Decreto de Alcaldía. Aprobación del programa de gestión de colonias felinas del concejo de Noreña.

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Antecedentes de hecho

Primero.—La Ley 7/2023, de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales impone en el capítulo VI del Título II a las entidades locales la obligación de proteger a las colonias felinas, detallando en el artículo 39 el contenido mínimo que tendrán los Programas de Gestión de Colonias Felinas. Estos programas deberían elaborarse conforme a los Protocolos Marco que deben desarrollar las Comunidades Autónomas conforme establece el artículo 40 de esta misma Ley.

Segundo.—No habiéndose aprobado por el momento esta normativa autonómica de referencia, ante la necesidad de disponer de un programa de gestión y a la vista de las guías editadas por el Ministerio, en el ejercicio de la competencia atribuida a la Concejalía, se procede a aprobar el programa de gestión ética de las colonias felinas, así como del programa C. E. R. (Captura, esterilización y retorno) para este Ayuntamiento de Noreña.

Tercero.—La aprobación del mismo supone una actualización y reordenación respecto de las medidas que para aplicar el plan C. E. R. se venían desarrollando. El programa que se aprueba contiene las medidas mínimas legalmente exigibles y además se adecúa a las particularidades del Concejo de Noreña, en cuanto a concentración territorial y elevada presencia de colonias.

Fundamentos de derecho

Primero.—Es competente para la aprobación de este programa la Concejala Delegada de Medio Ambiente, en virtud de la delegación del ejercicio de las competencias municipales en materia de medio ambiente, efectuada por la Alcaldía mediante Decreto número 1598/2024, de 9 de octubre.

Segundo.—Las entidades locales tienen competencia en esta materia en aplicación conjunta de los artículos 25.2 letras b) y j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Tercero.—La aprobación del programa de gestión de colonias felinas por la entidad local debe realizarse en aplicación de la obligación legal impuesta en la nueva Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.

Por todo lo anteriormente expuesto, en virtud de las competencias que me han sido conferidas,

RESUELVO

Primero.—Aprobar el Programa de gestión de Colonias Felinas del Concejo de Noreña que se adjunta como anexo a esta Resolución.

Segundo.—Publicar el Programa en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en la Sede Electrónica municipal para su general conocimiento.

En Noreña, a 15 de mayo de 2025.

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Anexo

PROGRAMA DE GESTIÓN ÉTICA DE LAS COLONIAS FELINAS Y PLAN C. E. R. DEL AYUNTAMIENTO DE NOREÑA

Introducción.

La problemática de las poblaciones incontroladas de gatos en las calles, si bien viene siendo una constante en la relación entre ciudadanos y administraciones a lo largo del tiempo, constituye en la actualidad uno de los asuntos emergentes en el ámbito tanto de la gestión municipal como de la protección y bienestar animal.

Las legislaciones de control de población felina, basadas en su retirada y exterminio, así como la de retirada y reubicación en otros lugares o en centros de recogida, normalmente acompañadas de la prohibición de alimentarles en el ámbito urbano, han resultado ser absolutamente ineficaces. Se trata de unas actuaciones que, además de tener un difícil encaje legal y ético, y de no ser efectivas, provocan en ocasiones violentos enfrentamientos vecinales y suponen un absoluto derroche de recursos materiales y económicos, que en la mayoría de los casos para Ayuntamientos pequeños, son imposibles de asumir.

La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales impone en el capítulo VI del Título II a las entidades locales la obligación de proteger a las colonias felinas, detallando en el artículo 39 el contenido mínimo que tendrán los Programas de Gestión de Colonias Felinas. Estos programas deberían elaborarse conforme a los Protocolos Marco que deben desarrollar las Comunidades Autónomas conforme establece el artículo 40 de esta misma Ley.

No habiéndose aprobado por el momento esta normativa autonómica de referencia, ante la necesidad de disponer de un programa de gestión y a la vista de las guías editadas por el Ministerio, en el ejercicio de la competencia atribuida Ayuntamiento de Noreña, la Concejalía, procede a aprobar el programa de gestión.

La aprobación del mismo supone una actualización respecto de las medidas que para aplicar el plan C. E. R. se venían desarrollando. El programa contiene las medidas mínimas legalmente exigibles y además se adecúa a las particularidades del Concejo de Noreña en cuanto a concentración territorial y elevada presencia de colonias.

