El Principado somete a información pública el decreto que regula las viviendas de uso turístico, tras el diálogo con el sector y los ayuntamientos
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El texto supone un paso más en el compromiso adquirido por el Gobierno de Asturias para regular estos alojamientos La norma refuerza la función de los concejos, a los que el Ejecutivo ofrece colaboración para el cumplimiento de la normativa La regulación, basada en un modelo turístico caracterizado por la calidad, la sostenibilidad y la convivencia, reduce el impacto de las VUT sobre la disponibilidad de viviendas para uso residencial

El Gobierno de Asturias ha sometido a información pública el texto definitivo del decreto para regular las Viviendas de Uso Turístico (VUT), tras un proceso de escucha activa y diálogo con el sector y con los ayuntamientos. Con esta norma, el Principado vuelve a anticiparse y da un paso más en la ordenación de estos alojamientos, tras el camino iniciado con la reforma de la Ley 7/2001, de Turismo, que entró en vigor el pasado noviembre. El objetivo es establecer criterios claros de calidad en el ámbito competencial autonómico y evitar los problemas que se dan en otros lugares del país.
Con el objetivo de garantizar la convivencia, la reforma de la Ley de Turismo exige a las viviendas de uso turístico disponer del certificado de acuerdo de la comunidad de propietarios, así como la obligatoriedad de publicitar cada VUT con un número de registro en todos los canales en los que se comercialicen. En cumplimiento de esta medida, el Gobierno de Asturias requirió recientemente a las plataformas la retirada de más de un centenar de anuncios.
La regulación que establece el decreto se enmarca en el modelo turístico que promueve el Principado, basado en la calidad, la sostenibilidad y, especialmente, en la convivencia, respetando, además, la identidad del territorio.
Entre las novedades que recoge el texto destaca el refuerzo de las funciones de los ayuntamientos, a los que Principado ofrece su colaboración para que, de manera voluntaria y a través de la firma de convenios, puedan recibir asesoramiento y formación técnica específica. De esta forma, se refuerza la colaboración entre administraciones y se garantiza agilidad y eficiencia en la respuesta.
"Hemos escuchado al sector y a la ciudadanía, por eso esta regulación nace de un consenso al que también hemos incorporado a los ayuntamientos, para tener un modelo de calidad en el que no caben las viviendas de uso turístico ilegales", ha destacado la vicepresidenta, Gimena Llamedo.
"Con esta normativa, también queremos reducir el impacto que las VUT tienen en la disponibilidad de vivienda para uso residencial", ha precisado.
Otra de las novedades introducidas es la ampliación del concepto de canales de oferta turística a cualquier medio de comercialización o promoción. De esta forma, las viviendas que se publiciten en canales que no sean específicamente turísticos estarán reguladas también por este decreto y sometidas, por tanto, a su normativa.
Por otro lado, el texto elimina desigualdades y las VUT tendrán que cumplir los requisitos técnicos equiparables a los de hoteles, casas rurales o apartamentos turísticos. En este sentido, deberán contar con un plan de seguridad técnica y salubridad, como cualquier otro establecimiento turístico. Ese plan tendrá que incluir medidas de protección contra incendios, un plan de autoprotección y emergencia, la disposición de agua apta para el consumo y medidas de control y mantenimiento higiénico del sistema de agua sanitaria.
Asimismo, quienes alquilen una vivienda con fines turísticos deberán cumplir las siguientes obligaciones:
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Se establecen límites de ocupación de un máximo de ocho plazas por vivienda.
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Un baño correctamente equipado (con bañera o ducha) por cada cuatro plazas.
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Entrega presencial de llaves, con información turística y servicios básicos.
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Incluir oferta de servicios de mantenimiento, limpieza y reparaciones.
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Justificante de pago obligatorio, con todos los datos de la estancia.
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Conexión a internet, salvo en zonas sin cobertura
También se establecen superficies mínimas en función del número de ocupantes de la vivienda: 25 metros cuadrados para una persona, 33 para dos y, a partir de tres personas, 15 metros cuadrados por cada una.
En cuanto al tamaño de las habitaciones, deben tener un mínimo de seis metros cuadrados si son individuales, 10 m² las dobles y 13 m² las triples. Por su parte, el salón ha de contar con un mínimo de 8 m², una superficie que se eleva hasta los 11 m² si tiene sofá cama de 1,35 metros.
El nuevo texto también endurece las sanciones para luchar contra los alojamientos ilegales. Así, se suspenderá la actividad turística por un período de entre seis meses y cuatro años, según la gravedad de la infracción, en los casos en los que se incumplan los requisitos establecidos en el decreto regulador.
Tras la aprobación de la reforma de la Ley de Turismo, este decreto viene a sumarse al refuerzo del Servicio de Inspección Turística puesto en marcha en esta legislatura, así como al uso de herramientas tecnológicas para detectar alojamientos ilegales. Todas estas medias se orientan a garantizar que una actividad económica de enorme valor como la turística siga desarrollándose con calidad y respeto máximo a la convivencia, tal y como ha remarcado la vicepresidenta.