Aprobación definitiva de la modificación presupuestaria 05/2024 RESI
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Aprobación definitiva de la modificación presupuestaria 05/2024 RESI
Número de edicto 8258 - Página 38091
Publicado anuncio relativo a modificación del presupuesto general para el ejercicio 2024 en su modalidad de crédito extraordinario 05/2024 RESI), aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 27/05/2024 (BOIB nº 79 de 13/06/24), y habiendo finalizado el periodo de exposición pública de dicha modificación sin que se hayan presentado reclamaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y en el artículo 169 del RDL 2/2004 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales las siguientes modificaciones presupuestarias se consideran definitivamente aprobadas:
Entidad: Patronat de la Residència de persones majors de Llucmajor
INCREMENTO DEL PRESUPUESTO DE GASTOS
APLICACIÓN | DESCRIPCIÓN | IMPORTE |
012000-231-6230001 | Maquinaria Residencia | 27.033,66 € |
012000-231-6250001 | Mobiliario Residencia | 40.952,72 € |
012000-231-6220001 | Edificios Residencia | 71.506,16 € |
INCREMENTO DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS
APLICACIÓN | DESCRIPCIÓN | IMPORTE |
87001 | Remanente de tesorería para gastos generales | 139.492,54 € |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, según lo fijado en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Llucmajor, 20 de agosto de 2024
La alcaldesa Francisca Lascolas Rosselló