Anuncio. Bases específicas que rigen el proceso selectivo de 3 plazas de Jefe/a de Dotación del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios de promoción interna del Ayuntamiento de Gijón/Xixón incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2024. Expte. 24226F/2024.
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Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, adoptado en sesión de fecha 15 de abril de 2025, se aprobaron las Bases específicas de selección de 3 plazas de Jefe/a de Dotación del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios (Anexo I) de promoción interna incluidas en la Oferta de Empleo Publico 2024 del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127.1 h) de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local en la redacción dada por la Ley 57/2003de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, disponiendo la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en aras a garantizar la mayor publicidad y difusión de la convocatoria, a los efectos de lo previsto en los artículos 55, 61 y 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 91.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Anexo I
BASES ESPECÍFICAS PARA LA SELECCIÓN DE 3 PLAZAS DE JEFE/A DE DOTACIÓN DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS DEL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN - EN TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA (OEP2024)
1.—Grupo:
C, Subgrupo C1 de clasificación profesional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre.
2.—Clasificación:
Escala de Administración Especial. Subescala de Servicios Especiales. Clase: Servicio de Prevención y Extinción de Incendios. Denominación: Jefe/a de Dotación. Nivel de complemento de destino: 21.
3.—Número de plazas:
3 plazas, en turno de promoción interna entre funcionarios/as del Cuerpo de Bomberos/as del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, con plaza de Técnico/a Especialista en Prevención y Extinción de Incendios o Cabo, con cuatro años de antigüedad en dicha plaza y que reúnan los requisitos de participación establecidos en Bases Generales y en el presente anexo.
4.—Sistema de selección:
Concurso-oposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre de 2015, como sistemas generales de acceso a la función pública.
5.—Titulación exigida:
Estar en posesión del Título de Bachiller o Técnico o equivalentes o poseer una antigüedad de diez años en Cuerpos o Escalas del Grupo C, Subgrupo C2.
6.—Otros requisitos:
En cuanto necesarios para el ejercicio de funciones asignadas.
Estar en posesión de la titulación de Patrón de Navegación Básica (PNB) o superior.
Estar en posesión del permiso de conducir tipo C o equivalente.
7.—Presentación de instancias:
El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales a contar desde el siguiente al del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Con posterioridad a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, el resto de publicaciones se efectuarán a través del Tablón de Edictos y de la sede electrónica de la página web municipal del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.
En función del número total de aspirantes que concurran a la convocatoria, se podrá acordar realizar las pruebas de selección en diferentes turnos de llamamiento al objeto de garantizar la cobertura y buen funcionamiento del Servicio de Extinción y Prevención de Incendios.
No obstante, las diferentes pruebas que se establezcan para cada turno, tendrán una adecuación de contenidos y dificultad similar, en aras a salvaguardar el principio de igualdad de todos/as los/as aspirantes.
8.—Fases y desarrollo del proceso selectivo:
A) fase de oposición:
La puntuación máxima que se podrá obtener en la fase de oposición será de 30 puntos que se distribuyen de la siguiente forma:
La fase de oposición constará de un ejercicio obligatorio y eliminatorio. En la corrección del ejercicio, se debe hacer constar en el acta levantada por el Tribunal una sucinta motivación de la calificación otorgada a cada aspirante.
Consistirá en la resolución de 2 supuestos prácticos relacionados con funciones de la plaza y con las materias de la totalidad del programa. Esta prueba se realizará de modo escrito.
Duración del ejercicio: Hasta un máximo de 4 horas a criterio del Tribunal.
Se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados.
A criterio del tribunal este ejercicio, parcialmente o en su totalidad, podrá ser realizado utilizando herramientas informáticas a nivel usuario, como Libreoffice o Adobe Acrobat, bajo entorno Windows.
Este ejercicio se puntuará de 0 a 30 puntos y para superar el mismo será preciso obtener una calificación mínima de 15 puntos.
B) fase de concurso:
La puntuación máxima que se podrá obtener en la fase de concurso será de 20 puntos que se distribuyen de la siguiente forma:
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, no pudiendo en ningún caso aplicarse la puntuación obtenida en la misma para superar la fase de oposición.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación. En los procesos de valoración podrán recabarse a la persona interesada las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estimen necesarias para la comprobación de los méritos alegados.
B.1.—Titulaciones Oficiales: Por estar en posesión de las siguientes titulaciones oficiales, distintas a las que permiten el acceso, se puntuará conforme al siguiente baremo, y con un máximo de 3 puntos:
— Doctor: 2,5 puntos.
— Máster Universitario: 2 puntos.
— Licenciatura: Ingeniería, Arquitectura o Grado: 1,5 puntos.
— Diplomaturas e Ingenierías Técnicas: 1 punto.
— Técnico Superior: 0,5 puntos.
B.2.—Formación: Un máximo de 6 puntos por haber impartido o participado en cursos de formación relacionados con las funciones y/o temario de la plaza convocada.
Corresponde al Tribunal determinar, aplicando criterios técnicos y objetivos, qué cursos están relacionados con las funciones de la plaza.
Los cursos recibidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,003 puntos/hora.
Los cursos impartidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,004 puntos/hora.
Los méritos de formación se valorarán si esta ha sido impartida por una Administración Pública o por Universidades o Colegios Profesionales, o bien por cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos.
Solamente se valorarán aquellos cursos en que conste el número de horas de duración.
La valoración de la formación, además de la específica, incluirá la formación en aspectos generales, tales como informática, igualdad de género, prevención de riesgos laborales e idiomas será del 25% de este apartado. No obstante, si la formación general está directamente relacionada con el perfil de la plaza, la misma se valorará por el Tribunal como formación específica.
