Resolución de 21 de abril de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se declaran excluidas del proceso selectivo para el acceso a 740 plazas de personal estatutario fijo, en la Categoría de Enfermera/o del Servicio de Salud del Principado de Asturias (BOPA de 30 de diciembre de 2022), a las personas relacionadas en el anexo I.
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)
Vista la propuesta formulada por la Dirección de Profesionales del Servicio de Salud del Principado de Asturias, y una vez examinada la solicitud de participación al proceso selectivo para el acceso a 740 plazas de personal estatutario fijo de la categoría de Enfermera/o del Servicio de Salud del Principado de Asturias, al amparo de las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, resultan los siguientes,
Antecedentes de hecho
Primero.—Por Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 30 de diciembre de 2022), fue convocado concurso-oposición para el acceso a 740 plazas de personal estatutario fijo de la categoría Enfermera/o del Servicio de Salud del Principado de Asturias, al amparo de las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
Segundo.—Advertida la posibilidad de la falta del requisito exigido en el apartado e) punto 2.1.1 de la base segunda de la convocatoria, se procedió, a la comprobación de este extremo resultando que las personas relacionadas en el anexo I, ostentan la condición de personal estatutario fijo en la misma categoría a la que se presentaron (Enfermera/o) en el Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA).
Tercero.—Ante el incumplimiento del requisito de no ser titular de una plaza en la misma categoría y/o especialidad (o equivalente, según el Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, y modificaciones posteriores, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y su procedimiento de actualización) a la que se concursa, en el Sistema Nacional de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa, procede declarar el decaimiento de los derechos derivados de su participación en el concurso-oposición ya referenciado.
Fundamentos de derecho
Primero.—Conforme establece el artículo 128 de la Ley 7/2019, de 29 de marzo, de Salud del Servicio de Salud del Principado de Asturias, corresponde a la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias el nombramiento del personal estatutario fijo de dicho organismo.
Segundo.—Según lo dispuesto en la base segunda punto 2.1.1 letra e) sobre requisitos de los aspirantes, contemplados en la Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 30 de diciembre de 2022), por la que se convocó concurso-oposición para el acceso a 740 plazas de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermera/o, del Servicio de Salud del Principado de Asturias, es requisito, entre otros: "No ser titular de una plaza en la misma categoría y/o especialidad a la que se concursa, en el Sistema Nacional de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa."
Tercero.—Según la base cuarta de la Resolución de 19 de diciembre de 2022, en el punto 4.3 se establece que si en cualquier momento posterior a la aprobación de las listas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso, se advirtiere en las solicitudes de los aspirantes inexactitud o falsedad que fuere causa de exclusión, ésta se considerará defecto insubsanable proponiéndose al órgano que convoca que resuelva tal exclusión.
Por tanto, constatado que los participantes relacionados en el anexo I reúnen la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermera/o del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA), procede su exclusión definitiva del ya citado proceso selectivo, por concurso-oposición) y que fue convocado por Resolución de fecha 19 de diciembre de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
En atención a los anteriores antecedentes y fundamentos,
RESUELVO
Declarar excluidas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermera/o del Servicio de Salud del Principado de Asturias, en el proceso convocado por Resolución de fecha 19 de diciembre de 2022 (BOPA de 30-12-2022) de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias a las personas relacionadas en el anexo I, al ostentar la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermera/o del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA), incumpliendo por ello la letra e) de la base segunda, apartado 2.1.1 del anexo I de la Resolución de 19 de diciembre de 2022.
Contra la presente Resolución que no agota la vía administrativa los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Ilma. Consejera de Salud, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oviedo, a 21 de abril 2025.—El Director Gerente.—Cód. 2025-03261.