Resolución de 27 de junio de 2025, de la Gerencia del Área Sanitaria IV del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se convoca la cobertura temporal de una plaza de Técnico de Grado Medio en el Servicio de Informática (01).
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SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)
Antecedentes
El artículo 9.1 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, dispone que "los nombramientos de personal estatutario temporal serán de interinidad, siendo estatutarios interinos los que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales con carácter temporal para el desempeño de funciones propias de estatutarios en los siguientes supuestos y condiciones:
a) Existencia de plaza vacante, cuando no sea posible su cobertura por personal estatutario fijo, durante un plazo máximo de tres años..."
El artículo 33 de la misma Ley dispone que "la selección de personal estatutario temporal se efectuará a través de procedimientos que permitan la máxima agilidad en la selección, procedimientos que se basarán en los principios de igualdad, mérito, capacidad, competencia y publicidad y que serán establecidos previa negociación en las mesas correspondiente".
El Pacto sobre Contratación de Personal Temporal del Servicio de Salud del Principado de Asturias prevé en su artículo 17.c), para el personal no sanitario de los Grupos A1 y A2, que la selección y designación podrá efectuarse, en el caso de que la Gerencia considere necesario un perfil específico para la cobertura de un determinado puesto de trabajo, mediante convocatoria pública.
Teniendo en cuenta la ausencia de categorías específicas cuyas funciones amparen el mantenimiento y gestión de las herramientas y sistemas informáticos que actualmente están implementados y se utilizan en el ámbito sanitario, es necesario, ante el relevo generacional que se está produciendo en el personal que hasta el momento desarrolla dichas funciones, captar o incorporar profesionales que por sus conocimientos y o experiencia específica en dichos campos puedan dar continuidad y soporte a las herramientas informáticas que dan servicio tanto al nivel asistencial como al de gestión, apoyando a la Dirección en el desarrollo y consecución de sus objetivos en este campo. Es por ello, por lo que se hace necesario configurar y dotar una plaza base de Técnico de Grado Medio, con formación, conocimientos y experiencia contrastada en la administración y utilización de nuevas tecnologías en el ámbito sanitario, que apoye a la Unidad de Informática del Área Sanitaria IV, dando relevo y cubriendo las necesidades que en esta área están surgiendo y que se van a ver acrecentadas a corto plazo con las jubilaciones de personal.
Por ello, oída la Mesa de Contrataciones del Área IV según mandato del Pacto sobre Contratación de Personal Temporal del Servicio de Salud del Principado de Asturias, y de conformidad con el artículo 4.1 del Decreto 167/2015, de 16 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de los órganos de dirección y gestión del Servicio de Salud del Principado de Asturias, en relación con el artículo 128 de la Ley 7/2019, de 29 de marzo, de salud,
RESUELVO
Primero.—Aprobar la convocatoria de una plaza de la categoría de Técnico de Grado Medio, de naturaleza estatutaria y carácter temporal, vacante en la plantilla orgánica del Área Sanitaria IV del Servicio de Salud del Principado de Asturias, destinada al Servicio de Informática, mediante un nombramiento estatutario de interinidad en plaza vacante, con una duración máxima de tres años, para el desarrollo de las funciones propias de la categoría.
Esta plaza presenta un perfil técnico específico dirigido a la prestación de servicios relacionados con conocimientos y uso de distintas tecnologías en el ámbito sanitario.
Segundo.—Aprobar las bases que rigen la presente convocatoria (anexo I de esta resolución), el baremo general de méritos para personal no sanitario de los grupos A y B —A1 y A2 (anexo II), el baremo específico de méritos para los conocimientos requeridos (anexo III) y el modelo de solicitud de participación (anexo IV).
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo, de Salud, en consonancia con el artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oviedo, a 27 de junio de 2025.—Gerente del Area IV (por delegación del Director Gerente del Servicio de Salud del Principado de Asturias, BOPA de 6 de agosto de 2012).—Cód. 2025-05625.