A los efectos de valorar la formación en idiomas se otorgará una puntuación de 0,45 puntos al Certificado de Nivel Superior de la Escuela Oficial de Idiomas y 0,25 puntos al Certificado de Nivel Elemental de la Escuela Oficial de Idiomas. No obstante, conforme al nuevo plan de estudios las certificaciones de la E.O.I. se otorgarán las siguientes:
Nivel Básico: 0,15 puntos.
Nivel Intermedio: 0,30 puntos.
Nivel Avanzado: 0,45 puntos.
Asimismo se valorarán las certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas o homologadas para la partición y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). A tales efectos los niveles de competencia de idiomas del MCER tendrá la misma valoración que los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en el anexo III del Real Decreto 1.629/2006 de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Nivel A2 (Plataforma): 0,15 puntos.
Nivel B1 (Umbral): 0,30 puntos.
Nivel B2 (Avanzado): 0,45 puntos.
Las certificaciones que acrediten un nivel de competencia con referencia al Marco Común Europeo de las lenguas superior al nivel B2 (Avanzado), se les otorgará la siguiente puntuación:
Nivel C1 (Dominio Operativo Eficaz): 0,60 puntos.
Nivel C2 (Maestría): 0,75 puntos.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
B.3.—Experiencia: Hasta un máximo de 10 puntos, en función del grupo donde se prestaron los servicios, a razón de:
• En el subgrupo inmediatamente inferior o en mismo subgrupo al de la plaza convocada: 0,06 por mes completo de servicios prestados.
• En subgrupo superior al de la plaza convocada: 0,04 por mes completo de servicios prestados.
B.4.—Carrera: Hasta un máximo de 1 punto; por la posesión de grado personal, de acuerdo con el siguiente baremo:
Igual a la plaza convocada: 0,8 puntos.
Inferior: 0,6 puntos.
Superior: 1 punto.
En ningún caso podrán superar el proceso un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas, no obstante, se podrá formar una bolsa cuyo orden de los aspirantes vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la fase de oposición y la fase de concurso.
9.—Clasificación del Tribunal:
El Tribunal contará con un presidente, un Secretario y tres vocales, cuya composición será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas. El Tribunal será de segunda categoría.
TEMARIO
En el supuesto de que se produzca variación en la normativa aplicable durante el período comprendido entre la publicación de las presentes bases y la celebración del proceso selectivo, será aplicable la normativa que resulte estar en vigor a la fecha de celebración del proceso selectivo.
PARTE GENERAL
Tema 1. La protección de datos de carácter personal: Principios y conceptos básicos. Derechos de los ciudadanos y obligaciones para las administraciones públicas. Cesiones y comunicaciones de datos de carácter personal.
Tema 2. La transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno en la Administración Pública, con referencia a las actuaciones llevadas a cabo por el Ayuntamiento de Gijón/Xixón para el impulso de la administración electrónica en sus relaciones con los ciudadanos y las empresas.
Tema 3. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Ordenanza de Igualdad entre Mujeres y Hombres (BOPA núm. 150 de 4-VIII-2023).
Tema 4. Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Tema 5. El Plan de normalización lingüística del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.
PARTE ESPECÍFICA
Tema 1. Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.
Tema 2. Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.
Tema 3. Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.
Tema 4. Reglamento del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos del Ayuntamiento de Gijón.
Tema 5. Ley 31/1995, de 08 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Capítulos I, III y V.
Tema 6. Evaluación de riesgos del Parque de Bomberos de Gijón, junio de 2022. Riesgos generales del Centro de trabajo. Ficha de puesto de trabajo: jefe/a de Dotación.
Tema 7. Protocolos internos de seguridad y salud: Procedimiento de gestión de higienización de EPI y prendas de trabajo. Formulario de higienización. Instrucción técnica de limpieza de traje de intervención.
Tema 8. Decreto 69/2014, de 16 de julio, por el que se aprueba el Plan Territorial de Protección Civil del Principado de Asturias (PLATERPA). Plan de Emergencias Municipal de Gijón (PEMUGI).
Tema 9. Código Técnico de la Edificación: Parte I. Documento Básico SI Seguridad en caso de Incendio.
Tema 10. Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
Tema 11. Real Decreto 2267/2004, de 03 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales.
Tema 12. Manual de incendios del CEIS de Guadalajara: Parte 2, Hidráulica; Parte 3, Incendios de interior y ventilación. Parte 5, Incendios Industriales.
Tema 13. Manual de riesgos tecnológicos y asistencias técnicas del CEIS de Guadalajara: Parte 1, Edificaciones; Parte 2, Estructuras colapsadas; Parte 7, NRBQ.
Tema 14. Manual de Rescate y Salvamento del CEIS de Guadalajara. Parte 1, Rescate en altura; Parte 3, Rescate en ríos, riadas e inundaciones; Parte 5, Rescate en accidentes de tráfico; Parte 6, Rescate en accidentes ferroviarios.
Tema 15. Manual para la formación del mando intermedio del CEIS de Guadalajara.
Tema 16. Manual de gestión operativa y mando para servicios de bomberos (página web de la Dirección General de Protección Civil).
Tema 17. Servicios generales de la población. Red de agua y alcantarillado de Gijón (Página web Municipal).
Tema 18. El Municipio de Gijón. División Administrativa: Distritos, Parroquias, Barrios, zona rural y principales edificios singulares. Accidentes geográficos, playas. Polígonos industriales y principales industrias (Página web Municipal).
Tema 19. Vías de Comunicación: Red de autovías, carreteras nacionales, autonómicas y locales. Principales avenidas y calles de la ciudad (Callejero, Página web Municipal).
En Gijón/Xixón, a 15 de abril de 2025.—La Jefa del Servicio de Organización y Planificación de Recursos Humanos.—Cód. 2025-03173.