Resolución de 21 de abril de 2025, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, de segunda modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria para el período 2024-2026.
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La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone en su artículo 8.1, que con carácter previo al establecimiento de subvenciones, las Administraciones Públicas deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones, los objetivos y efectos que se pretendan con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación supeditándose en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de carácter programático que carece de rango normativo en sentido estricto. No tiene incidencia directa en la esfera de los particulares y no crea derechos, ni obligaciones. Su efectividad queda condicionada a la ejecución de las distintas líneas de subvención, en los términos que el mismo contempla, y a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.
Por Resolución de 5 de abril de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria (BOPA n.º 72, de 12-IV-2024), se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria para el período 2024-2026, modificado por la Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria (BOPA n.º 203, de 17-X-2024.
La promulgación de la Ley del Principado de Asturias 8/2024, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2025, supone la necesidad de efectuar ciertos ajustes sobre la cuantía de varias líneas recogidas en este Plan, así como la creación de nuevas ayudas y la supresión de otras, remitiéndose por las Direcciones responsables, las correspondientes modificaciones.
Resulta oportuno, por razones de sistemática y eficiencia, reflejar respecto de las líneas objeto de modificación, únicamente aquellos aspectos o apartados que resulten modificados, permaneciendo inalterable el resto del contenido en la forma prevista en el Plan inicial. En atención a lo anteriormente expuesto.
En consecuencia con lo expuesto, por la presente,
RESUELVO
En Oviedo, a 21 de abril de 2025.—El Consejero de Medio Rural y Política Agraria, Marcelino Marcos Líndez.—Cód. 2025-03250.