Resolución de 23 de abril de 2025, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se designan los componentes de la Comisión que ha de estudiar y valorar las solicitudes de la convocatoria 2025 de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a profesionales y empresas para la ejecución de proyectos culturales y acciones de formación y movilidad.
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Examinado el expediente de la convocatoria 2025 de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a profesionales y empresas para la ejecución de proyectos culturales y acciones de formación y movilidad, resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.—Por Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte (cuyo extracto se publicó en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en adelante, BOPA, n.º 14 de 22 de enero de 2025, se aprobó anticipadamente la convocatoria de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a profesionales y empresas para la ejecución de proyectos culturales y acciones de formación y movilidad.
Segundo.—Para la Resolución de los expedientes de la citada convocatoria, se hace preciso que, conforme a lo dispuesto en la base XI de las reguladoras que rigen la mencionada convocatoria, aprobadas por Resolución de 29 de junio de 2022, de la anterior Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo (BOPA n.º 129 de 6 de julio de 2022) se designe una Comisión de valoración de las solicitudes.
Tercero.—De conformidad a la citada Base XI, la Presidencia recaerá en la persona titular de la Dirección General competente por razón de la materia o persona en la que éste delegue.
Fundamentos de derecho
Primero.—El artículo 3 del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, que regula el régimen general de subvenciones, en relación con el artículo 38 de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, el Decreto 10/2024, de 16 de febrero, del Presidente del Principado de Asturias, de segunda modificación del Decreto 22/2023, de 31 de julio, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, así como el artículo 10 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración; todo ello en cuanto a la determinación de las competencias y facultades para adoptar la presente Resolución.
Segundo.—El artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 7, párrafo 1.º, apartado e) del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, modificado parcialmente por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero por el que se regula el Régimen General de Concesión de subvenciones, en lo que se refiere al órgano que ha de proponer la concesión y/o denegación de las subvenciones.
Tercero.—De conformidad con la Base XI de las reguladoras de este tipo de ayudas, la Consejería competente en materia de cultura designará una Comisión de Evaluación que estudiará y evaluará los proyectos. Dicha Comisión estará presidida por la persona titular de la Dirección General competente por razón de la materia o persona en la que éste delegue, e integrada por un número mínimo de 2 y máximo de 4 personas adscritas a la Consejería competente en materia de cultura, actuando como Secretario/a una persona adscrita a la mencionada Consejería.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho invocados y que resultan de aplicación,
RESUELVO
Primero.—Designar como miembros de la Comisión para el estudio y evaluación de las solicitudes de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a profesionales y empresas para la ejecución de proyectos culturales y acciones de formación y movilidad en la línea 4 destinada a las ayudas al sector del audiovisual y del cine, a las siguientes personas:
• Presidente: D. Antón García Fernández, Director General de Acción Cultural y Normalización Llingüística.
• Vocales: D. Carlos Gil de Gómez Pérez-Aradros, Jefe del Servicio de Acción Cultural, Dña. Paula Modroño Pérez, Jefa de la Sección de Planificación y Programación Cultural y Dña. Beatriz Peláez Herrero, técnico del Servicio de Acción Cultural.
• Secretaria: D. Pablo Morán Ruiz, pudiendo actuar en su sustitución Dña. Tatiana Gayol Cantón, ambos adscritos al Servicio de Acción Cultural.
• Actuará como experto asesor designado al efecto por el Presidente de la Comisión, con voz pero sin voto, D. Javier Bouzas, responsable de Cinemateca.
Segundo.—Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
En Oviedo, a 23 de abril de 2025.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Deporte. Ana Vanessa Gutiérrez González.—Cód. 2025-03341.