Realidad de las colonias y el efecto vacío.

Para abordar con perspectiva el tema del control de las poblaciones silvestres de gatos, hay que partir de la premisa básica de que la presencia de colonias felinas no se puede eliminar. La existencia de gatos silvestres es algo evidente e inevitable y hay que procurar una convivencia con ellos como seres vivos porque forman parte del entorno y deben tener derecho a seguir viviendo en libertad y a que su vida sea respetada.

Convivimos día a día con gatos, que habitualmente viven en libertad, integrados en nuestros pueblos y ciudades, y que en la mayoría de los casos son alimentados por los seres humanos, lo que hace que se reúnan en un determinado lugar y se formen colonias, conviviendo en ellas diferentes tipos de gatos:

● Gatos errantes, que son los que vagan con libertad por las calles, pero que tienen propietario identificado responsable tanto de su cuidado, como de los daños que pudieren ocasionar.

● Gatos abandonados o perdidos, que son gatos inicialmente sociables porque han tenido dueño, pero que se han llegado a vivir en el exterior. Estos gatos serían susceptibles de ser sacados de las colonias y puestos en adopción responsable.

● Gatos ferales, que son los nacidos en libertad, no sociables, que no se dejan tocar ni manipular y que por tanto no son susceptibles de adopción ni de adaptarse a una vida en el interior. Viven en la calle, ese es su medio y solo ahí se les puede proporcionar bienestar.

Las políticas públicas tradicionales para el control poblacional de las colonias felinas consistentes en capturar y retirar gatos de colonias se han demostrado poco éticas, ineficaces e ineficientes, por el hecho de que en aquellos sitios donde se realizado estas actuaciones, han vuelto a aparecer otros individuos por el denominado efecto vacío, que es sobradamente conocido en cualquier especie, y que supone que cuando una población es retirada de un lugar determinado, éste vuelve a ser ocupado por las poblaciones vecinas, para aprovechar los recursos disponibles hasta volver a alcanzar el nivel de densidad que el territorio es capaz de sostener. Así en las colonias de gatos, que una vez vaciadas, atraen a nuevos individuos de territorios vecinos que ocupan el lugar de los anteriores.

Tratar de eliminar de manera antinatural o artificial a todos los gatos de una zona resulta un esfuerzo inútil, costoso, ineficaz y además poco recomendable por los riesgos que implica para la salud pública por facilitar la presencia de plagas. Se presenta por tanto como única opción posible para el control de dichas colonias, incidir de modo directo en su natalidad.

La implantación de los planes de gestión ética de las colonias felinas, responde por tanto a la necesidad de dar solución a cuatro grandes problemas a los que se enfrentan las administraciones locales.

1. En primer lugar la salud y el bienestar de los gatos comunitarios.

2. En segundo lugar los problemas que pueden causar de insalubridad pública.

3. En tercer lugar la aparición de conflictos vecinales por ruidos y molestias en épocas de celo, marcajes, invasión de propiedades privadas, etc.

4. En cuarto lugar y no por ello menos importante, el altísimo coste económico que suponen las colonias para los Ayuntamientos, sobre todo los más pequeños que carecen de capacidad tanto económica, como de medios o personal, para llevar a cabo este tipo de actuaciones de control y cuidado.

Es por todo lo anterior, que la implantación de los programas de gestión ética y C.E.R. (método científico consistente en la captura, esterilización y retorno del gato comunitario a su colonia) una vez aplicado, permite que las poblaciones de gatos se vayan estabilizando cuando el número de individuos esterilizados alcanza el 70% de la colonia, y contribuye a su desaparición de manera progresiva, natural y ética cuando se alcanza el 100%. La salud y calidad de vida de los gatos mejora, así como disminuyen tanto las molestias vecinales como el mencionado gasto para las administraciones locales.

Programa C. E. R. (captura, esterilización y retorno)

El método C.E.R. (Captura-Esterilización-Retorno) trata de dar solución a los problemas ocasionados a los gatos y los sufridos por los propios gatos, incidiendo sobre su esterilización, para impedir el aumento descontrolado de la densidad de animales. Una vez esterilizados, identificados, marcados y tratados sanitariamente, éstos son devueltos al territorio donde desarrollan su vida. El retorno a su colonia de origen debe realizarse en el menor tiempo posible, siempre respetando las recomendaciones sanitarias del veterinario/a. Someterlo a un confinamiento alargado en el tiempo aumenta notablemente sus niveles de estrés y en los gatos, que son seres vivos que somatizan muchísimo el estrés puede llevarlos a enfermar o incluso a la muerte.

