Resolución de 20 de mayo de 2025, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se aprueba la carta de servicios del Servicio de Gestión Económica de Personal.
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El Decreto 61/2014, de 25 de junio, por el que se regulan las cartas de servicios en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias, en su artículo 3, las define como documentos en los que cada órgano o unidad informa a la ciudadanía sobre los servicios que presta, los compromisos de calidad que asume y los derechos que asisten a aquella en relación con estos servicios.
Según lo dispuesto en el artículo 5.1 del citado decreto los responsables de su elaboración, gestión y actualización serán los titulares de los órganos o unidades a los que se refieran, correspondiendo su aprobación a la Consejería competente por razón de la materia, mediante resolución, previo informe de la Dirección General competente en materia de calidad en la prestación de los servicios públicos.
Por Resolución de 11 de febrero de 2022, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático se aprobó la Carta de servicios del servicio de gestión económica de personal del Principado de Asturias (BOPA n.º 43, de 03/03/2022).
La nueva estructura orgánica, así como la necesidad de revisión de los compromisos establecidos justifican esta modificación.
Al respecto el Servicio de Gestión Económica de Personal ha elaborado su Carta de servicios, un instrumento de mejora de la calidad de los servicios públicos.
La carta ha sido informada por la Dirección General de Participación Ciudadana, Transparencia, Diversidad Sexual y LGTBI, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.1 del decreto indicado.
De acuerdo con lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.4 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, por la presente,
RESUELVO
Primero.—Aprobar la carta de servicios del Servicio de Gestión Económica de Personal que figura como anexo a la presente resolución.
Segundo.—Dejar sin efecto la Resolución de 11 de febrero de 2022, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático por la que se aprobó la Carta de servicios del Servicio de Gestión Económica de personal del Principado de Asturias.
Segundo.—Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
En Oviedo, a 20 de mayo de 2025.—La Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, Gimena Llamedo González.—Cód. 2025-04210.
Anexo
Carta de servicios
Servicio de gestión económica de personal
Misión:
Al Servicio de Gestión Económica de Personal le corresponden las funciones generales de informe, asesoramiento y propuesta en materia retributiva; también le corresponde la elaboración de estudios, proyectos y directrices en esta materia y la planificación, valoración y propuesta de presupuestación de los gastos de personal. En general es misión de este Servicio el ejercicio de las competencias que le corresponden a la Consejería competente en materia de empleo público sobre las retribuciones de personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos, entes públicos y resto de sujetos del sector público autonómico. En todo caso, compete a este Servicio la elaboración y gestión centralizada de la nómina del personal al servicio de las Consejerías de la Administración del Principado de Asturias, incluido el personal docente y el personal al servicio de la Administración de Justicia.
Datos de identificación del órgano:
Principado de Asturias
Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo.
Dirección General de Empleo Público.
Servicio de Gestión Económica de Personal
Código de identificación (DIR 3): A03033897E v4
Página web: www.asturias.es
Direcciones y Teléfonos:
Hnos. Menéndez Pidal, 7-9, 2.ª planta (33005-Oviedo, Asturias) (excepto la Sección de Gestión Económica de Personal Docente)
Tfno. 985 10 58 65
Fax 985 10 59 92
— Sección de Gestión Económica de Personal Docente se encuentra en la Plaza de España n.º 5, 2.ª planta.
Tfno. 985 10 86 28
Fax 985 10 59 25
Correos electrónicos:
GESTIONECONOMICA.PERSONAL@asturias.org
NOMINAS_FUNCIONARIOSYLABORALES@asturias.org
NOMINAS_PERSONALDOCENTE@asturias.org
SECCION_NOMINAS1@asturias.org
SISTEMASPREVISIONSOCIAL@asturias.org
Horario de atención al usuario: De lunes a viernes de 9 h a 14 h, tanto de forma telefónica como presencial.
Normas que regulan la prestación del servicio:
* Ley Presupuestos Generales del Estado y del Principado de Asturias.
* Ley 2/2023 de 15 de marzo de Empleo Público del Principado de Asturias.
* Real Decreto Legislativo 3/2000 de 23 de junio por el que se aprueba el texto refundido sobre el régimen especial de la Seguridad Social del Personal al servicio de la Administración de Justicia.
* Real Decreto Legislativo 4/2000 de 23 de junio por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.
* Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
* Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
* Decreto Legislativo 2/1998 de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del régimen económico y presupuestario del Principado de Asturias.
