Anuncio. Adjudicación provisional de licencia de autotaxi.
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Visto el estado del expediente SEC/2024/11 de adjudicación de dos licencias de autotaxi para la prestación del servicio de transporte interurbano en el concejo de Quirós
Visto que de conformidad con lo reflejado en el acta de la Comisión de Valoración de fecha 2 de abril de 2025, se ha presentado una única solicitud por Meras Pravia, Adan ***2691**, en la fecha 11/11/2024.
Consta en el expediente, al ser aportados en la solicitud y en posteriores requerimientos, la siguiente documentación:
— DNI y permiso de conducción clase B.
— Certificado médico de aptitud para la actividad laboral.
— Título de Graduado en ESO.
— Certificado de antecedentes penales.
— Certificado de estar al corriente con AEAT, Servicios Tributarios Principado y TGSS.
— Seguro de responsabilidad civil.
— Inspección favorable de la ITV del vehículo a adscribir.
— Autorización provisional de circulación.
De los criterios de valoración contemplados en la base cuarta resulta que se otorgan dos puntos por adscribir la licencia a un vehículo de nueva adquisición.
Elevada a la Alcaldía propuesta para la adjudicación de licencia de autotaxi a Meras Pravia, Adan ***2691**, con la puntuación de 2 puntos.
Verificada la elección por el adjudicatario propuesto de la siguiente licencia de las dos disponibles:
1) Clase B-auto-turismo.
Titular: "Autos Barrio, S. L." CIF: B33128083.
Domicilio: Bárzana.
Vehículo: Renault Trafic-9 plazas.
Matrícula: 1622 LRH.
Número de bastidor: VF1JL000466633648.
Potencia: 81,00 kW/110,16 HP.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros,
DISPONGO
Único.—Publicar la lista de adjudicatarios en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, al objeto de que los interesados y las Asociaciones profesionales de empresarios y trabajadores puedan alegar lo que estimen procedente en defensa de sus derechos, en el plazo de quince días
Contra esta providencia, por constituir un acto de trámite, no cabe recurso alguno sin perjuicio de que la oposición al mismo podrá alegarse por los interesados para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento (art. 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
En Bárzana de Quirós, a 15 de abril de 2025.—El Alcalde.—Cód. 2025-03136.