Este método incluye, tal y como se menciona en el párrafo anterior, y con la finalidad de que los animales no vuelvan a ser trampeados, la realización de un marcaje a los individuos ya esterilizados de forma que se pueda identificar rápidamente los miembros sobre los que ya se ha actuado, y discernir si hay gatos nuevos en una colonia. De esta manera se mantiene las colonias bajo control y en buenas condiciones sanitarias, se evita el crecimiento descontrolado y se evita el conflicto entre los propios individuos y con los ciudadanos.

Objetivos del plan C. E. R.:

● Gestionar las colonias de gatos mediante la puesta en marcha del programa con el objetivo de que se produzca una disminución progresiva, controlada y ética de los individuos de cada colonia.

● Garantizar la salud, bienestar y protección de los ejemplares existentes en las colonias.

● Tener conocimiento actualizado del número de colonias e individuos residentes en ellas.

● Tratar de evitar las molestias que las colonias y los gatos ferales puedan causar a los vecinos.

● Implantar una campaña de información acerca del no abandono de gatos y de adopción responsable.

Procedimiento:

El programa se llevará a cabo en todas las colonias felinas del concejo de Noreña, sin que en ningún caso se puedan atender a casos procedentes de particulares a no ser que vaguen perdidos, en cuyo caso se procurará retornarlo a su propietario y se realizará de la siguiente manera:

● Toma de contacto y elaboración de un censo y mapa de situación de las colonias, tanto de las registradas como las que aún no lo están, anotando número de miembros, especificando su sexo y si están o no esterilizados previamente.

● Asignar un cuidador/voluntario/alimentador a cada una de las colonias y proporcionarle tanto información sobre los procedimientos, como su correspondiente identificación mediante carnet expresamente expedido y registrado por el Ayuntamiento.

● Determinar un calendario de actuaciones junto con los cuidadores/voluntarios/alimentadores y centro veterinario para proceder a la captura de los miembros de las colonias según la urgencia y necesidad. Todo ello se realizará bajo la expresa coordinación del Ayuntamiento, que será quien determine el número de actuaciones a realizar en cada colonia y siempre supeditado a la realización de las esterilizaciones y asistencias en el centro veterinario asignado por el mismo.

● Los procesos de captura se realizarán en coordinación con el propio Ayuntamiento, quien expedirá la correspondiente autorización por determinado período de tiempo y a determinadas personas habilitadas al efecto, que normalmente serán por cuestiones de conocimiento de hábitos de la colonia y de contacto directo los propios cuidadores de la colonia, o en determinados casos, personas vinculadas a asociaciones protectoras de animales que presten su colaboración con el propio Ayuntamiento.

● La captura de los individuos se hará de manera controlada, mediante utilización de jaula trampa. Una vez capturado el animal, se procederá a asegurar el cierre de la jaula mediante brida y a cubrir la jaula para minimizar el estrés del animal. Se realizará el traslado al centro veterinario designado y se ingresará al animal para su intervención o tratamiento. El animal en caso de esterilización no pasará más de 24 horas en la clínica en caso de ser macho, o 48 horas en caso de ser hembra.

● El protocolo de esterilización será el siguiente:

— Examen físico y tratamiento de las patologías encontradas durante el examen.

— Comprobación del chip por si estuviera extraviado.

— Desparasitación interna y externa.

— Esterilización quirúrgica completa tanto en machos como en hembras.

— Marcaje en la oreja mientras aún está anestesiado el individuo. La punta de la oreja izquierda los machos, y la derecha las hembras.

— Administración de antibióticos de larga duración, analgésicos y antiinflamatorios.

— Post operatorio en clínica bajo supervisión de mínimo 24 horas en gato macho, y 48 en hembra.

● Respecto al retorno, el día pactado con el veterinario se recogerá al animal para su traslado a la colonia de origen. La suelta se realizará en momento tranquilo y enfocado a la zona más segura de la colonia. Las jaulas, mantas y transportines serán desinfectados tras su uso.

● Por parte de los encargados de las capturas y del propio Ayuntamiento, se llevará finalmente un registro de las actuaciones realizadas en cada colonia.

