Registro de Personal. Enmendar el error material observado en el Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 11 de septiembre de 2024, de modificación, amortización y creación de puestos de trabajo de órganos directivos, coordinaciones generales y direcciones generales de determinadas Áreas
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Registro de Personal. Enmendar el error material observado en el Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 11 de septiembre de 2024, de modificación, amortización y creación de puestos de trabajo de órganos directivos, coordinaciones generales y direcciones generales de determinadas Áreas
Número de edicto 10394 - Página 48335
Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de 18/09/2024, previa ratificación de la urgencia por unanimidad se aprobó lo siguiente:
"PRIMERO. - Enmendar el error material observa en el Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 11 de septiembre de 2024 de modificación, amortización y creación de puestos de trabajo de órganos directivos, coordinaciones generales y direcciones generales de determinadas Áreas, en el sentido que:
Allí donde dice:
Área de Área de Turismo, Cultura, Deportes y Coordinación Municipal
Coordinador/a General de Turismo y Cultura
Tiene que decir:
Área de Área de Turismo, Cultura, Deportes y Coordinación Municipal
Coordinador/a General de Cultura y Turismo
SEGUNDO. - Este acuerdo se ratificará por el Pleno a la primera sesión que se celebre y se incluirá al Decreto de Alcaldía que aprueba la estructura de la organización de gobierno.
TERCERO. - Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la intranet municipal."
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de los interesados recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que las haya aprobado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB.
Palma, (firmado electrónicamente: 30 de septiembre de 2024)
La jefa de sección del Registro de Personal Francisca M. Matas Escobar p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30 de 04/03/2014)