Corrección de los errores advertidos en la Resolución del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB) de 19 de septiembre de 2022, por la cual se aprueba la convocatoria de becas formativas dirigida a personas desempleadas mayores de 30 años, que estén matriculadas a los cursos de segundo, tercero y cuarto de educación secundaria de personas adultas (ESPA) o en ciclos de formación profesional presencial de grado medio o de grado superior sostenidos con fondo públicos de la CAIB, para los periodos 2022-2023, 2023-2024 y 2024-2025

  • Corrección de los errores advertidos en la Resolución del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB) de 19 de septiembre de 2022, por la cual se aprueba la convocatoria de becas formativas dirigida a personas desempleadas mayores de 30 años, que estén matriculadas a los cursos de segundo, tercero y cuarto de educación secundaria de personas adultas (ESPA) o en ciclos de formación profesional presencial de grado medio o de grado superior sostenidos con fondo públicos de la CAIB, para los periodos 2022-2023, 2023-2024 y 2024-2025

  • Número de edicto 1414 - Páginas 7207-7208

Antecedentes

1. En el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 125, de 24 de septiembre de 2022, se publicó la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB) de 19 de septiembre de 2022, por la cual se aprueba la convocatoria de becas formativas dirigida a personas desempleadas mayores de 30 años, que estén matriculadas a los cursos de segundo, tercero y cuarto de educación secundaria de personas adultas (ESPA) o en ciclos de formación profesional presencial de grado medio o de grado superior sostenidos con fondo públicos de la CAIB, para los periodos 2022-2023, 2023-2024 y 2024-2025.

2. Una vez finalizado el primer plazo de presentación de solicitudes (curso académico 2022-2023), en el momento de resolver las concesiones y las denegaciones, se han advertido unos errores en las fechas de presentación de solicitudes del tercer plazo (curso académico 2024-2025), establecidas en el punto 6.4 del Anexo de la Resolución citada en el punto 1, concretamente en las fechas correspondientes al segundo cuatrimestre de ESPA, así como un error en el título de la Resolución de la convocatoria, que son necesarios corregir.

3. El plazo para presentar solicitudes para el curso académico 2024-2025 en el caso de alumnos matriculados en el segundo cuatrimestre del curso académico 2024-2025 de ESPA empieza el día 1 de febrero de 2025 y concluye el 31 de mayo de 2025 y no se perjudican derechos de los posibles interesados.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que: "Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".

2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares establece que: "La rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición".

Por todo lo anterior dicto la siguiente

Resolución

1. Corregir el error advertido en el título de la Resolución mencionada en el siguiente sentido:

Donde dice:

[...] que estén matriculadas a los cursos de segundo, tercero y cuarto de educación secundaria de personas adultas (ESPA) [...]

Debe decir:

[...] que estén matriculadas a los cursos de segundo, tercero o cuarto de educación secundaria de personas adultas (ESPA) [...]

2. Corregir el error advertido en el apartado 6.4 del Anexo de la Resolución mencionada en el siguiente sentido:

Donde dice:

«PARA EL CURSO ACADÉMICO 2024-2025

[...]

- En el caso de alumnos matriculados en el segundo cuatrimestre del curso académico 2024-2025 de ESPA (de febrero a junio de 2024), el plazo empieza el día 1 de febrero de 2024 y concluye el 31 de mayo de 2025.

[...]»

Debe decir:

«PARA EL CURSO ACADÉMICO 2024-2025

[...]

- En el caso de alumnos matriculados en el segundo cuatrimestre del curso académico 2024-2025 de ESPA (de febrero a junio de 2025), el plazo empieza el día 1 de febrero de 2025 y concluye el 31 de mayo de 2025.

[...]»

3. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

(Firmado electrónicamente: 13 de febrero de 2024)

El consejero de Empresa, Empleo y Energía, y presidente del SOIB Alejandro Sáenz de San Pedro García

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