Resolución de 9 de junio de 2025, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se establecen los servicios mínimos con motivo de la huelga convocada para los días 11 de junio y 4 de septiembre de 2025, por las organizaciones sindicales CC. OO., CSIF y UGT, en las escuelas infantiles de 0-3 años de Asturias.
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Convocada huelga para los días 11 de junio y 4 de septiembre de 2025, por las organizaciones sindicales CC. OO., CSIF y UGT, en la red de escuelas infantiles del ciclo de 0 a 3 años de educación infantil de Asturias, que afecta a la totalidad del personal de las escuelas infantiles de 0-3 años de todos los ayuntamientos de Asturias, Consejería de Educación y Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, resulta imprescindible mantener cubiertos determinados puestos de trabajo para garantizar la prestación de los servicios públicos dependientes de las citadas Consejerías.
Por tanto, es necesario armonizar el interés general y el derecho de huelga mediante la adopción de las medidas necesarias para asegurar el funcionamiento de aquellos servicios que, limitando lo menos posible el contenido de dicho derecho, sean a la vez suficientes para garantizar las actividades de carácter esencial para la ciudadanía.
En virtud de lo expuesto, en aplicación de lo previsto en el artículo 10, párrafo 2, del Real Decreto Ley 17/1977, 4 de marzo, sobre Relaciones de Trabajo y las sentencias del Tribunal Constitucional de 8 de abril y 5 de noviembre de 1981 y visto el artículo 14, apartado e), de la Ley del Principado de Asturias 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público, así como el artículo 38 de la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, de conformidad con las propuestas efectuadas por la Consejería de Educación y la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar y oído el Comité de huelga, por la presente
RESUELVO
Primero.—Establecer los servicios mínimos que figuran como anexos a la presente resolución.
Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Oviedo, 9 de junio de 2025.—La Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, Gimena Llamedo González.—Cód. 2025-04916.
Anexo I
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
— Escuelas Infantiles 0-3 "Les Escuelines/as Escolías": Una persona con la categoría de "Técnico/a de Educación Infantil" por cada unidad.
El servicio de escuela infantil se considera esencial al objeto de salvaguardar el derecho a la conciliación familiar, promoviendo que las familias puedan conciliar su vida personal y laboral sin tener que dejar a sus hijos/as a cargo de la red familiar o social de apoyo.
Anexo II
CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR
DIRECCIÓN GENERAL DE INFANCIA Y FAMILIAS
La ratio establecida por decreto es de dos Técnicos/as de Educación Infantil por aula, sin embargo se hallan niños con necesidades especiales que obligan prácticamente a que una persona deba supervisarlos permanentemente.
Se debe ponderar el derecho al ejercicio de huelga con el supremo interés del menor; no solo del menor que precisa atención especial, sino del resto de menores que lo acompañan en el aula o en el centro. Asimismo, en los centros pertenecientes a esta Consejería se encuentran niños con necesidades de alimentación que precisan menús específicos.