Resolución de 16 de abril de 2025, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, de primera modificación parcial de la Resolución de 15 de abril de 2024, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería.
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Por Decreto 10/2024, de 16 de febrero, del Presidente del Principado de Asturias, se modificó el Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, creándose la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte. Posteriormente, y por Decreto 25/2024, de 15 de marzo, se estableció la estructura orgánica básica de la citada Consejería.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración, las competencias de los titulares de las Consejerías podrán ser delegadas por éstos en los de las Viceconsejerías, Secretarías Generales Técnicas, Direcciones Generales y, en su caso, de las Jefaturas de Servicio, con los límites y condiciones fijados en el propio artículo 15. A su vez, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del citado texto legal, la delegación de competencias se efectuará por resolución del órgano delegante, debiendo publicarse en el Boletín Oficial del Principado de Asturias tanto la delegación como su revocación.
En aplicación de estas disposiciones, mediante Resolución de 15 de abril de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte (BOPA núm 82, de 26-IV-2024), por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería, se estableció el régimen de delegación de competencias que resulta de aplicación.
El tiempo transcurrido desde entonces ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar algunos aspectos de la Resolución de delegación, para simplificar la tramitación de los expedientes de contratos derivados en un acuerdo marco o en el marco de un sistema dinámico de adquisición. Con la presente modificación parcial de la Resolución de 15 de abril de 2024, se busca unificar en un mismo órgano la competencia para adjudicar dichos contratos hasta el límite del contrato menor, la de autorización y disposición de los gastos correspondientes, y la de reconocimiento de las obligaciones económicas derivadas de los mismos, como ya estaba previsto en la citada Resolución en el ámbito de la contratación menor. Ello redundará en una mayor agilidad y simplificación en la tramitación de los expedientes.
Por lo expuesto, y en orden a favorecer y facilitar una eficaz y ágil gestión ordinaria de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte,
RESUELVO
Primero.—Modificar el apartado g) del dispositivo primero de la Resolución de 15 de abril de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería, de forma que el punto sexto queda redactado como sigue:
"— La adjudicación de los contratos derivados de un acuerdo marco o en el marco de un sistema dinámico de contratación financiados con cargo al programa presupuestario gestionado por la Secretaría General Técnica hasta el límite del contrato menor, así como la autorización y disposición de los gastos relativos a los mismos y el reconocimiento de las obligaciones económicas correspondientes."
Segundo.—Modificar el apartado c) del dispositivo segundo de la Resolución de 15 de abril de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería, de forma que el punto cuarto queda redactado como sigue:
"— La adjudicación de los contratos derivados de un acuerdo marco o en el marco de un sistema dinámico de contratación financiados con cargo a los programas presupuestarios gestionados por la Dirección General hasta el límite del contrato menor, así como la autorización y disposición de los gastos relativos a los mismos y el reconocimiento de las obligaciones económicas correspondientes."
Tercero.—Modificar el apartado c) del dispositivo tercero de la Resolución de 15 de abril de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería, de forma que el punto cuarto queda redactado como sigue:
"— La adjudicación de los contratos derivados de un acuerdo marco o en el marco de un sistema dinámico de contratación financiados con cargo a los programas presupuestarios gestionados por la Dirección General hasta el límite del contrato menor, así como la autorización y disposición de los gastos relativos a los mismos y el reconocimiento de las obligaciones económicas correspondientes."
Cuarto.—Modificar el apartado c) del dispositivo cuarto de la Resolución de 15 de abril de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería, de forma que el punto cuarto queda redactado como sigue:
"— La adjudicación de los contratos derivados de un acuerdo marco o en el marco de un sistema dinámico de contratación financiados con cargo a los programas presupuestarios gestionados por la Dirección General hasta el límite del contrato menor, así como la autorización y disposición de los gastos relativos a los mismos y el reconocimiento de las obligaciones económicas correspondientes."
Quinto.—Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, produciendo efectos desde el mismo día de su publicación.
Oviedo, 16 de abril de 2025.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Deporte, Ana Vanessa Gutiérrez González.—Cód. 2025-03303.