Resolución del consejero de Educación y Universidades, a propuesta de la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa, de concesión y denegación de las ayudas de movilidad para estudiantes de Formación Profesional del sistema educativo y que cursan los estudios en un centro sostenido con fondos públicos de una isla diferente a su isla de residencia dentro de las Illes Balears para el curso 2024-2025
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Resolución del consejero de Educación y Universidades, a propuesta de la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa, de concesión y denegación de las ayudas de movilidad para estudiantes de Formación Profesional del sistema educativo y que cursan los estudios en un centro sostenido con fondos públicos de una isla diferente a su isla de residencia dentro de las Illes Balears para el curso 2024-2025
Número de edicto 11938 - Páginas 55920-55922
En fecha de la firma electrónica, la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa, ha formulado la propuesta de resolución siguiente:
Hechos
1. En fecha 11 de septiembre de 2024, el consejero de Educación y Universidades firma la Resolución por la cual se convocan ayudas de movilidad para estudiantes de Formación Profesional del sistema educativo y que cursan los estudios en un centro sostenido con fondos públicos de una isla diferente a la isla de residencia en las Illes Balears para el curso 2024-2025 (BOIB núm. 121, de 14 de septiembre de 2024).
2. De acuerdo con la base sexta, entre el 16 de septiembre y el 4 de octubre de 2024, se abrió un periodo para presentar solicitudes. Se recibieron 24 solicitudes.
3. Una vez agotado el periodo de enmiendas de documentación, de acuerdo con la base décima de la convocatoria, se constituyó una comisión evaluadora, que evaluó y calificó las solicitudes de acuerdo con los criterios y los requisitos establecidos en la convocatoria y emitió el informe, debidamente motivado, que va servir de base para elaborar la propuesta de resolución. La Comisión se constituyó el 17 de octubre de 2024 y aprobó el informe mencionado.
4. El punto 4 de la base undécima de la convocatoria de ayudas de movilidad para estudiantes de Formación Profesional del sistema educativo y que cursan los estudios en un centro sostenido con fondos públicos de una isla diferente a la isla de residencia dentro de las Illes Balears para el curso 2024-2025, establece que corresponde a la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa formular la propuesta de concesión y denegación de las ayudas, la cual se tiene que fundamentar en el informe aprobado por la Comisión Evaluadora. Esta propuesta se firmó el día 21 de octubre de 2024.
5. La base undécima establece que se tiene que abrir un periodo de 10 días para que los solicitantes presenten alegaciones a la propuesta de resolución de la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa de concesión y denegación de las ayudas de movilidad para estudiantes de Formación Profesional del sistema educativo y que cursan los estudios en un centro sostenido con fondos públicos de una isla diferente a la isla de residencia dentro de las Illes Balears para el curso 2024-2025, y para que los solicitantes renuncien a la ayuda. Este trámite se llevó a cabo entre el día 22 de octubre de 2023 y el día 5 de noviembre de 2024. Una vez transcurrido el plazo de presentación de alegaciones, el Servicio de Prácticas Formativas y Convenios no tiene constancia de haber recibido ninguna alegación ni ninguna solicitud de renuncia por parte de los interesados.
6. De los 24 solicitantes, 23 cumplen los requisitos que establece la convocatoria puesto que se encuentran empadronados en una isla diferente a la de su centro de estudios y están matriculados en un curso completo de un grado D o E de Formación Profesional. El solicitante restante puede cursar sus estudios en la isla de empadronamiento y, por lo tanto, no cumple los requisitos establecidos en la convocatoria de referencia.
7. De acuerdo con la base duodécima, punto 5, la Resolución del consejero se tiene que notificar a las personas interesadas mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de la Dirección General Formación Profesional y Ordenación Educativa
Fundamentos de d rinde
1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre de 2003).
