Anteproyecto de Ley de Bibliotecas y del Fomento de la Lectura
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¿Qué se pretende solucionar?
* La consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, antes de la elaboración de una disposición normativa, es decir, antes de la elaboración del borrador. (Acuerdo de 25 de enero de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las directrices para la ordenación de la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración normativa en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias).
Puedes enviar tus aportaciones del 26/02/2025 al 12/03/2025 al correo participa@asturias.org
El Proyecto de Ley persigue actualizar el marco normativo vigente en el Principado de Asturias en materia de bibliotecas y fomento de la lectura a las necesidades actuales, tomando en consideración la experiencia acumulada durante las más de tres décadas de vigencia del el Decreto 65/1986, de 15 de mayo, por el que se establecen las normas generales de actuación del Principado de Asturias para la promoción y coordinación de servicios bibliotecarios, y la Resolución de 25 de febrero de 1987, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas y Casas de Cultura del Principado de Asturias, así como la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas, las Pautas sobre los servicios de las bibliotecas públicas, coordinadas por la Subdirección General de Cooperación Bibliotecaria del Ministerio de Cultura, en 2002 así como la adecuación de aquel a los estándares internacionales.
En este sentido, la futura aprobación de la Ley responde a la necesidad de sistematizar en un texto de rango legal los aspectos relativos al régimen jurídico de las bibliotecas situadas en el territorio de Asturias y al Sistema Bibliotecario del Principado de Asturias, así como a la creación del Consejo de Bibliotecas y Fomento de la Lectura de Asturias, como órgano asesor y de consulta; acercamiento a la definición de los perfiles profesionales; actualización del régimen y de las funciones de la Biblioteca de Asturias, "Ramón Pérez de Ayala" como cabecera del sistema; actualización de las normas, el funcionamiento de Red de Bibliotecas Públicas del Principado de Asturias, y abordar el fomento de la lectura y el libro como pilar fundamental de fomento de una ciudadanía crítica y formada.
Ello permitirá superar la situación precedente, caracterizada por la debida aplicación de un texto normativo de rango reglamentario y que, por la fecha en que fue aprobado, no podía tomar debidamente en consideración las múltiples aristas que presenta en la actualidad el funcionamiento de las bibliotecas ni asumir las materias relacionadas con el fomento de la lectura.
Necesidad y oportunidad de su aprobación
La aprobación de la Ley del Principado de Asturias de Bibliotecas y del fomento de la lectura es precisa en orden a la actualización del marco normativo vigente a la realidad del ámbito objeto de regulación.
Desde la aprobación del Decreto 65/1986, de 15 de mayo, han sido muchas las transformaciones operadas en el ámbito bibliotecario, siendo muy abundante la normativa internacional, nacional y autonómica aprobada al respecto y que debe ser tenida en consideración por cuanto ha supuesto una transformación del propio concepto de biblioteca, entendida en la actualidad como un centro de irradiación cultural, que desempeña funciones que van mucho más allá de las centradas en su condición de espacios de acceso a la información y los recursos bibliográficos y documentales. Por todo ello, es necesaria la adopción de un nuevo texto normativo que, con rango de ley, recoja de forma sistemática los principales aspectos de la regulación de las bibliotecas en el Principado de Asturias, así como de las políticas de fomento de la lectura.
Objetivos de la norma
La Ley del Principado de Asturias de Centros Museísticos persigue sistematizar en un texto de rango legal la normativa aplicable a las bibliotecas, creando un sistema que las englobe y una red que mejore la cooperación y colaboración entre las bibliotecas públicas de Asturias. En este sentido, con la aprobación de la nueva Ley se busca dotar de seguridad jurídica a las bibliotecas, garantizar la prestación de servicios bibliotecarios básicos en todos los concejos asturianos y establecer un sistema y una red que organice las bibliotecas de Asturias, así como una planificación básica y fundada de las políticas de refuerzo del sector bibliotecario asturiano.
Soluciones Alternativas
Una primera alternativa sería la de reformar el Decreto 65/1986, de 15 de mayo, por el que se establecen las normas generales de actuación del Principado de Asturias para la promoción y coordinación de servicios bibliotecarios, o adoptar una nueva norma reglamentaria en sustitución del mismo. No obstante, se considera que esta alternativa es inadecuada, dado que, de una parte, la materia objeto de regulación en el Proyecto de Ley presenta una extraordinaria relevancia y, de otra, algunos de sus contenidos (por ejemplo, el régimen sancionador) exigen la adopción de una norma con rango de ley.
Una segunda alternativa sería la no regulatoria, si bien con ello persistirían las dificultades prácticas puestas de manifiesto durante las más de tres décadas de vigencia del Decreto 65/1986, de 15 de mayo, por lo que tampoco se considera una opción adecuada.