Resolución del síndico mayor de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears, de 2 de abril de 2024, por la que se publica el resultado del Informe 225/2023 sobre los procesos de gestión de personal y de ingresos tributarios del Ayuntamiento de Palma correspondiente al ejercicio 2021

  • Resolución del síndico mayor de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears, de 2 de abril de 2024, por la que se publica el resultado del Informe 225/2023 sobre los procesos de gestión de personal y de ingresos tributarios del Ayuntamiento de Palma correspondiente al ejercicio 2021

  • Número de edicto 3112 - Páginas 15163-15164

Hechos

1. El día 23 de noviembre de 2023, el Consejo de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears acordó aprobar el Informe 225/2023 sobre los procesos de gestión de personal y de ingresos tributarios del Ayuntamiento de Palma correspondiente al ejercicio 2021. 

2. El día 27 de marzo de 2024, el presidente del Parlamento de las Islas Baleares comunicó que se había llevado a cabo el último trámite parlamentario referente a dicho Informe, que tuvo lugar con su presentación y debate en la sesión de la Comisión de Hacienda y Presupuestos del día 19 de marzo de 2023.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 12.3 de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears, regula los informes o las memorias de fiscalización y dispone su remisión al Parlamento, a los sujetos fiscalizados y al Tribunal de Cuentas, y también su publicación en el BOIB después del último trámite parlamentario.

2. El artículo 32.1 del Reglamento de régimen interior de la Sindicatura de Cuentas establece que esta institución publicará el resultado de la fiscalización en el BOIB, una vez recibida la comunicación expresa de que se ha llevado a cabo su último trámite parlamentario.

Por todo ello, y de acuerdo con lo dispuesto en la mencionada Ley 4/2004 y el Reglamento de régimen interior de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears,

Resuelve

Publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears el resultado de la fiscalización del Informe 225/2023 sobre los procesos de gestión de personal y de ingresos tributarios del Ayuntamiento de Palma correspondiente al ejercicio 2021, que se adjunta como anexo.

 

En la fecha de la firma electrónica (3 de abril de 2024)

El síndico mayor Joan Rosselló Villalonga

 

 

ANEXO

Edicto por el que se hace público el resultado del Informe 225/2023 sobre los procesos de gestión de personal y de ingresos tributarios del Ayuntamiento de Palma correspondiente al ejercicio 2021 

El Informe 225/2023 sobre las procesos de gestión de personal y de ingresos tributarios del Ayuntamiento de Palma correspondiente al ejercicio 2021, previsto en el Programa de actuaciones de la Sindicatura para el año 2023, es un informe de carácter específico y de cumplimiento de la legalidad, cuyo ámbito subjetivo abarca el Ayuntamiento de Palma y sus entidades dependientes.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 27.3 del Reglamento de régimen interior de esta Sindicatura, se trata de un informe de carácter específico, mediante el que la Sindicatura analiza, en el marco de la fiscalización de la Cuenta general del Ayuntamiento de Palma correspondiente al mismo ejercicio económico, los dos procesos mencionados bajo un enfoque de riesgo.

Dicho análisis comprende la revisión y la evaluación de la efectividad y confiabilidad de los controles generales de tecnologías de la información y de los controles de aplicación de los procesos y los sistemas de información que los soportan, de la que la SCIB emite unas conclusiones con un nivel de seguridad razonable.

En el análisis del proceso de gestión de los ingresos tributarios se han considerado todos los ingresos de naturaleza tributaria registrados en los capítulos 1 «Impuestos directos», 2 «Impuestos indirectos» y 3 «Tasas, precios públicos y otros ingresos» de la liquidación del presupuesto de ingresos del Ayuntamiento de Palma para el año 2021, excepto los que figuran detallados en este mismo Informe 225/2023. En cuanto a la revisión del proceso de gestión de los gastos de personal, se han considerado los gastos registrados en el capítulo 1 «Gastos de personal» de la liquidación del presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Palma para el año 2021, sin excepciones.

En cuanto al ámbito subjetivo de la fiscalización abarca la Administración general del Ayuntamiento de Palma. No forman parte de él las entidades dependientes ni las vinculadas, dado que no se revisan los procesos específicos de gestión de los gastos de personal y, en su caso, de ingresos tributarios. Aun así, es necesario señalar que el organismo autónomo Instituto Municipal de Innovación (IMI), que es el competente para realizar las tareas de informática que requieren los servicios y las actividades municipales, se convierte una entidad clave en la fiscalización efectuada por la SCIB, dado que, en 2021, abarca las áreas de Informática, Catastro y Cartografía del Ayuntamiento de Palma.

Excepto por las 13 incidencias más significativas descritas en el Informe (10 con respecto al proceso de ingresos tributarios y 3 en relación con el proceso de gestión de personal), el Ayuntamiento de Palma ha diseñado e implementado de forma adecuada, en los aspectos más significativos, los controles revisados y analizados por Sindicatura de Cuentas en el marco de esta fiscalización, en cuanto al proceso de gestión de ingresos tributarios y de personal, con el fin de prevenir, detectar y corregir las incorrecciones materiales, y los ha aplicado, en general, de forma correcta durante el ejercicio 2021. 

Aparte de las incidencias más significativas, hay que resaltar las detalladas en cada uno de los apartados del Informe, que, por otra parte, los órganos responsables han de tener en cuenta y, en su caso, corregir.

Además, el Informe contiene un total de 59 recomendaciones, de las que 44 están relacionadas con el proceso de gestión de ingresos tributarios y 15, con el de gastos de personal. 

De acuerdo con el artículo 30.c del Reglamento de la SCIB, una vez aprobado provisionalmente el Informe, se envió al alcalde del Ayuntamiento de Palma, así como a la persona que ocupó la Alcaldía en el periodo fiscalizado, para que formularan las alegaciones y presentaran los documentos que consideraran adecuados. Vencido el plazo concedido, se han presentado alegaciones, que constan en el Informe como anexo.

Puede consultar el Informe en el portal web de la Sindicatura, , con el número 225/2023.

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