Ayuntamiento de manacor - Otras disposiciones y actos administrativos (BOIB 2023-63)

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  • Aprobación delegación de competencias para llevar a cabo el proceso unificado para la selección de las vacantes de policía local del Ayuntamiento de Manacor

  • Número de edicto 4604 - Páginas 27831-27832

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de día 8 de mayo de 2023, adoptó, a reserva de los términos definitivos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, el siguiente acuerdo:

«PROPUESTA DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS PARA LLEVAR A CABO EL PROCESO UNIFICADO PARA LA SELECCIÓN DE LAS VACANTES DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Antecedentes

1. Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e igualdad, de 26 de abril de 2023, de convocatoria para que los ayuntamientos deleguen en la EBAP las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local, publicada en el BOIB n.º 56 de 2 de mayo de 2023, que resuelve:

1. Iniciar el procedimiento de proceso unificado de selección para cubrir las plazas vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local, mediante convocatoria.

2. Convocar los ayuntamientos de las Islas Baleares interesados a participar en el proceso unificado para que deleguen en la consejera de Presidencia, Función Pública e igualdad, a través de la EBAP, la ejecución de este proceso, de acuerdo con los términos que establece el anexo de esta Resolución.

3. Aprobar el modelo de sol·licitud de participación en este procedimiento según el modelo que establece el anexo II.

Los ayuntamientos interesados en participar en el proceso unificado disponen hasta el 16 de mayo de 2023 para presentar la sol·licitud de participación en el procedimiento, de acuerdo con el modelo anexo II y la documentación que se menciona.

2. Informe jurídico de la jefa TAG de Recursos Humanos, con la conformidad del secretario, de 8 de mayo de 2023.

Fundamentos de derecho

1. Artículo 188 y 188 Bis del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.

2. Artículo 30 de la Ley 4/2013, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.

3. Artículo 58 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.

4. Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e igualdad de 26 de abril de 2023 de convocatoria para que los ayuntamientos deleguen en la EBAP las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local, publicada en el BOIB n.º 56 de 2 de mayo de 2023.

5. El Ayuntamiento de Manacor té aprobada la oferta pública de col·locació del año 2023 mediante decreto de Alcaldía 2023/1691, de 8 de mayo de 2023. En esta oferta se incluyen cuatro plazas de la categoría de Agente.

6. Artículo 47.2.h) de la Ley 7/1985 Reguladora de la Bases de Régimen Local.

7. Disposición adicional tercera de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.

Por todo esto, propongo que el Pleno del Ayuntamiento adopte los siguientes

 

Acuerdos:

Primero. Ratificar la inclusión de esta propuesta en el orden del día del Ayuntamiento en pleno por vía de urgencia.

Segundo. Delegar en la Consejería de Presidencia, Función Pública e igualdad, a través de la EBAP, la ejecución del proceso unificado de selección de cuatro vacantes de la categoría de policía local del Ayuntamiento de Manacor, de acuerdo con los términos que establece el anexo de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e igualdad, de 26 de abril de 2023, de convocatoria para que los ayuntamientos deleguen en la EBAP las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local, publicada en el BOIB n.º 56 de 2 de mayo de 2023.

Se delegan las siguientes competencias:

a) Aprobar las bases y la gestión del proceso selectivo, que será único para cada isla.

La delegación incluye las competencias para adoptar las resoluciones necesarias para llevar a cabo la convocatoria y aprobar las bases y el proceso selectivo, sin que suponga la alteración de la titularidad de la competencia atribuida a cada ayuntamiento.

 

b) Llevar a cabo todos los actos materiales y jurídicos que integran el procedimiento de oposición según las bases de la convocatoria y las normas sobre policías locales y función pública aplicables.

Estos actos son, como mínimo, los siguientes:

 

- Recepcionar y gestionar las sol·licitudes de participación y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como el cobro de las tasas que se prevén en la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

- Elaborar las resoluciones de las listas, tanto las provisionales como las definitivas, de las personas admitidas y excluidas en los procedimientos.

- Gestionar el operativo necesario para el desarrollo material de los ejercicios.

- Notificar y publicar los actos administrativos y las resoluciones relacionadas con el proceso selectivo.

- Determinar la composición del tribunal calificador, nombrar los miembros y resolver las posibles recusaciones.

- Proponer la adjudicación de destinos de los aspirantes que superen la oposición para que el ayuntamiento correspondiente los nombre personal funcionario en prácticas.

El resto de actuaciones que sean necesarias para el funcionamiento normal del proceso selectivo, incluidas las resoluciones de reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que, si se tercia, se presenten y que deriven de la fase de oposición del proceso selectivo, con la col·laboración jurídica del Instituto de Seguridad Pública de las Islas Baleares.

La delegación no incluye las reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que se presenten con relación a la fase de prácticas que se tendrá que desarrollar en cada ayuntamiento.

Tercero. Publicar el acuerdo de delegación de competencias en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Cuarto. Notificar este acuerdo, junto con su publicación en el BOIB, a la Escuela Balear de Administración Pública.»

 

Manacor, 12 de mayo de 2023

El alcalde Miquel Oliver Gomila

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