Anuncio. Convocatoria para la elección de Juez de Paz Sustituto.
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Siendo necesario iniciar el procedimiento para cubrir la vacante de Juez de Paz sustituto de este municipio, y correspondiendo al Pleno de esta Corporación, elegir las personas para ser nombradas, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas en desempeñar los citados cargos de Juez de Paz Sustituto, y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía, acompañado de los siguientes documentos:
a) Fotocopia del DNI o certificado de nacimiento
b) Declaración en la que se haga constar los siguientes extremos:
— Que no está procesado o inculpado por delito doloso.
— Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
— Que es español, mayor de edad, no está impedido física o psíquicamente para la función judicial y que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia.
— Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad ni de incompatibilidad o prohibición previstas en los arts. 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
c) Documentos acreditativos de los méritos o títulos que alegue el solicitante.
Ante las dudas que se susciten la Alcaldía podrá requerir la presentación de documento idóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad en que se hubiere podido incurrir.
La elección de Juez de Paz sustituto será efectuada por el Pleno Corporativo del Ayuntamiento de Illas mediante acuerdo adoptado con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus miembros entre las personas que, reuniendo los requisitos legales, así lo hubieran solicitado.
Si no hubiera solicitudes el Pleno decidirá libremente.
El candidato propuesto por el Ayuntamiento será nombrado Juez de Paz sustituto por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia para un período de cuatro años.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Illas, a 15 de mayo de 2025.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2025-04040.