Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 10 de diciembre de 2024 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024

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  • Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 10 de diciembre de 2024 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024

  • Número de edicto 12682 - Páginas 59476-59477

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril (BOIB n.º 52, de 20 de abril), se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026.

2. La Dirección General de Vivienda y Arquitectura (Consejería de Vivienda, Territorio y Movilidad) ha instado la modificación del mencionado anexo del Plan Estratégico de Subvenciones, concretamente dentro del punto 5 («Mejora del acceso a la vivienda y de las condiciones de vida») del objetivo I («Mejor de la calidad de vida de los ciudadano») en el sentido de modificar la línea III.5.2, relativa a ayudas en materia de vivienda, para posibilitar la convocatoria de ayudas en materia de alquiler para personas jóvenes con escasos medios reguladas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025.

3. El apartado tercero del mencionado Acuerdo del Consejo de Gobierno establece que las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegan en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Corresponde, por lo tanto, al consejero de Economía, Hacienda e Innovación modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.

4. De acuerdo con el apartado 9 de la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de julio de 2023 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, se delega en la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación la firma de las resoluciones de modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 25 y 31 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por los decretos de la presidenta de las Illes Balears 16/2023, de 20 de julio,17/2023, de 23 de agosto, 1/2024, de 4 de enero, 4/2024, de 17 de mayo, y 5/2024, de 29 de mayo.

3. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en el que se nombra al señor Antoni Costa Costa consejero de Economía, Hacienda e Innovación.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Baleares para los ejercicios 2024-2026, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024, en el sentido de que se modifica la línea III.5.2, que queda redactada de la siguiente manera:

III.5.2

Dirección general: Dirección General de Vivienda y Arquitectura

Fuente de financiación: capítulo 4 FF030 FF22136 / capítulo 7 FF030

Descripción: ayudas en materia de vivienda (alquiler de vivienda, desahucio de vivienda habitual, parque público de vivienda, mejora de la eficiencia energética y de la sostenibilidad, conservación, mejora de la seguridad y de la accesibilidad, fomento de la regeneración y renovación urbana y rural, ayudas para los jóvenes y fomento de vivienda para personas mayores y con discapacidad)

Finalidades y efectos: conceder las ayudas previstas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025

Convocatoria: anual

Coste: 34.371.339 €

Indicadores: número de beneficiarios

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (10 de diciembre de 2024)

La secretaria general Catalina Mir Ferrer Por delegación de firma del consejero de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB n.º 106, de 29/07/2023)

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