● El Ayuntamiento destinará para todo lo anterior, una partida presupuestaria fija anual para el plan C.E.R. Partida que será mantenida en el tiempo para un correcto control de la población felina.

Figura y funciones del voluntario/cuidador/alimentador.

Las colonias se acondicionarán por parte de los voluntarios/cuidadores/alimentadores, retirando la basura acumulada como consecuencia directa de la colonia (restos de alimento, deyecciones, desperdicios, etc) y se habilitarán zonas de alimentación. Los puntos de alimentación serán controlados por estos voluntarios y no se podrán cambiar de sitio sin autorización del Ayuntamiento.

Todo ciudadano que quiera formar parte del voluntariado del programa C.E.R., o ser voluntario/alimentador/cuidador de una colonia deberá solicitarlo al Ayuntamiento, rellenando la correspondiente solicitud. Estos tendrán las siguientes tareas:

— Llevar un registro de los miembros de la colonia y las actuaciones realizadas. Especificando con la mayor precisión posible el número de machos y hembras y si están esterilizados o no, así como llevar un registro de las bajas.

— Suministrar agua limpia y fresca de forma continuada a los gatos de la colonia.

— Alimentar a las colonias con pienso seco para gatos, evitando todo alimento orgánico o húmedo con el fin de mantener limpia la colonia. En caso de proporcionar otro tipo de alimento, el alimentador permanecerá junto a la colonia hasta la finalización del mismo, para la retirada de restos y limpieza de los comederos y asegurarse que no queda alimento a disposición de otros animales. Habrán de portar en todo momento el carnet de alimentador expedido por el Ayuntamiento a tal efecto.

— No alimentar a las colonias cuando sean indicados para ello con la finalidad de proceder a la captura de individuos para su esterilización. Normalmente las indicaciones irán dirigidas a la retirada de alimento la noche anterior a la captura.

— Colaborar en la captura, traslado y retorno para la esterilización de los individuos.

— Desinfección de las jaulas y demás material entre capturas para evitar diseminar enfermedades entre colonias. El material será facilitado por el Ayuntamiento. Deberán preavisar de la necesidad de dichos productos.

— Observar el estado de los gatos de manera continuada y en especial en los días posteriores a su retorno tras las esterilizaciones.

— Comunicar al Ayuntamiento cualquier incidencia o problema en la colonia a la mayor brevedad posible.

— Informar de cualquier período de ausencia o de cese de los mismos para proceder a asignar un nuevo alimentador/cuidador.

Funciones del Ayuntamiento de Noreña.

El Ayuntamiento será encargado de:

— Asignar zona concreta a cada voluntario/alimentador/cuidador o registrar los que ya estén haciendo actualmente dichas labores.

— Dotar a los voluntarios/cuidadores/alimentadores del carné correspondiente.

— Dotar a las colonias registradas de cartel identificador de colonia felina registrada y controlada por el Ayuntamiento de Noreña.

— Suministrar del material para captura, contención y desinfección de los mismos.

— Distribuir los cupos de esterilizaciones.

— Elaborar los contratos para las esterilizaciones del proyecto C. E. R.

— Realizar inspecciones periódicas a las colonias felinas.

— Mantener actualizado el registro de Colonias y de Intervenciones en colonias felinas.

— Elaborar campañas de concienciación ciudadana.

— Procurar convenios de colaboración con Asociaciones Protectoras de Animales para entre otras cosas fomento de las adopciones.

— Suministrar donaciones de alimentación y en la medida de las posibilidades existentes acondicionar las zonas de alimentación y ubicar comederos.

— Velar por el cumplimiento de este programa.

Si bien ya se han llevado a cabo algunas actuaciones de esterilización de colonias en el Concejo de Noreña con la colaboración de voluntarios y Asociaciones Protectoras de Animales, durante el año 2025 el Ayuntamiento de Noreña solicitará subvención para continuar avanzando con el programa C. E. R. al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para mejorar e impulsar el control poblacional de colonias felinas.

Este programa además se complementará con las posibles donaciones y aportaciones vecinales en materia de pienso, mantas, agentes de limpieza, arena, etc., que el Ayuntamiento de Noreña distribuirá de forma equitativa en función del número de gatos a los/as voluntarios/as responsables de cada colonia de forma que llegue a todas ellas.

Noreña, 15 de mayo de 2025.—El Alcalde.—Cód. 2025-04522.

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