Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Capdepera. Modificación Reglamento segunda actividad de la policía local
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Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Capdepera. Modificación Reglamento segunda actividad de la policía local
Número de edicto 11648 - Página 54704
Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Capdepera en sesión celebrada en fecha 10 de octubre de 2024, se acordó aprobar la modificación del Reglamento Municipal de segunda actividad de la policía local, publicado en el BOIB núm. 100 de 12 de julio de 2012, en el siguiente artículo:
Allí donde dice:
"Articulo 2
1r- La Segunda actividad es una situación administrativa especial de los funcionarios del cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Capdepera, que tiene por objeto fundamental garantizar una adecuada aptitud psicofísica mientras esté en activo, asegurando la eficacia del servicio a prestar a los ciudadanos.
En virtud de lo cual los miembros del cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Capdepera afectados por esta pasaran a desarrollar trabajos calificados como de segunda actividad, que serán trabajos en funciones no operativas, no arriesgadas, no penosas, sin uniformidad (excepto actividades docentes, en las cuales si se tendrá que llevar uniforme)
Debe decir:
"Articulo 2
1r- La Segunda actividad es una situación administrativa especial de los funcionarios del cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Capdepera, que tiene por objeto fundamental garantizar una adecuada aptitud psicofísica mientras esté en activo, asegurando la eficacia del servicio a prestar a los ciudadanos.
En virtud de lo cual los miembros del cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Capdepera afectados por esta pasaran a desarrollar trabajos calificados como de segunda actividad, que serán trabajos en funciones no operativas, no arriesgadas, no penosas, con uniformidad reglamentaria.
Capdepera, documento firmado digitalmente (15 de noviembre de 2024)
La alcaldesa Mireia Francesca Ferrer Jaume