Anuncio. Ratificación del acuerdo definitivo de cesión del uso de bienes inmuebles a favor de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria para alojar las Oficinas Comarcales.
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El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria aplazada celebrada el día 10 de abril de 2025 adoptó el siguiente acuerdo:
«3.—Ratificación del Acuerdo definitivo de cesión del uso de bienes inmuebles a favor de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria para alojar las Oficinas Comarcales.
Tras lectura del dictamen de la comisión informativa, el Sr. Alcalde da cuenta del expediente de cesión gratuita del uso de bienes inmuebles municipales número 15237N:SEC/2024/3 y la publicación del acuerdo provisional en el BOPA n.º 171 de fecha 2 de septiembre de 2024 y de la solicitud de ampliación del Acuerdo realizada por la Consejería de Medio Rural y Política Agraria a través del Servicio Jurídico del Principado de Asturias relativa a incluir una aclaración relativa al tipo de cesión y a las obras que se pretenden realizar en los mismos
Tras lo cual se somete el asunto a votación y por once votos a favor de los once Concejales presentes de los once que compone el pleno
ACUERDA
Primero.—Ratificar el acuerdo anterior de cesión del uso de bienes inmuebles a favor de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria para alojar las Oficinas Comarcales y añadir al acuerdo el siguiente apartado:
"Los términos del Acuerdo se refieren en todo momento a la cesión gratuita del uso de los bienes inmuebles señalados.
Las obras que se ejecuten quedarán a beneficio del inmueble, sin derecho a indemnización por parte del cesionario"
Segundo.—Exponer al público el expediente por un plazo de 20 días en el tablón de Edictos del ayuntamiento y en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, para que por los interesados se puedan presentar reclamaciones y sugerencias, las cuales deberán ir dirigidas al Pleno del Ayuntamiento. En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el Acuerdo hasta entonces provisional.
Tercero.—Dar cuenta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 del RB, al órgano competente de la Comunidad Autónoma.
Cuarto.—Facultar al Sr. Presidente de la entidad local para la firma de cuantos documentos y realización de cuantas gestiones sean precisas a fin de dar cumplimiento a este acuerdo.»
Los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas durante los veinte días siguientes a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Los acuerdos provisionalmente adoptados se entenderán definitivos si no se presenta reclamación alguna en el plazo señalado en el apartado anterior.
Vegadeo, a 25 de abril de 2025.—El Alcalde.—Cód. 2025-03683.