* Decreto 1/2009 de 28 de enero, por el que se regulan determinados aspectos del régimen de retribuciones del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos.
* Decreto 77/1988, de 23 de junio, por el que se regula el régimen de indemnizaciones por razón del servicio de los miembros del Consejo de Gobierno y demás altos cargos de la Administración del Principado de Asturias
* Decreto 92/1989, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón del Servicio en la Administración del Principado de Asturias.
* Decreto 1/2009 de 28 de enero, por el que se regulan determinados aspectos del régimen de retribuciones del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos.
* Resolución de 18 de mayo de 2011, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, por la que se dictan instrucciones en materia de concesión de anticipos reintegrables al personal de la Administración del Principado de Asturias.
Servicios prestados:
— Elaboración y cálculo de la nómina del personal adscrito a las Consejerías de la Administración del Principado de Asturias.
— Emisión de los recibos de nómina. Pueden ser consultados obteniendo copia de los mismos en formado PDF a través del Portal del Empleado. En los casos en que el usuario no tenga acceso a dicho portal, se facilitarán las mismas por correo postal o electrónico.
— Emisión de certificados de retenciones y pagos a cuenta del IRPF, obteniendo copia de los mismos en formato PDF a través del Portal del Empleado. En los casos en que el usuario no tenga acceso a dicho portal, se facilitarán las mismas por correo postal o electrónico.
— Tramitación de las solicitudes presentadas mediantes formularios y solicitudes telemáticas disponibles a través del Portal del Empleado de cambios de domicilio, cambios de domiciliación bancaria para el abono de la nómina y comunicaciones de la situación personal y familiar a efectos de retención del IRPF.
— Tramitación de las altas y bajas y gestión de aportaciones a organizaciones sindicales para el personal afiliado a las mismas que desee realizar abono de cuotas por nómina.
— Tramitación de altas y bajas en los regímenes de afiliación a la Seguridad Social, Clases Pasivas, MUFACE Y MUGEJU y gestión de cotizaciones del personal en situación de alta adscrito a las Consejerías de la Administración del Principado de Asturias.
— Tramitación de altas y bajas y aportaciones solicitadas al Plan de pensiones de la Administración del Principado de Asturias.
— Gestión y tramitación de las retenciones judiciales y por pensiones alimenticias a aplicar en la nómina del personal.
— Gestión de anticipos reintegrables solicitados por empleados públicos adscritos a las Consejerías.
— Abono, en régimen de pago delegado, de las prestaciones reconocidas conforme a la normativa vigente en materia de Seguridad Social en casos de incapacidad temporal o situaciones asimiladas, así como de las prestaciones económicas complementarias en aquellos casos en que exista garantía retributiva del 100 por cien.
— Atención de reclamaciones y solicitudes sobre los conceptos incluidos en nómina y cotizaciones sociales.
— Emisión de Certificados de Empresa requeridos en procesos de incapacidad temporal, nacimiento y cuidado del menor, riesgo de embarazo y tramitación de jubilaciones.
— Emisión de certificados sobre salarios y retribuciones percibidas cuando proceda (tramitación de procesos de incapacidad, contratos relevo, solicitud de prestaciones, procedimientos de incompatibilidad, etc).
— Tramitación de las propuestas de pagos extraordinarios y atrasos.
— Elaboración de las propuestas de Resolución de Reintegros por pagos indebidos y seguimiento de la devolución efectuada por las personas interesadas.
— Elaboración de informes y propuestas ante las reclamaciones y recursos que se interpongan en materia económica de personal.
— Realización de estudios e informes económicos en materia de personal.
— Gestión y tramitación de los diferentes conceptos retributivos, incidencias y retenciones de la nómina del personal.
— Seguimiento de la ejecución del gasto del Capítulo I.
— Participación en la elaboración del Presupuesto del Principado de Asturias, elaborando el anteproyecto de presupuestos del Capítulo I y gastos de personal así como el Informe de Personal que acompaña al proyecto de Ley del Principado de Asturias de Presupuestos Generales para cada ejercicio.
— Gestión de los movimientos de afiliación ante la TGSS: Altas, Bajas y modificaciones y su comunicación a los distintos Servicios Administrativos.
— Cumplimentación de las distintas estadísticas ante las Administraciones.
— Elaboración de informes sobre las modificaciones presupuestarias planteadas por las Consejerías u organismos públicos.