2. La Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo de 2006).
3. La Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre de 2020).
4. El Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 176, de 25 de julio de 2006).
5. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre), modificado por la disposición final séptima de la Ley 13/2017, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2018 (BOIB núm. 160, de 29 de diciembre de 2017).
6. La Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio de 2009).
7. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Illes Balears (BOIB ext. núm. 102, de 20 de julio de 2023); Decreto 17/2023, de 23 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears (BOIB núm. 117, de 24 de agosto de 2023); Decreto 1/2024, de 4 de enero, de la presidenta de las Illes Balears (BOIB ext. núm. 3, de 5 de enero de 2024); Decreto 4/2024, de 17 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears (BOIB ext. núm. 65, de 17 de mayo de 2024), y Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears (BOIB ext. núm. 73, de 31 de mayo de 2024).
8. El Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 19 de abril de 2024, por el cual se aprueba el Plan estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026 (BOIB núm. 52, de 20 de abril de 2024).
9. La Resolución por la cual se convocan ayudas de movilidad para estudiantes de Formación Profesional del sistema educativo y que cursan los estudios en un centro sostenido con fondos públicos de una isla diferente a la isla de residencia en las Illes Balears para el curso 2024-2025 (BOIB núm. 121, de 14 de septiembre de 2024).
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Educación y Universidades que dicte una resolución en los términos siguientes:
1. Conceder la ayuda de movilidad para estudiantes de Formación Profesional del sistema educativo y que cursan los estudios en un centro sostenido con fondos públicos de una isla diferente a la isla de residencia en las Illes Balears para el curso 2024-2025, a las personas relacionadas en el Anexo 1 y por la cuantía que se indica.
2. Denegar la ayuda de movilidad para estudiantes de Formación Profesional del sistema educativo y que cursan los estudios en un centro sostenido con fondos públicos de una isla diferente a la isla de residencia en las Illes Balears para el curso 2024-2025, a las persones que se indican en el Anexo 2 por la causa de exclusión que se indica.
3. Publicar esta propuesta de resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la página web de la Dirección general de Formación Profesional y Ordenación Educativa y a la página web de la Formación Profesional de las Illes Balears.
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
(Firmado electrónicamente: 20 de noviembre de 2024)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany La directora general proponente María Isabel Salas Sánchez
ANEXO 1 Lista de solicitantes a los cuales se concede la ayuda de movilidad para estudiantes de Formación Profesional del sistema educativo y que cursan los estudios en un centro sostenido con fondos públicos de una isla diferente a la isla de residencia en las Illes Balears para el curso 2024-2025, con la cantidad que corresponde a cada solicitante
DNI | Cuantía |
---|---|
41621013Y | 2.500,00 € |
47260893X | 2.500,00 € |
41607076F | 2.500,00 € |
48233600R | 2.500,00 € |
41606950L | 2.500,00 € |
41611203V | 2.500,00 € |
47260859E | 2.500,00 € |
47260897Z | 2.500,00 € |
41751555.º | 2.500,00 € |
48231285D | 2.500,00 € |
41619065J | 2.500,00 € |
47260807Q | 2.500,00 € |
20545391C | 2.500,00 € |
20545129B | 2.500,00 € |
47260585R | 2.500,00 € |
47260943Z | 2.500,00 € |
47260934M | 2.500,00 € |
Y2075503C | 2.500,00 € |
49416554L | 2.500,00 € |
41657208E | 2.500,00 € |
41750881Q | 2.500,00 € |
Y4617246X | 2.500,00 € |
41609291Z | 2.500,00 € |
ANEXO 2 Lista de solicitantes a los cuales se deniega la ayuda de movilidad para estudiantes de Formación Profesional del sistema educativo y que cursan los estudios en un centro sostenido con fondos públicos de una isla diferente a la isla de residencia en las Illes Balears para el curso 2024-2025, con la causa de exclusión
DNI | Causa de exclusión |
---|---|
41740131F | Puede cursar los estudios en la isla de residencia. |