Resolución de 25 de junio de 2025, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se dispone la ejecución de la sentencia 384/2025 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.
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Vista la sentencia 384/2025 dictada en fecha 15 de abril de 2025 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias en el recurso contencioso-administrativo P. O. 110/2024, interpuesto por Gerusia, S. L., este recurso contencioso-administrativo tiene por objeto la desestimación presunta de la reclamación formulada el 6 de mayo de 2022 ante la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias de intereses moratorios e indemnización por costes de cobro en la prestación del servicio del centro de día, en particular y a la vista de lo actuado en este procedimiento judicial, por importe de 14.750,82 euros como consecuencia de la prestación del servicio en 2021 en diferentes centros dependientes del Principado de Asturias.
Considerando que la referida sentencia ha adquirido firmeza, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias,
RESUELVO
Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia cuyo tenor literal es el siguiente:
"Estimar en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la procuradora doña E. C. P., en nombre y representación de Gerusia, S. L., contra la reclamación formulada el 6 de mayo de 2022 ante la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias de intereses moratorios e indemnización por costes de cobro en la prestación derivada de los servicios prestados en 2021 en diferentes centros dependientes del Principado de Asturias, por ser contraria a Derecho y, en consecuencia, nula, y reconociendo el derecho de la recurrente al pago de los intereses de demora y a la indemnización por los costes de cobro calculados en los términos que resultan de esta sentencia, debiendo desestimar el recurso en todo lo demás.
No procede imponer las costas a ninguna de las partes."
Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
En Oviedo, a 25 de junio de 2025.—La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar, Marta del Arco Fernández.—Cód. 2025-05636.