Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se nombran la notaria y los notarios adjudicatarios de una notaría en Alcudia, Sa Pobla y Palma de Mallorca en el ámbito de las Illes Balears

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  • Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se nombran la notaria y los notarios adjudicatarios de una notaría en Alcudia, Sa Pobla y Palma de Mallorca en el ámbito de las Illes Balears

  • Número de registro 3348 - Páginas 16050-16051

Hechos

1. Mediante la Resolución de 19 de febrero de 2024 (BOE del 26 de febrero), la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública convocó un concurso ordinario para la provisión de notarías vacantes. Entre las plazas ofrecidas, había las vacantes de las notarías correspondientes en el ámbito de las Illes Balears, según la relación aneja a la documentación enviada.

2. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resolvió el concurso mediante la Resolución de 25 de marzo de 2024 (BOE del 2 de abril) y, en el ámbito de las Illes Balears, proveyó las siguientes vacantes:

  • Notaría en Alcudia, desierta en concurso precedente, que se adjudicó a la señora Laura Bonilla García.
  • Notaría en Sa Pobla, vacante por traslado, que se adjudicó al señor Gonzalo Navarro Navarro de Palencia.
  • Notaría en Palma de Mallorca, vacante por traslado, que se adjudicó al señor Miguel Ángel Panzano Cilla.

3. En fecha 8 de abril de 2024, la directora general de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento ha dictado la propuesta de resolución de estos nombramientos.

Fundamentos de derecho

1. El apartado 2 del artículo 99 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, en la redacción de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, establece que corresponde a la comunidad autónoma la facultad de nombrar a los notarios que tienen que prestar sus servicios en las Illes Balears. Con el fin de cumplir este precepto legal, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha remitido a la comunidad autónoma de las Illes Balears el expediente del citado concurso.

2. El artículo 8.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que si alguna disposición atribuye la competencia a una Administración, sin especificar el órgano que la debe ejercer, se entiende que la facultad de instruir y resolver los expedientes corresponde a los órganos inferiores competentes por razón de la materia. En virtud del Decreto 12/2023 de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balearsas, la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por medio de la Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento, es competente en las relaciones con los operadores jurídicos.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Nombrar a la señora Laura Bonilla García, notaria adjudicataria de una notaría en Alcudia.

2. Nombrar al señor Gonzalo Navarro Navarro de Palencia, notario adjudicatario de una notaría en Sa Pobla.

3. Nombrar al señor Miguel Ángel Panzano Cilla, notario adjudicatario de una notaría en Palma de Mallorca.

4. Dar traslado de estos nombramientos a las personas interesadas, al decano del Colegio Notarial de las Illes Balears y a la Dirección General Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia.

5. Disponer la publicación de estos nombramientos en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

​​​​​​​Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes contador desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 10 de abril de 2024)

La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antonia Maria Estarellas Torrens

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