Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan ayudas destinadas a los medios de comunicación en lengua catalana en las Illes Balears para el año 2024

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  • Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan ayudas destinadas a los medios de comunicación en lengua catalana en las Illes Balears para el año 2024

  • Número de edicto 7385 - Páginas 35262-35263

Hechos

1. Mediante acuerdo de Consejo de Gobierno, el 16 de febrero de 2024, se autorizó el gasto de 720.000 euros para tramitar la convocatoria de ayudas para el año 2024 destinadas a los medios de comunicación en lengua catalana en las Illes Balears.

2. En el BOIB n.º 29, de 27 de febrero de 2024, se publicó la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos (IEB) de 23 de febrero de 2024 por la que se convocan ayudas destinadas a los medios de comunicación en lengua catalana en las Illes Balears para el año 2024.

3. El crédito asignado a la convocatoria mencionada es de un máximo de 720.000 € (setecientos veinte mil euros), con cargo al capítulo IV del presupuesto del Instituto de Estudios Baleáricos.

4. Durante el plazo establecido en la convocatoria, se han presentado 54 solicitudes cuyo importe total no se puede cubrir con el crédito asignado a esta convocatoria.

5. Por otro lado, el ente dispone de un sobrante en capítulo IV derivado de las líneas de subvenciones para el fomento entre islas TalentIB y para el fomento del Circuit FiraB! para el año 2023, que no se han podido convocar, por lo que una parte de su crédito se puede traspasar a la convocatoria de ayudas a los medios de comunicación en lengua catalana en las Illes Balears.

6. De acuerdo con el punto 2.4 de la convocatoria mencionada, siempre que la disponibilidad presupuestaria lo permita, se puede incrementar el importe consignado inicialmente en la convocatoria mediante una resolución de ampliación del crédito asignado. Esta ampliación, salvo que se establezca otra cosa, no implica que se abra otro plazo de presentación de solicitudes, siempre que se apruebe en cualquier momento anterior a la resolución de concesión.

7. Por todo esto, se considera conveniente redistribuir el crédito y aumentar en 23.000 euros el importe asignado a la convocatoria de subvenciones aprobada mediante la Resolución del presidente del IEB de 23 de febrero de 2024 (BOIB n.º 29, de 27 de febrero de 2024).

Fundamentos de derecho

1. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.

3. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.

Por todo esto, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Modificar el apartado 2.1 del anexo 1 de la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan ayudas para el año 2024 destinadas a los medios de comunicación en lengua catalana en las Illes Balears, que queda redactado de la manera siguiente:

Segundo Importe y partida presupuestaria

1. El importe total destinado a esta convocatoria de subvenciones es de 743.000 euros. Se prevé desglosar el importe de la manera siguiente:

220.000,00para la edición, durante el año 2023, de una publicación de información general con una periodicidad diaria (línea A).

40.000,00para los proyectos de habilitación de la edición en catalán durante el año 2024 (línea B).

205.000,00 para la edición, durante el año 2023, de una publicación de carácter local (línea C).

43.000,00 para la edición, durante el año 2023, de una publicación de temática especializada (línea D).

100.000,00 para la emisión, durante el año 2023, de programación de televisión (línea E).

90.000,00 para la emisión, durante el año 2023, de programación de radio (línea F).

35.000,00 para la difusión de contenidos digitales audiovisuales, durante el año 2023, o para la puesta en marcha, durante el año 2024, de una plataforma digital de contenidos audiovisuales (línea G).

10.000,00para la ejecución de actuaciones y medidas en defensa de los medios de comunicación en catalán y de proximidad (línea H).

2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electónicament: 25 de julio de 2024)

El presidente del IEB Jaime Bauzá Mayol

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