Ayuntamiento de sineu - Otras disposiciones y actos administrativos (BOIB nº 2023-72)

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  • Delegación competencias proceso unificado de selección para cubrir 1 plaza vacante de categoría de policía local

  • Número de edicto 5160 - Páginas 32985-32986

En fecha 22 de mayo de 2023, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Sineu adoptó el siguiente Acuerdo:

«Delegación competencias proceso unificado de selección para cubrir 1 plaza vacante de categoría de policía local

El artículo 100.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, establece que es competencia de cada Corporación local la selección de los funcionarios, con excepción de los funcionarios con habilitación de carácter nacional.

El artículo 58 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares, establece que, en el marco de la normativa vigente y respetando la voluntad de las entidades afectadas, por razones de eficacia, eficiencia y economía, a finales de prestar un mejor servicio a la ciudadanía, la Administración autonómica de las Islas Baleares, los consejos insulares, los ayuntamientos y el resto de entidades locales de las Islas se pueden transferir y delegar, entre sí, competencias y encomendar la gestión ordinaria de los servicios, siempre con respecto a los ámbitos competenciales respectivos.

El artículo 30.1 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de las Islas Baleares, dispone que corresponde en los ayuntamientos la competencia para la selección de nuevo ingreso, la promoción y la movilidad del personal de los cuerpos de policía local y de los policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local, de acuerdo con las previsiones de las ofertas anuales de ocupación pública correspondientes.

El artículo 30.2 de la misma norma dice que corresponden en el Gobierno de las Islas Baleares las competencias sobre la formación de la capacitación profesional para cumplir las tareas propias de los cuerpos de policía local y de los policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local; la determinación de las bases y los programas mínimos a que se tienen que ajustar las convocatorias que aprueben los ayuntamientos para los procesos selectivos de acceso, la provisión de los puestos de trabajo y la promoción; así como la coordinación de la movilidad entre los diversos cuerpos de policía local o entre los policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local.

El tercer apartado del artículo 30 establece que los ayuntamientos pueden encomendar en el Gobierno de las Islas Baleares la convocatoria y la ejecución de los procesos selectivos.

El artículo 188 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares regula la asunción de la convocatoria de las plazas vacantes y la realización de los procesos selectivos por delegación del ayuntamiento correspondiente a favor de la consejera competente en materia de coordinación de policías locales, mediante la Escuela Balear de Administración Pública.

Así mismo, el apartado 3 del mismo artículo dice que las entidades locales podrán delegar en la consejería competente en materia de policías locales la competencia para la convocatoria y la gestión de todo o parte de los procesos selectivos y que será un requisito para la delegación que los ayuntamientos hayan aprobado la oferta pública antes de día 1 de julio, y que antes de día 1 de junio hayan comunicado al EBAP la intención de delegar esta competencia.

Vista la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e igualdad de convocatoria para que los Ayuntamientos deleguen en el EBAP las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía local de los cuerpos de la policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos que no tengan constituido cuerpo de policía local (BOIB n.º 56 de 2 de mayo de 2023).

Dado que las competencias para aprobar las bases de las pruebas de selección de personal y por los concursos de provisión de lugares de trabajo corresponde al Alcalde y se encuentra delegada en favor de la Junta de Gobierno Local, según el Decreto de Alcaldía 261/2019, de fecha 24 de julio.

Se propone a la Junta de Gobierno Local que adopte el siguiente Acuerdo:

PRIMERO.- Delegar en la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, a través del EBAP, la ejecución del proceso unificado de selección para cubrir 1 plaza vacante de categoría de policía local incluida en la Oferta de Ocupación de 2023, con las condiciones que se indican lo la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad publicada en el BOIB núm. 56 de día 2 de mayo de 2023, especialmente el Anexo I de la Resolución.

SEGUNDO.- Publicar la presente delegación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares»

Lo cual se publica a los efectos oportunos.

 

(Firmado electrónicamente: 26 de mayo de 2023

El alcalde Tomeu Mulet Florit)

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