— Propuesta de modificaciones presupuestarias del capítulo 1, gastos de personal, que responden a procesos de autoorganización o políticas de personal o que se derivan de la modificación de los instrumentos de ordenación de puestos de trabajo.
— Elaboración de estadísticas de retribuciones tanto mensual para el Ministerio de Hacienda como anual para el ISPA.
— Propuesta del acuerdo de consejo de gobierno por el que se aprueban las retribuciones del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias.
Derechos de la ciudadanía:
— A identificar al personal integrado en el Servicio bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos administrativos en los que sean interesados.
— A ser tratados con respeto y deferencia por el personal del Servicio, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
— A la protección de datos de carácter personal y en particular a la seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones manejados por el Servicio.
— A no presentar documentos originales, salvo que, de manera excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario. En caso de que, excepcionalmente, deban presentar un documento original, tendrán derecho a obtener una copia autenticada de éste.
— A no presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por éstas.
— A formular alegaciones, utilizar los medios de defensa admitidos por el Ordenamiento Jurídico, y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución.
— A actuar asistidos de asesor cuando lo consideren conveniente en defensa de sus intereses.
— A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.
— A ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con el Servicio.
Presentación de sugerencias y quejas (Formas de participación ciudadana):
Los ciudadanos podrán presentar sugerencias (ideas con las que pretende mejorar los servicios que presta la Administración del Principado de Asturias o sus organismos y entes públicos, o alguno de sus procesos, o solicitudes para la prestación de servicios o actuaciones no ofrecidos) y quejas (incidencias durante la prestación de un servicio por parte de la Administración del Principado de Asturias o sus organismos y entes públicos que produce en quien reclama la percepción de ineficacia o de actuación inadecuada) a través del formulario correspondiente:
- Por el canal presencial o por correo postal en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana de Oviedo, Gijón o Avilés, o en cualquiera de los registros y oficinas a que se refiere la LPAC.
- Por Internet en www.asturias.es (SUGE0005T01).
Compromisos de calidad:
— Proporcionar la información requerida telefónicamente o por correo electrónico en el plazo de tres días hábiles posteriores a su planteamiento en el 90% de los casos.
— Tramitar el 90% de los certificados solicitados, una vez que se tenga toda la documentación necesaria, en el plazo de siete días hábiles.
— Reconocer y abonar el 90% de los anticipos de nómina solicitados en la mensualidad inmediatamente posterior a su solicitud, en los supuestos en que se reúnan los requisitos para su concesión.
— Atender el 90% las solicitudes presentadas en relación con las nóminas de los empleados públicos, revisando y subsanando las discrepancias que se planteen en la nómina inmediatamente posterior a su detección siempre que sean procedentes
— Resolver el 90% de los recursos planteados referentes al pago de la nómina en el plazo de un mes desde su presentación.
— Informar el 90% de las quejas y sugerencias presentadas por los empleados públicos en un plazo no superior a 10 días hábiles.
Indicadores de calidad:
— Porcentaje de consultas contestadas por teléfono o por correo electrónico en el plazo de tres días hábiles.
— Porcentaje de certificados emitidos a solicitud del interesado dentro del plazo de siete días hábiles.
— Porcentaje de anticipos de nómina que no hubieran sido incluidos en la mensualidad inmediatamente posterior a su solicitud en los casos en los que se cumplan los requisitos legalmente exigidos.
— Porcentaje de solicitudes revisadas y subsanaciones en la nómina inmediatamente posterior a la discrepancia planteada.
— Porcentaje de recursos resueltos en el plazo de un mes..
— Porcentaje de quejas y sugerencias contestadas en el plazo de diez hábiles.
Medidas de subsanación:
Las reclamaciones por incumplimiento de los compromisos declarados en esta carta podrán dirigirse al Servicio de Gestión Económica de Personal (c/ Hermanos Pidal 7/9, 2.ª planta, Oviedo) o al correo electrónico GESTIONECONOMICA.PERSONAL@asturias.org.En un plazo máximo de 30 días naturales este Servicio se dirigirá al usuario por el medio que este haya especificado informando de las causas por las cuales el compromiso no se haya podido cumplir e informando sobre las medidas adoptadas para subsanar el incumplimiento denunciado.
El incumplimiento de los compromisos declarados en esta carta en ningún caso dará lugar a responsabilidad patrimonial de la Administración.