Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por servicios prestados por la grúa municipal y custodia de vehículos y otros objetos pesados o voluminosos retirados de la vía pública o inmovilizados
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Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por servicios prestados por la grúa municipal y custodia de vehículos y otros objetos pesados o voluminosos retirados de la vía pública o inmovilizados
Número de edicto 12643 - Página 59294
Aprobada inicialmente por el pleno de este Ayuntamiento de 14 de octubre de 2024, la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por servicios prestados por la grúa municipal y custodia de vehículos y otros objetos pesados o voluminosos retirados de la vía pública o inmovilizados, expuesta al público mediante la publicación del anuncio correspondiente en el BOIB núm.136, de fecha 17 de octubre de 2024 por el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias sin que se hayan presentado, y visto el informe favorable sobre el impacto de género del Servicio de Familias, Igualdad y atención a las violencias machistas de fecha 29 de noviembre de 2024, se publica el texto íntegro de dicha modificación.
MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL:
OF.T.14 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR SERVICIOS PRESTADOS POR LA GRÚA MUNICIPAL Y CUSTODIA DE VEHÍCULOS Y OTROS OBJETOS PESADOS O VOLUMINOSOS RETIRADOS DE LA VÍA PÚBLICA O INMOVILIZADOS.
Artículo 5. Cuota tributaria
La cuota tributaria se determinara de acuerdo con las tarifas contenidas en el anexo siguiente:
a. Retirada de vehículos u otros objetos de la vía pública:
Bicicletas | 20 € |
Autocares, camiones y otros vehículos pesados de más de 3000 kg | Se repercutirá al sujeto pasivo del que se tenga que sufragar este ayuntamiento por la retirada del vehículo. |
Resto de vehículos | 150 € |
Objetos sin condición de vehículos | 75 € |
Si en el momento de iniciarse los trabajos de retirada del vehículo o de otro objeto se suspendiera por comparecer y adoptar las medidas convenientes el conductor o conductora o persona autorizada, las tarifas determinadas anteriormente se reducirán en un cincuenta por ciento.
b. Estada o custodia en el depósito municipal o lugar habilitado para el efecto.
Por cada día natural o fracción, excluyendo aquel en qué se produjo la retirada del vehículo u objeto, es tendrá derecho a percibir:
1. Camiones, autobuses u otros vehículos pesados 20 €
2. Vehículos ligeros 5 €
3. Motocicletas, ciclomotores, bicicletas 3 €
4. Objetos que no tengan la condición de vehículos 3 €
Esta modificación entrará en vigor a partir del 01 de enero de 2025.
Santanyí, a fecha de la firma electrónica (10 de diciembre de 2024)
La alcaldesa Maria C. Pons Monserrat