Anuncio. Avocación y delegación temporal de funciones por ausencia de concejal.
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Por la Alcaldía, con fecha 13 de junio de 2025, se ha dictado la Resolución que a continuación se transcribe:
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Visto que en virtud de Resolución de esta Alcaldía, de fecha 10 de abril de 2025, BOPA 28 de abril de 2025, entre otras, se confiere en favor de la Concejal Dña. Angelita Cueva Fonseca, delegación de carácter genérico para la dirección y gestión de las áreas de Cultura, Turismo, Política Llingüística y Memoria Histórica.
Teniendo en cuenta la ausencia temporal de Dña. Angelita Cueva Fonseca, desde el día 16 de junio y hasta que se produzca su reincorporación, se considera oportuno que sea sustituida en las atribuciones que tiene conferidas por delegación de la Alcaldía a tenor de la citada resolución.
Vistos los artículos 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como los artículos 43, 44, 45, 114, 115 y 116 y concordantes, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en los que se regula el régimen de delegaciones de la Alcaldía en favor de los Concejales, al igual que su avocación.
Considerando que, conforme a lo establecido en el citado artículo 43 del Reglamento, el Alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los Concejales miembros de la Junta de Gobierno Local; sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera Concejales que no pertenecieran a ella; de forma que las delegaciones genéricas se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida, en su caso, la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Vistas las facultades conferidas a esta Alcaldía por el artículo 21.3 de la citada Ley 7/1985, de 2 de abril, y de los ya indicados preceptos del Reglamento de Organización.
De conformidad a todo ello,
RESUELVO
Primero.—Avocar en favor de esta Alcaldía, transitoriamente, las delegaciones conferidas a la Concejal Dña. Angelita Cueva Fonseca en virtud de la mencionada Resolución de 10 de abril de 2025, en las áreas que figuran en los antecedentes, por los motivos anteriormente expuestos.
Segundo.—Atribuir a la Segunda Teniente de Alcalde, Dña. Marina Casero Rodríguez, transitoriamente, desde el día 16 de junio y hasta que se produzca la reincorporación de Dña. Angelita Cueva Fonseca, las delegaciones conferidas a ésta, en virtud de la resolución indicada y en las ya citadas áreas.
Tercero.—Que la avocación y delegación se lleven a cabo en los mismos términos y con las mismas funciones y facultades que venían atribuidas a la Concejal Delegada Dña. Angelita Cueva Fonseca en la citada Resolución de Alcaldía de fecha 10 de abril de 2025.
Cuarto.—Disponer que la presente delegación, siempre que se produzca la aceptación por parte de la Concejal delegada (la cual se entenderá otorgada si no se hace manifestación expresa en contrario en el término de tres días hábiles contados a partir de la notificación) surtirá efectos desde el día siguiente a su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Quinto.—Dar traslado de la presente Resolución a los interesados así como a los distintos Servicios Municipales a los que la delegación otorgada afecte.
Sexto.—Dar cuenta al Pleno de la Corporación en la próxima sesión que se celebre, debiendo publicarse igualmente en el BOPA, así como en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento.
Langreo, a 13 de junio de 2025.—El Alcalde.—Cód. 2025-05194.