Resolución del Secretario Autonómico de Desarrollo Educativo de corrección de errores en la publicación de la Resolución del Secretario Autonómico de Desarrollo Educativo por la que se aprueba la convocatoria pública para participar como centro mentor en el programa Código Escuela 4.0

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  • Resolución del Secretario Autonómico de Desarrollo Educativo de corrección de errores en la publicación de la Resolución del Secretario Autonómico de Desarrollo Educativo por la que se aprueba la convocatoria pública para participar como centro mentor en el programa Código Escuela 4.0

  • Número de edicto 5032 - Páginas 24157-24158

Antecedentes

1. En el BOIB núm. 52 de 20 de abril de 2024, se ha publicado la Resolución del Secretario Autonómico de Desarrollo Educativo por la que se aprueba la convocatoria pública para participar como centro mentor en el programa Código Escuela 4.0.

2. En la citada Resolución se han advertido algunos errores en el anexo 1 en la base novena de Propuesta, nombramiento y toma de posesión, que afecta punto 2 en relación con la toma de posesión de la plaza y la incorporación efectiva al servicio respectivo.

3. También se detecta un error en el Anexo 3. Descripción del puesto de trabajo y plaza ocupada, que afecta al punto 5.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que se pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que haya en sus actos.

2. Por otra parte, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hechos en actos y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o disposición.

Por ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar el error material detectado en el anexo 1 en la base Novena. Propuesta, nombramiento y toma de posesión del punto 2.

Allí donde dice:

2. La toma de posesión de la plaza y la incorporación efectiva al servicio respectivo se producirá el 8 de abril de 2024.

Debe decir:

2. La toma de posesión de la plaza y la incorporación efectiva al servicio respectivo se producirá el 1 de septiembre de 2024.

2. Rectificar el error material detectado en el anexo 3. Descripción del puesto de trabajo y plaza ocupada, punto 5.

Allí donde dice:

5. Durante el tercer trimestre del curso 2023-2024 se hará formación intensiva de los mentores del programa Código Escuela 4.0, centrada en aspectos técnicos y pedagógicos de los elementos necesarios para implementar el pensamiento computacional (con y sin pantallas), la robótica, la programación y la inteligencia artificial.

Debe decir:

5. Durante el primer trimestre del curso 2024-2025 se hará formación intensiva de los mentores del programa Código Escuela 4.0, centrada en aspectos técnicos y pedagógicos de los elementos necesarios para implementar el pensamiento computacional (con y sin pantallas), la robótica, la programación y la inteligencia artificial.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer directamente un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas...

 

(Firmado electrónicamente: 21 de mayo de 2024)

El secretario autonómico de Desarrollado Educativo Mateu Suñer Servera

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