Resolución de 14 de abril de 2025, de la Gerencia del Área de Salud V del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se convoca la cobertura, con carácter interino, de una plaza del Grupo Técnico de la Función Administrativa.
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SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)
Antecedentes
El artículo 9 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud en su versión de vigencia dada por Real Decreto-ley 12/2022, de 5 de julio, por el que se modifica la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, establece la posibilidad de nombramientos de personal estatutario temporal de interinidad, cuando por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales con carácter temporal, cuando exista plaza vacante, cuando no sea posible su cobertura por personal estatutario fijo durante un plazo máximo de tres años, en los términos previstos en el apartado 2 de este artículo.
El artículo 33 de la misma Ley dispone que la selección del personal estatutario temporal se efectuará a través de procedimientos que permitan la máxima agilidad en la selección, procedimientos que se basarán en todo caso en los principios de igualdad, mérito, capacidad, competencia, publicidad y celeridad y tendrán por finalidad la cobertura inmediata del puesto. Dichos procedimientos serán establecidos previa negociación en las mesas generales o sectoriales correspondientes, utilizando para los nombramientos cualquiera de los supuestos contemplados en el artículo 9.1 y 9 bis.1 de esta Ley.
El Pacto sobre Contratación de Personal Temporal del Servicio de Salud del Principado de Asturias prevé en su artículo 17.c) 4, para el personal no sanitario de los grupos A1 y A2, que la selección y designación podrá efectuarse, en el caso de que la Gerencia considere necesario un perfil técnico específico para la cobertura de un determinado puesto de trabajo, su provisión temporal se podrá realizar mediante la convocatoria pública prevista en el apartado a) de ese mismo artículo para la provisión temporal de puestos con especiales requisitos técnicos.
El volumen y complejidad de los asuntos jurídicos que afronta la Dirección del Área de Salud V, unidos a la necesidad de incorporar estándares de calidad en los procedimientos internos, hacen imprescindible contar con un profesional jurídico que no solo domine el Derecho Sanitario, sino que posea también conocimientos en gestión de la calidad para su aplicación a la asesoría legal. Desde esta perspectiva, el candidato deberá definir y supervisar los flujos de trabajo en el marco de la asistencia jurídica, estableciendo protocolos de actuación que garanticen tanto la eficacia de los procesos como el estricto cumplimiento de la legalidad vigente en cada una de las actuaciones administrativas y asistenciales, asegurando así una práctica jurídica consistente en todos los niveles de la institución. Además, el tratamiento de datos de carácter personal en el ámbito sanitario —sujeto al más alto nivel de protección— se ve hoy día intensificado por la proliferación de sistemas basados en Inteligencia Artificial, lo que exige una capacidad especializada para adaptar los procesos y garantizar el cumplimiento normativo. En consecuencia, la aportación de un profesional con estas competencias mixtas (Derecho, Calidad y Protección de datos) resulta fundamental para implantar modelos de excelencia y responsabilidad que contribuyan al funcionamiento óptimo de la unidad, en línea con las exigencias legales y organizativas vigentes.
Sus funciones serán las propias de un profesional con este perfil del puesto, mediante el asesoramiento legal en general y específicamente sobre los ámbitos de:
Sus funciones incluirán, entre otras, las siguientes:
— Asesoramiento jurídico sanitario: aplicación de normativa en derechos de pacientes, personal estatutario, contratación pública y responsabilidad patrimonial.
— Gestión de calidad en asistencia jurídica: diseño de protocolos que integren normativa y estándares de calidad, garantizando seguridad jurídica y mejora continua.
— Cumplimiento en protección de datos: supervisión de normativa sobre datos sensibles en salud, incluyendo impacto de la Inteligencia Artificial.
— Coordinación jurídica estratégica: colaboración con unidades clave para optimizar procesos y garantizar coherencia normativa.
Por ello, oída la Mesa de Contrataciones del Área de Salud V según mandato del Pacto sobre Contratación de Personal Temporal del Servicio de Salud del Principado de Asturias, y de conformidad con el artículo 47 Decreto 189/2023, de 15 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los órganos de dirección y gestión del Servicio de Salud del Principado de Asturias y el 131 Ley 7/2019, de 29 de marzo, de Salud,
RESUELVO
Primero.—Aprobar la convocatoria de una plaza de la categoría de Grupo Técnico de la Función Administrativa de naturaleza estatutaria y carácter temporal, vacante en la plantilla orgánica del Área Sanitaria V, mediante un nombramiento estatutario de interinidad, y para el desarrollo de las funciones propias de la categoría.
Segundo.—Aprobar las bases que rigen la presente convocatoria (anexo I de esta resolución), el baremo general de mérito para personal no sanitario de los grupos A1 y A2-(anexo II), el baremo específico de méritos para los conocimientos y experiencia requeridos (anexo III) y el modelo de solicitud de participación (anexo IV).
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Salud, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 134 de la Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo, de Salud, en relación con el artículo 27 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Gijón, a 14 de abril de 2025.—La Gerente del Área de Salud V (por delegación del Director Gerente del Servicio de Salud del Principado de Asturias, BOPA de 9-12-2014).—Cód. 2025-03114.