Consorcio de transportes de mallorca - Autoridades y personal (BOIB 2023-21)

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  • Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda sobre el nombramiento de los miembros de los tribunales del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos, para cubrir las plazas de personal laboral del Consorcio de Transportes de Mallorca, de acuerdo con la oferta pública de estabilización aprobada por el Consejo de Administración de 19 de mayo de 2022 y prevista en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público

  • Número de registro 1184 - Páginas 7306-7307

Antecedentes

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Administración del Consorcio de Transportes de Mallorca (en adelante CTM) de 19 de mayo de 2022 se aprobó la oferta pública de empleo de estabilización correspondiente al personal laboral del CTM, en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOIB núm. 66, de 21 de mayo).

2. Mediante el Acuerdo del Consejo de Administración del CTM de 22 de diciembre de 2022 se aprobó la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral del CTM (BOIB núm. 168, de 27 de diciembre).

De acuerdo con la base 19.2 del Anexo 2 de esta convocatoria sobre nombramiento de los miembros de los tribunales, el consejero de Movilidad y Vivienda debe nombrar a los tribunales encargados de la selección, los cuales tienen la consideración de órganos dependientes de la su autoridad; y el nombramiento debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la web del CTM una vez finalizado el período de presentación de instancias.

Es más, de acuerdo con la base 19.1.2 sobre la composición de los órganos de selección los tribunales deben estar constituidos, como mínimo, por tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes. Se constituirá un tribunal por cada grupo de los previstos en el artículo 15 del Convenio colectivo.

Todos los miembros de los tribunales deben poseer una titulación académica de igual o de superior nivel que el exigido a los aspirantes para el ingreso.

Asimismo, la base 19.1.3 establece que la determinación de la composición de los tribunales debe llevarse a cabo de acuerdo con las siguientes normas:

El presidente será designado libremente por el consejero de Movilidad y Vivienda

Los vocales deben ser nombrados por sorteo entre el personal laboral en situación de servicio activo en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que pertenezcan al grupo de que se trate.

La secretaría corresponderá a la persona designada por votación del tribunal entre las personas designadas como vocales.

  1. El presidente será designado libremente por el consejero de Movilidad y Vivienda
  2. Los vocales deben ser nombrados por sorteo entre el personal laboral en situación de servicio activo en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que pertenezcan al grupo de que se trate.
  3. La secretaría corresponderá a la persona designada por votación del tribunal entre las personas designadas como vocales.

La composición de los órganos de selección debe ajustarse, salvo razones fundamentadas y objetivas, debidamente motivadas, al criterio de paridad entre hombres y mujeres, con capacitación, competencia y preparación adecuadas. Se entiende por representación equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que ningún sexo supere el 60% del conjunto de personas a las que se refiere ni sea inferior al 40%.

3. En fecha 9 de febrero de 2023 se ha realizado el sorteo de los vocales.

Por todo ello, y en uso de las competencias que me otorga el artículo 11 j) de la Ley 3/2003, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Designar al Tribunal Calificador del proceso selectivo del personal laboral del CTM del grupo A:

Presidencia:

  • Titular: París Pérez de Lema, Mª Fuensanta
  • Suplente: Bouazza Ariño, Farah

Vocales:

- Primero/a

  • Titular: Martínez-Hueso Ferrer, Mª Teresa
  • Suplente: Serra Ramis, Miquel

- Segundo/a

  • Titular: Carreras Gacías, Josep
  • Suplente: Uriarte Eceiza, Nerea

2. Designar al Tribunal Calificador del proceso selectivo del personal laboral del CTM del grupo B:

Presidencia

  • Titular: Bouazza Ariño, Farah
  • Suplente: París Pérez de Lema, Mª Fuensanta

Vocales:

- Primero/a

  • Titular: Obrador Aguilar, María Ester
  • Suplente: Eugenio Albertí, Daniel

- Segundo/a

  • Titular: Riera Texier, Bartolomé
  • Suplente: Alcolecha Fuente, Inmaculada

3. Informar a las personas nombradas de la obligación de abstenerse de intervenir en el proceso selectivo si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público; y el punto 19.1.4 de las bases específicas de la presente convocatoria.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la web del Consorcio de Transportes de Mallorca.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Movilidad y Vivienda en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

(Firmado electrónicamente: 13 de febrero de 2023)

El consejero de Mobilidad y Vivienda Josep Marí i Ribas

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