Resolución de 9 de abril de 2025, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se dispone la ejecución de la sentencia 990/2022 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.
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Vista la sentencia 990/2022 dictada en fecha 7 de diciembre de 2022 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias en el recurso contencioso-administrativo número 294/2022, interpuesto por la procuradora doña E. C. P., en nombre y representación de Gerusia, S. L., este recurso contencioso-administrativo se dirige contra la desestimación presunta por silencio de la reclamación presentada el 7 de febrero de 2022 ante la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias del pago de facturas por importe de 145.980,54 euros como consecuencia de diversos servicios contratados y prestados en centros de la Administración (expedientes SBS714/19-2022 Lote 3 y SBS/16/06-007).
Considerando que la referida sentencia ha adquirido firmeza, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias,
RESUELVO
Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia cuyo tenor literal es el siguiente:
"Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la procuradora doña E. C. P., en nombre y representación de Gerusia, S. L., contra la desestimación presunta por silencio de la reclamación presentada el 7 de febrero de 2022 ante la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias del pago de facturas por importe de 145.980,54 euros como consecuencia de diversos servicios contratados y prestados en centros de la Administración (expedientes SBS714/19-2022 Lote 3 y SBS/16/06-007), por ser contraria a Derecho y, en consecuencia, nula, y reconociendo, por una parte, el derecho de la empresa recurrente al pago de la deuda principal más los intereses de demora.
Se imponen las costas al Principado de Asturias limitándolas, no obstante, a un máximo por todos los conceptos de 500 euros, más el IVA si procediera."
Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Oviedo, a 9 de abril de 2025.—La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar, Marta del Arco Fernández.—Cód. 2025-03156.