Resolución de 3 de abril de 2025, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria, y Comercio, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2024-2026, aprobado por Resolución de 13 de febrero de 2024.
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La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 8.1, dispone con el carácter de legislación básica que, con carácter previo al establecimiento de subvenciones, las Administraciones Públicas deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones, los objetivos y efectos que se pretendan con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, éstas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Por Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2024-2026 (BOPA 19 de febrero de 2024); modificándose por Resolución de 6 de marzo de 2024 (BOPA 19 de marzo de 2024), Resolución de 25 de octubre de 2024 (BOPA 11 de noviembre de 2024) y Resolución de 17 de diciembre de 2024 (BOPA 13 de febrero de 2025).
El Decreto 7/2025, de 13 de febrero, del Presidente del Principado de Asturias, de cuarta modificación del Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma cambia la denominación de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico por Consejería de Transición Ecológica, Industria y Comercio.
Por Decreto 15/2025, de 21 de febrero, se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Comercio que se integra en sus órganos centrales por:
1. Secretaría General Técnica.
2. Dirección General de Energía.
3. Dirección General de Industria y Minería.
4. Dirección General de Comercio y Artesanía.
5. Viceconsejería de Medio Ambiente.
5.1 Dirección General del Agua.
Primero.—En este sentido se procederá a modificar el PES 2024-2026, aprobado en la Resolución de 13 de febrero de 2024, en todos los apartados en los que haga referencia a la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico sustituyéndose por Consejería de Transición Ecológica, Industria y Comercio.
Segundo.—Además se procederá a modificar el apartado 2 a) del anexo del PES 2024-2026 referente al ámbito subjetivo que quedará redactado de la siguiente forma:
Donde dice:
"El PES contempla las subvenciones concedidas por la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, para el período 2024-2026, a través de los órganos siguientes:
1. Secretaría General Técnica.
2. Viceconsejería de Industria y Transición Justa.
a. Dirección General de Energía y Minería.
3. Subdirección General de Cambio Climático y Economía Circular.
4. Dirección General de Calidad Ambiental.
5. Dirección General del Agua.
6. Dirección General de Comercio."
Debe decir:
"El PES contempla las subvenciones concedidas por la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Comercio, para el período 2024-2026, a través de los órganos siguientes:
1. Secretaría General Técnica.
2. Dirección General de Energía.
3. Dirección General de Industria y Minería.
4. Dirección General de Comercio y Artesanía.
5. Viceconsejería de Medio Ambiente.
a. Dirección General del Agua."
Tercero.—La DG de Industria y Minería, el día 11 de marzo de 2025, solicita la modificación de la presente subvención:
Donde dice:
3. CC03.741G: Convocatoria plurianual de ayudas a la aceleración de las inversiones en sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones; de subvenciones en materia de eficiencia energética; proyectos tractores de autoconsumo, almacenamiento energético e hidrógeno renovables (Transición hacia economía de cero emisiones) (FTJ).
Objetivos y efectos pretendidos | Se persigue la aceleración de las inversiones en sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones y de proyectos tractores de autoconsumo, almacenamiento energético e hidrógeno renovables, que favorezcan la transición hacia una economía de cero emisiones. |
Beneficiarios | Empresas privadas. |
Partida presupuestaria | 17.02.741G.776.027 (PEP 2024/000042) |
Dotación económica | 2024: 12.000.000,00 € |
2025: 6.000.000,00 € | |
2026: 6.000.000,00 € | |
Fuentes de financiación | Fondo de Transición Justa |
Plazo de ejecución | Plurianual |
Plan de acción | Previsión de publicación de bases reguladoras y convocatoria en 2024 |
Indicadores de seguimiento | Los contemplados en el Programa Operativo del FTJ que resulten de aplicación para esta convocatoria |
Resultado de evaluación de planes anteriores | Se trata de una línea de nueva creación |
Debe decir:
3. CC03.741G: Convocatoria plurianual de ayudas a la aceleración de las inversiones en sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones; de subvenciones en materia de eficiencia energética; proyectos tractores de autoconsumo, almacenamiento energético e hidrógeno renovables (Transición hacia economía de cero emisiones) (FTJ).
