Acuerdo de 30 de junio de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se concede el Título de Hijo Predilecto de Asturias a don Alberto Arce Janáriz.
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Por Decreto 43/2024, de 17 de diciembre, del Presidente del Principado de Asturias, se incoa expediente para la concesión, en su caso, del Título de Hijo Predilecto de Asturias a favor de don Alberto Arce Janáriz, como reconocimiento institucional a su contribución y dedicación a la jurisprudencia y al ámbito académico, destacando su pertenencia a la Real Academia Asturiana de Jurisprudencia desde 1993, su desempeño como Letrado Mayor de la Junta General del Principado de Asturias y Letrado adscrito al Tribunal Constitucional entre 1988 y 1991, y la dirección de la Revista Jurídica de Asturias entre 1996 y 2002.
El artículo 10 de la Ley del Principado de Asturias 4/1986, de 15 de mayo, reguladora de los Honores y Distinciones, dispone que el Título de Hijo Predilecto de Asturias solo podrá ser otorgado a las personas que, habiendo nacido en el territorio del Principado de Asturias, hayan destacado por sus méritos relevantes, especialmente por sus Servicios en beneficio de la Comunidad Autónoma, y gocen de alto prestigio y consideración general en el concepto de público.
Una vez tramitado el expediente conforme a la Ley del Principado de Asturias 4/1986, de 15 de mayo, y al Decreto 100/1986, de 7 de agosto, que la desarrolla, y visto el informe propuesta que formula la Sra. Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, como instructora del expediente y contando con el dictamen favorable emitido por la Junta General del Principado de Asturias con fecha 6 de junio de 2025, de conformidad con el artículo 25 y) de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, el Consejo de Gobierno
ACUERDA
Conceder el Título de Hijo Predilecto de Asturias a favor de don Alberto Arce Janáriz.
En Oviedo, a 23 de junio de 2025.—La Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, Gimena Llamedo González.—Cód. 2025-05833.