Resolución de 7 de abril de 2025, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se dispone la ejecución de la sentencia 735/2022 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Vista la sentencia 735/2022 dictada en fecha 27 de septiembre de 2022 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias en el recurso contencioso-administrativo número 851/2021, interpuesto por el procurador don E. J. A. A., en nombre y representación de CLN Servicios Integrales, S. L., este recurso contencioso-administrativo se dirige contra la desestimación presunta por silencio de la reclamación presentada el 19 de agosto de 2021 ante la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias para el pago de facturas por importe de 28.778,65 euros como consecuencia de diversos servicios de limpieza contratados.
Considerando que la referida sentencia ha adquirido firmeza, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias,
RESUELVO
Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia cuyo tenor literal es el siguiente:
"Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el procurador don E. J. A. A., en nombre y representación de CLN Servicios Integrales, S. L., contra la desestimación presunta por silencio de la reclamación presentada el 19 de agosto de 2021 ante la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias en reclamación del pago de facturas por importe de 28.778,65 euros como consecuencia de diversos servicios de limpieza contratados, por ser contraria a Derecho y, en consecuencia, nula, y reconociendo el derecho de la empresa recurrente al pago de la deuda principal más los intereses de demora calculados desde el 19 de septiembre de 2021 hasta la fecha en que conste realizado el pago en cuenta de la deuda principal.
Se imponen las costas al Principado de Asturias limitándolas, no obstante, a un máximo por todos los conceptos de 500 euros más el IVA si procediera."
Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Oviedo, a 7 de abril de 2025.—La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar, Marta del Arco Fernández.—Cód. 2025-02961.