Resolución de 5 de junio de 2025, de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo, por la que se aprueba la oferta de plazas en las enseñanzas de grado de la Universidad de Oviedo en el curso 2025-2026.
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Antecedentes de hecho
Único.—La Universidad de Oviedo ha formulado propuesta de oferta de plazas en las enseñanzas de grado, aprobadas por Consejo de Gobierno de dicha Universidad de fecha 28 de febrero de 2025, con el fin de que la Comunidad Autónoma proceda a aprobar la programación de la oferta de plazas en las enseñanzas de grado en la Universidad de Oviedo en el curso 2025-2026.
Fundamentos de derecho
Primero.—De acuerdo con el Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, corresponde a la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo las competencias relativas a las Relaciones con la Universidad de Oviedo y, en general, enseñanza universitaria.
Por otra parte, el Decreto 49/2025, de 29 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo, establece en su artículo 26 que: "la Dirección General de Universidad ejercerá el diseño y desarrollo de la política de la Comunidad Autónoma en materia universitaria en relación y colaboración con las instituciones universitarias y otros centros superiores, en el marco de la legislación estatal y autonómica y de la autonomía universitaria, así como el ejercicio de fomento y coordinación de las actividades de investigación en el ámbito del sistema universitario asturiano. Especialmente, la Dirección General de Universidad asumirá la relación de la Administración del Principado con la Universidad de Oviedo".
Segundo.—La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en su artículo 31, establece que las Comunidades Autónomas efectuarán la programación de la oferta de enseñanzas de las universidades de su competencia y sus distintos centros, de acuerdo con ellas y conforme a los procedimientos que establezcan. Dicha oferta se comunicará a la Conferencia General de Política Universitaria para su estudio y aprobación, y el Ministerio de Universidades le dará publicidad. En dicha oferta las universidades reservarán, al menos, un 5 por ciento de las plazas ofertadas en los títulos universitarios oficiales de Grado, Máster Universitario y Doctorado para estudiantes con discapacidad, en la forma en la que se establezca reglamentariamente.
De conformidad con el artículo 15.e) de la misma ley orgánica, corresponde a la Conferencia General de Política Universitaria aprobar, para cada curso, la oferta general de enseñanzas y plazas de las titulaciones oficiales del sistema universitario.
Tercero.—El Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado (BOE n.º 138, de 7/06/2014). En el artículo 7.2 se dispone que: "la Conferencia General de Política Universitaria velará por garantizar el derecho de los estudiantes a concurrir a distintas Universidades. A tal fin, antes del 30 de abril de cada año, la Conferencia General de Política Universitaria hará público el número máximo de plazas que para cada titulación y centro ofrecen cada una de las Universidades públicas para el siguiente curso académico. Dichas plazas serán propuestas por las Universidades y deberán contar con la aprobación previa de la Administración educativa que corresponda".
Cuarto.—El artículo 7.3 del Decreto 412/2014, de 6 de junio, establece que las Administraciones educativas adoptarán las decisiones que correspondan en el ámbito de sus competencias para la aplicación de estas medidas.
Quinto.—El artículo 21.4 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, dispone que los titulares de las Consejerías, para la decisión de los asuntos de su competencia, podrán dictar Resoluciones.
En consecuencia, se procede a aprobar la programación de la oferta de plazas en las enseñanzas de grado en la Universidad de Oviedo, en el curso 2025-2026.
Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho de aplicación, en su virtud,
RESUELVO
Primero.—Aprobar la oferta de plazas en las enseñanzas de grado de la Universidad de Oviedo en el curso 2025-2026:
Enseñanzas de Grado
(1) Centro adscrito privado
(2) Centro adscrito público
* Incluidos en las cifras de nuevo ingreso de los Grados respectivos que integran la PCEO
** Pendiente de aprobación definitiva
Segundo.—Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias para general conocimiento, de conformidad con lo previsto en el art. 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y art. 7.1.b) de la Ley 1/1985, de 4 de junio, Reguladora de la publicación de las normas, así como de las disposiciones y otros actos de los órganos del Principado de Asturias.
Tercero.—Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Oviedo, a 5 de junio de 2025.—El Consejero de Ciencia, Industria y Empleo, Borja Sanchez García.—Cód. 2025-04898.