Consejería de educación y formación profesional - Otras disposiciones y actos administrativos (BOIB nº 2023-72)

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  • Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 23 de mayo de 2023 por la cual se autoriza la modificación de la configuración del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general Nuestra Señora de la Consolación, de Eivissa, con la ampliación con una unidad del Programa de diversificació curricular (PDC) a 4º de la ESO

  • Número de edicto 5248 - Páginas 32651-32653

Antecedentes

 1. El artículo 27 de la Ley orgánica 3/2020, establece que el Programa de diversificación curricular (PDC) está orientado a la consecución del título de graduado en educación secundaria obligatoria (GESO) por parte de los alumnos que presenten dificultades relevantes de aprendizaje después de haber recibido, si corresponde, medidas de apoyo en el primer o segundo curso, o a los que esta medida de atención a la diversidad les sea favorable para la obtención del título. Se podrán incorporar en el programa los alumnos que al acabar el segundo curso no estén en condiciones de promocionar al tercer curso.

2. El Real decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el cual se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la educación secundaria obligatoria, añade, al artículo 24, que se pueden incorporar al tercer curso del PDC también los alumnos que tengan que repetir tercero y, excepcionalmente, al cuarto curso del PDC los alumnos que al finalizar cuarto no estén en condiciones de obtener el título de GESO. Además, establece el procedimiento de incorporación al programa y la estructura de este.

3. La Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 2 de septiembre de 2022 por la cual se aprueban las instrucciones para evaluar el aprendizaje de los alumnos de segundo y cuarto de la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears para el curso 2022-2023, en su punto primero establece «Autorizar la implantación del programa de diversificación curricular a todos los centros que a fecha de publicación de esta Resolución tengan autorizado un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR)».

Por todo esto, el programa de diversificación curricular del tercer curso se ha iniciado el curso 2022-2023 y el programa de diversificación curricular del cuarto curso se tiene que iniciar el curso 2023-2024.

4. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 3 de agosto de 2022 se autorizó la modificación de la configuración del centro privado concertado Nuestra Señora de la Consolación, de Eivissa, mediante la transformación de una unidad del Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR) en una unidad de bachillerato. Como consecuencia de esta modificación, el centro quedó configurado de la manera siguiente:

- Educación infantil de segundo ciclo: 6 unidades y 150 plazas escolares.

- Educación primaria: 12 unidades y 300 plazas escolares.

- Educación secundaria obligatoria: 8 unidades y 240 plazas escolares.

- Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR): 1 unidad y 15 plazas escolares.

- Bachillerato: 6 unidades y 210 plazas escolares (modalidades: general, ciencias y tecnología y humanidades y ciencias sociales).

Por lo tanto, con esta Resolución el centro queda con una unidad de PMAR, que automáticamente durante el curso 2022-2023 se ha transformado en una unidad de Programa de diversificación curricular PDC.

5. El 9 de mayo de 2023 (GOIBE309144/2023), la representante del centre privado concertado Nuestra Señora de la Consolación, de Eivissa, presentó una solicitud de la modificación de la configuración del centro con la ampliación con una unidad del Programa de diversificación curricular (PDC) a 4t de educación secundaria obligatoria (ESO); justificaba la solicitud e indicaba que los alumnos que han cursado este año 3º de la ESO PDC, promocionan automáticamente a 4º de la ESO PDC (punto 12.3 de la Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 8 de septiembre de 2022 por la cual se aprueban las instrucciones para evaluar el aprendizaje de los alumnos del primero y tercer curso de la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears para el curso 2022-2023), también presentó planos por justifica r la ubicación de la nueva aula.

6. El 19 de mayo de 2023, la jefa de departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la modificación de la configuración del centro privado concertado Nuestra Señora de la Consolación, de Eivissa, con la ampliación de una unidad de PDC a 4º de ESO, dada la necesidad de escolarización de los alumnos que actualmente cursan 3º de la ESO PDC y tienen que promocionar a 4º de la ESO PDC.

7. El 22 de mayo de 2023, el director general de Planificación, Ordenación y Centros emitió una propuesta de resolución por la cual  se autoriza la modificación de la configuración del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general Nuestra Señora de la Consolación, de Eivissa, con la ampliación con una unidad del Programa de Diversificación Curricular (PDC) a 4t de la ESO.

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la cual se modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad  Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, la cual establece al artículo 102,  punto 2, de Creación de centros que la creación, la supresión y la transformación de centros privados se tiene que someter a la autorización administrativa correspondiente.

5. La Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 2 de septiembre de 2022 por la cual se aprueban las instrucciones para evaluar el aprendizaje de los alumnos de segundo y cuarto de la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears para el curso 2022-2023 (BOIB núm. 62, de 12 de mayo)

6. La Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 8 de septiembre de 2022 por la cual se aprueban las instrucciones para evaluar el aprendizaje de los alumnos del primero y tercer curso de la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears para el curso 2022-2023 (BOIB núm. 119, de 10 de septiembre)

7. El Real decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarios (BOE núm. 86, de 9 de abril), modificado por el Real decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

8. El Real decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

9.  El Decreto 21/2022. de 1 de agosto, por el cual se establece el currículum de la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears (BOIB núm. 101, de 2 de agosto)

10. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde en la comunidad autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

11. El Decreto 1/2022, de 27 de julio de la presidenta de las Illes Balears (BOIB 104, de 9 de agosto de 2022) por el cual se modifica el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad  Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero).

Por todo esto, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha 22 de mayo de 2023, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, con efectos del inicio del curso escolar 2023-2024, la modificación de la configuración del centro privado concertado Nuestra Señora de la Consolación, de Eivissa, con la ampliación de una unidad del Programa de diversificación curricular (PDC) en 4º de ESO.

2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07001319

Denominación genérica: centre privado concertado con enseñanzas de régimen general

Denominación específica: Nuestra Señora de la Consolación

Titular: Congregación Agustinas Hermanas de Amparo

Domicilio: c. de Joan Xicó, núm. 8

Localidad: Eivissa

Municipio: Eivissa

CP: 07800

Enseñanzas autorizadas:

- Educación infantil de segundo ciclo: 6 unidades y 150 plazas escolares.

- Educación primaria: 12 unidades y 300 plazas escolares.

- Educación secundaria obligatoria: 8 unidades y 240 plazas escolares.

- Programa de diversificación curricular (PDC) a 3r de ESO: 1 unidad y 15 plazas.

- Programa de diversificación curricular (PDC) a 4rt de ESO: 1 unidad y 15 plazas.

- Bachillerato: 6 unidades y 210 plazas escolares (modalidades: general, ciencias y tecnología y humanidades y ciencias sociales).

3. Recordar al centro mencionado que resta obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se tenga que modificar cualquier de los datos que figuran en esta Resolución.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad  Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 23 de mayo de 2023

El consejero de Educación y Formación Profesional Martí X. March i Cerdà

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