Objetivos y efectos pretendidos | Se persigue la aceleración de las inversiones en sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones y de proyectos tractores de autoconsumo, almacenamiento energético e hidrógeno renovables, que favorezcan la transición hacia una economía de cero emisiones. |
Beneficiarios | Empresas privadas. |
Partida presupuestaria | 17.02.741G.776.027 (PEP 2024/000042 y 2025/000446) |
Dotación económica | 2024: 0 € |
2025: 6.050.000,00 € | |
2026: 20.950.000,00 €. | |
Fuentes de financiación | Fondo de Transición Justa |
Plazo de ejecución | Plurianual |
Plan de acción | Previsión de publicación de bases reguladoras y convocatoria en 2024 |
Indicadores de seguimiento | Los contemplados en el Programa Operativo del FTJ que resulten de aplicación para esta convocatoria |
Resultado de evaluación de planes anteriores | De acuerdo con el resuelvo Cuarto, apartado 4 de la vigente Resolución de 8 de agosto de 2024 las subvenciones previstas en esta convocatoria se financiarán con cargo a los presupuestos del Principado de Asturias, con la distribución plurianual, de carácter estimativo. Se trata de una línea de nueva creación |
En consecuencia, ante la necesidad de realizar modificaciones en el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2024-2026, a instancia de los respectivos Órganos Gestores de la Consejería, vistos los artículos 38 de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de octubre, del Presidente y del Consejo de Gobierno y 21 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración,
RESUELVO
Primero.—Adaptar el PES 2024-2026, aprobado en la Resolución de 13 de febrero de 2024, en todos los apartados en los que haga referencia a la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico sustituyéndose por Consejería de Transición Ecológica, Industria y Comercio.
Segundo.—Modificar el apartado 2.a) del anexo del PES 2024-2026 referente al ámbito subjetivo que quedará redactado de la siguiente forma:
Donde dice:
"El PES contempla las subvenciones concedidas por la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, para el período 2024-2026, a través de los órganos siguientes:
1. Secretaría General Técnica.
2. Viceconsejería de Industria y Transición Justa.
3. Dirección General de Energía y Minería.
4. Subdirección General de Cambio Climático y Economía Circular.
5. Dirección General de Calidad Ambiental.
6. Dirección General del Agua.
7. Dirección General de Comercio".
Debe decir:
"El PES contempla las subvenciones concedidas por la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Comercio, para el período 2024-2026, a través de los órganos siguientes:
1. Secretaría General Técnica.
2. Dirección General de Energía.
3. Dirección General de Industria y Minería.
4. Dirección General de Comercio y Artesanía.
5. Viceconsejería de Medio Ambiente.
a. Dirección General del Agua."
Tercero.—Modificar la presente subvención, en el siguiente sentido:
Donde dice:
3. CC03.741G: Convocatoria plurianual de ayudas a la aceleración de las inversiones en sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones; de subvenciones en materia de eficiencia energética; proyectos tractores de autoconsumo, almacenamiento energético e hidrógeno renovables (Transición hacia economía de cero emisiones) (FTJ).
Objetivos y efectos pretendidos | Se persigue la aceleración de las inversiones en sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones y de proyectos tractores de autoconsumo, almacenamiento energético e hidrógeno renovables, que favorezcan la transición hacia una economía de cero emisiones. |
Beneficiarios | Empresas privadas. |
Partida presupuestaria | 17.02.741G.776.027 (PEP 2024/000042) |
Dotación económica | 2024: 12.000.000,00 € |
2025: 6.000.000,00 € | |
2026: 6.000.000,00 € | |
Fuentes de financiación | Fondo de Transición Justa |
Plazo de ejecución | Plurianual |
Plan de acción | Previsión de publicación de bases reguladoras y convocatoria en 2024 |
Indicadores de seguimiento | Los contemplados en el Programa Operativo del FTJ que resulten de aplicación para esta convocatoria |
Resultado de evaluación de planes anteriores | Se trata de una línea de nueva creación |
Debe decir:
3. CC03.741G: Convocatoria plurianual de ayudas a la aceleración de las inversiones en sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones; de subvenciones en materia de eficiencia energética; proyectos tractores de autoconsumo, almacenamiento energético e hidrógeno renovables (Transición hacia economía de cero emisiones) (FTJ).
Objetivos y efectos pretendidos | Se persigue la aceleración de las inversiones en sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones y de proyectos tractores de autoconsumo, almacenamiento energético e hidrógeno renovables, que favorezcan la transición hacia una economía de cero emisiones. |
Beneficiarios | Empresas privadas. |
Partida presupuestaria | 17.02.741G.776.027 (PEP 2024/000042 y 2025/000446) |
Dotación económica | 2024: 0 € |
2025: 6.050.000,00 € | |
2026: 20.950.000,00 €. | |
Fuentes de financiación | Fondo de Transición Justa |
Plazo de ejecución | Plurianual |
Plan de acción | Previsión de publicación de bases reguladoras y convocatoria en 2024 |
Indicadores de seguimiento | Los contemplados en el Programa Operativo del FTJ que resulten de aplicación para esta convocatoria |
Resultado de evaluación de planes anteriores | De acuerdo con el resuelvo Cuarto, apartado 4 de la vigente Resolución de 8 de agosto de 2024 las subvenciones previstas en esta convocatoria se financiarán con cargo a los presupuestos del Principado de Asturias, con la distribución plurianual, de carácter estimativo. Se trata de una línea de nueva creación |
Cuarto.—Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
En Oviedo, a 3 de abril de 2025.—La Consejera de Transición Ecológica, Industria y Comercio, María Belarmina Díaz Aguado.—Cód. 2025-02977.