Resolución de 16 de mayo de 2025, de la Directora Gerente del Organismo Autónomo Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias, por la que se dispone la ejecución de la sentencia 76/2025 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Oviedo.

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ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES PARA ANCIANOS DE ASTURIAS (ERA)

En el Procedimiento Ordinario 147/2024 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 3 de Oviedo, a instancia de la mercantil Hermanos Álvarez Roquer, S. L., fue dictada Sentencia n.º 76/2025, de 5 de mayo de 2025, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la demandante.

La referida sentencia es firme y en orden a su ejecución han de seguirse los trámites establecidos en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por la que se regula la Organización y Funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias, en consecuencia,

RESUELVO

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia firme n.º 76/2025, de fecha 5 de mayo de 2025, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 3 de Oviedo, dictada en el Procedimiento Ordinario 147/2024, a instancia de Hermanos Álvarez Roquer, S. L., cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Que estimando como estimo parcialmente el recurso contencioso-administrativo n.º 242/23, interpuesto por Hermanos Álvarez Roquer, S. L., contra la inactividad del ERA por el impago a la demandante, Hermanos Álvarez Roquer S. L., de una serie de facturas correspondientes a los servicios prestados a la citada Administración en los meses de octubre a agosto de 2023, por impago de una serie de facturas, debo declarar y declaro:

Primero.—La nulidad del acto recurrido por no ser conforme con el ordenamiento jurídico.

Segundo.—Se reconoce el derecho de la actora a que la Administración demandada le abone la cantidad de 115.950 euros en concepto de principal, 200 euros en concepto de costes de cobro, y los intereses de demora en las operaciones comerciales, de acuerdo con lo solicitado por la actora.

Tercero.—No se realiza expresa imposición de las costas de este recurso.

Cuarto.—Se fija como cuantía de este recurso la cantidad de 115.950 €".

Segundo.—Disponer la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 16 de mayo de 2025.—La Directora Gerente del Organismo Autónomo "Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias".—Cód. 2025-04319.

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