Resolución de 19 de junio de 2025, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se dispone la ejecución de la sentencia 332/2025 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.
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Vista la sentencia 332/2025 dictada en fecha 31 de marzo de 2025, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, en el recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario 289/2024, interpuesto por Elmar Frozen Food, S. L. U., representada por la Procuradora doña M. I. D. Q., el objeto del presente recurso contencioso-administrativo lo constituye la desestimación por silencio administrativo de la reclamación presentada ante la Consejería de Bienestar Social y Vivienda de Asturias para abono de las facturas referidas a las obligaciones de pago que se derivan de la realización de suministros por parte de la demandante a favor de centro de profesorado y de recursos de Gijón, dependiente de la citada Consejería, correspondientes al período de diciembre de 2021 a julio de 2023, por un importe total de 18.682,13 €.
Considerando que la referida sentencia ha adquirido firmeza, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias,
RESUELVO
Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia cuyo tenor literal es el siguiente:
"Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña M. I. D. Q., en nombre y representación de "Elmar Frozen Food, S. L. U.", contra la Resolución desestimatoria presunta de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda de Asturias de la reclamación de abono de las facturas correspondientes al período de diciembre de 2021 a julio de 2023,y en consecuencia:
1.º Se anula la actuación administrativa recurrida por ser contraria a derecho.
2.º Se reconoce el derecho de la demandante a que la Administración demandada le abone la suma en concepto de principal, dieciocho mil seiscientos ochenta y dos euros con trece céntimos (18.682,13 €), con sus intereses legales a computar conforme a lo expuesto en el fundamento de derecho cuarto y costes de cobro.
3.º No se hace imposición de costas".
Segundo.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
En Oviedo, a 19 de junio de 2025.—La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar, Marta del Arco Fernández.—Cód. 2025-05645.