Anuncio. Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento del Certamen de Ganado del concejo de Las Regueras.
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Habiendo quedado definitivamente aprobada la modificación del Reglamento del Certamen de Ganado del concejo de Las Regueras, en virtud del acuerdo del Pleno de fecha 28 de marzo de 2025, y al no haberse presentado reclamaciones contra la misma tras la información pública practicada mediante anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 80, de fecha 28 de abril de 2025, se procede a su publicación seguidamente en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Artículo 3.º—Inscripciones.
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3.2.—El ganadero, para ser admitida la inscripción deberá ser vecino de Las Regueras, empadronado en el Ayuntamiento con una antelación de 6 meses mínimo y el CEA deberá estar ubicado en el Concejo de Las Regueras.
3.2.1.—Aquellos ganaderos no empadronados en el Concejo de Las Regueras que tengan interés en participar en el Certamen podrán inscribirse pasando a formar parte de una bolsa de reservas, de la que se hará uso en el caso de que el número de inscripciones no superase el máximo establecido en el artículo 3.8.1 del Reglamento.
Será requisito indispensable para ser incluido en la bolsa de reservas que el titular del CEA sea familiar de alguna de las personas empadronadas en el domicilio de dicho CEA en los siguientes grados de parentesco:
• 1.º Grado de consanguinidad.
• 2.º Grado de consanguinidad, sólo y exclusivamente hermanos/as y abuelos/as.
• 1.º Grado de afinidad, sólo y exclusivamente, cónyuge y suegros/as.
• 2.º Grado de afinidad, sólo y exclusivamente abuelos/as del cónyuge.
Tendrán prioridad aquellos titulares del CEA que haya participado en alguno de los Certámenes celebrados en los últimos cinco años. En caso de empate, tendrán preferencia aquellos que hubiesen participado en el Certamen ganadero en más ocasiones durante los últimos cinco años. En el supuesto de persistir el empate, se procederá a un sorteo entre los afectados.
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3.8.—Solo se admitirá la participación de un máximo de siete animales por cada ganadero, incluidos toros o novillos, de las cuales no se podrán agrupar mas de tres terneras para Asturiana de los Valles y cuatro para Frisón.
Se podrán inscribir un máximo de 10 animales sin opción a reservas, y se abrirá un plazo hasta el jueves anterior al certamen a las 14:00 horas, donde cada ganadero deberá comunicar los 7 animales que definitivamente participaran en el Certamen.
Todo animal que no esté inscrito previamente, no podrá participar en el Certamen.
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Lo que se hace público para general conocimiento y efectos, poniendo de manifiesto que contra el citado acuerdo podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo a partir de su publicación, en los términos expresados en la legislación reguladora de dicha jurisdicción.
Las Regueras, 24 de junio de 2025.—La Alcaldesa.—Cód. 2025-05466.