Resolución de 23 de abril de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, de rectificación de errores de la Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se convoca la cobertura, con carácter temporal, de una plaza de Enfermero/a Profesor/a, en la Facultad de Enfermería de Gijón.
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SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)
Antecedentes de hecho
Primero.—En virtud de Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, se aprobó la convocatoria para la cobertura con carácter temporal, de una plaza de Enfermero/a Profesor/a, en la Facultad de Enfermería de Gijón (BOPA 10-IV-2025).
Segundo.—Advertido error material en el punto 2 de la base Cuarta de la convocatoria, relativo al plazo señalado para la presentación de las solicitudes, de diez días hábiles, se procede a su rectificación.
Fundamentos de derecho
Único.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
En base a todo lo expuesto,
RESUELVO
Primero.—Rectificar el apartado punto 2 de la base Cuarta de la convocatoria para la cobertura con carácter temporal de una plaza de Enfermero/a Profesor/a, en la Facultad de Enfermería de Gijón, aprobada por Resolución de 18 de marzo de 2025, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, número 70 de 10 de abril de 2025, donde dice: «2. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias», debe decir: «2. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias».
Segundo.—Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, conservándose las presentadas hasta la fecha por las personas interesadas.
Tercero.—Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, así como en el «Portal de salud del Principado de Asturias».
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Salud en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo, de Salud, en relación con el artículo 27 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la utilización de cualquier otro recurso que se estime procedente.
Oviedo, 23 de abril de 2025.—El Director Gerente.—Cód. 2025-03692.