Decreto de Alcaldía. Delegación de la facultad de celebración de matrimonio civil el 13 de junio de 2025.
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Teniendo en cuenta que la celebración de matrimonios civiles en los Ayuntamientos es competencia del Alcalde o Concejal en quien delegue, en virtud de lo establecido en el artículo 51 del Código Civil.
En base al Informe Jurídico de fecha 11/06/2025.
En atención a lo recogido en el art. 43.5 a) del R. D. 2586/86, que prevé la posibilidad de realizar delegaciones especiales para un proyecto o asunto determinado, limitando su eficacia al tiempo de su gestión o ejecución, y del art. 44 del mismo Real Decreto, que establece los términos de la indicada delegación.
Y de conformidad con lo recogido en el apartado cuarto de la Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la autorización del matrimonio civil por los Alcaldes.
Vista la propuesta de fecha 12/06/2025.
La Alcaldía,
RESUELVE
Delegar en el Concejal de este Ayuntamiento, D. César Andrés Menéndez Barriada, la facultad de autorizar la celebración del matrimonio civil de D. José Ramón García Reguera y Dña. Beatriz Baquero Cuevas, que tendrá lugar el día 13 de junio de 2025, a las 17:30 horas, en la Alcaldía de esta casa Consistorial.
La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, dándose cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.
Mieres, a 13 de junio de 2025.—El Alcalde.—Cód. 2025-05079.