIBA la notificación de deficiencias.

8. El 7 de marzo de 2024, la beneficiaria aporta la documentación para subsanar la deficiencia citada anteriormente. El servicio de gestión de ayudas al desarrollo rural revisa la documentación aportada, pero comprueba que sigue sin alcanzar las 25 UBM establecidas por el complemento de orientación productiva ganadera de 5.000,00€.

9. Este hecho implica realizar una revocación parcial de 5.000,00 €, por tanto, el importe de ayuda auxiliable es de 35.000,00 € y el pago correspondiente al 2º tramo será de una cuantía de 15.000,00 €.

10. Se ha considerado el Informe Propuesta provisional de resolución de la revocación parcial/Resolución de revocación parcial de la ayuda concedida a MAGADALENA SOLIVELLAS GUAL con NIF ***1150**, de día 12 de noviembre de 2024.

Fundamentos de derecho

1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de septiembre de 2015 por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores.

2. Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020 .

3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Resolución

Por todo ello, se informa favorablemente y proposo al vicepresidente del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Revocar parcialmente las resoluciones de ayuda concedidas a las personas beneficiarias por el importe y con los plazos detallados en el anexo de esta resolución, que es de 1 expediente y que comienza y termina con MAGADALENA SOLIVELLAS GUAL, que suma importe total de 5.000,00 euros, relativa a la línea de ayuda «Creación de empresas de jóvenes agricultores».

2. Finalizar el procedimiento de revocación del expediente CEJA2020_1/040.

3. Notificar esta resolución a la persona beneficiaria mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares

Interposición de recursos

Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La jefa del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

Gemma Canós Franch

El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA

Fernando Fernández Such"

 

ANEXO I. RELACIÓN DE BENEFICIARIOS CEJA2020_1 PARA REVOCAR

TITULAR

NIF

NÚM. EXPEDIENTE

Importe ayuda concedida

Importe ayuda auxiliable

Importe a revocar

100% CAIB

Anualidad

Magdalena Solivellas Gual

***1608**

CEJA2020_1/040

40.000,00 €

35.000,00 €

5.000,00 €

5.000,00 €

2021

 

(Firmado electrónicamente: 13 de diciembre de 2024)

El director gerente del Fogaiba Joan Josep Coll Bibiloni

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