Anuncio. Extracto de la Resolución AYT/2989/2025 de 8 de abril de 2025, de la Concejalía de Desarrollo Urbano y Económico, por la que se convocan las iniciativas locales de empleo: Ayudas al inicio de actividad, año 2025.

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BDNS (Identif.): 826934.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/826934)

Primero.—Beneficiarios:

Las personas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:

a) Será requisito imprescindible de las personas beneficiarias estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias ni de la Hacienda Municipal por deudas vencidas, líquidas y exigibles.

b) Que no concurra ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 6.3 de la OGMS que impide la condición de beneficiario.

c) Disponer de licencia de apertura/declaración responsable de inicio de actividad, según proceda, en un local comercial situado en el concejo de Avilés.

d) Haber iniciado una actividad empresarial entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024. Se entenderá como fecha de inicio de la actividad la de la correspondiente alta en Hacienda.

En el caso de personas físicas integradas en una comunidad de bienes o sociedad civil, cada una de ellas podrá recibir como máximo el porcentaje de ayuda que le corresponda, con el tope de 2.000 euros por empresa.

Segundo.—Objeto:

El objeto de la presente convocatoria es incentivar las actividades económicas y el uso de locales comerciales por personas físicas, con el fin de iniciar una actividad por cuenta propia de carácter empresarial, comercial o profesional en el concejo de Avilés. (Como local comercial se entiende aquel ubicado en la planta baja de un inmueble y con acceso directo a la vía pública).

Tercero.—Bases reguladoras:

La presente convocatoria se publicará en el tablón de edictos municipal accesible desde la sede electrónica del Ayuntamiento de Avilés. Del mismo modo, de conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones se remitirá extracto de la misma a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, para su ulterior publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en los términos establecidos en el artículo 20 de la citada Ley.

Cuarto.—Cuantía:

La cantidad global máxima prevista en la presente convocatoria para esta línea de subvención asciende a 55.000 euros.

En el caso en el que se den las circunstancias previstas en el artículo 58.2 del Reglamento de Subvenciones (R. D. 887/2006), se podrá aplicar a la concesión de estas subvenciones, sin necesidad de nueva convocatoria, una cuantía adicional que se fijará dependiendo de las disponibilidades presupuestarias de la partida 171 433 10 47001 Prog. Subv. Promoción empresarial.

Se establece una ayuda por un importe máximo de 2.000 euros para cada persona física que deberán de ser destinados a sufragar gastos derivados del inicio de la actividad como son el pago del alquiler del local comercial, así como los certificados de seguridad correspondientes u otros similares que haya que obtener por la naturaleza de la actividad, seguros del local comercial en el que se realiza la actividad o de responsabilidad civil, alta en suministros imprescindibles para el inicio de la actividad y sus primeras facturas como el suministro eléctrico, combustible y servicios de telecomunicaciones (telefonía, Internet) y la compra de las mercaderías y existencias necesarias para el desarrollo de la actividad. No serán subvencionables las inversiones realizadas en activos fijos o en la reforma del local.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOPA y finalizará el 30 mayo de 2025.

Avilés, 8 de abril de 2025.—El Concejal Delegado de Desarrollo Urbano y Económico.—Cód. 2025-03090.

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